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La Seguridad Social en España ofrece una compensación económica a los trabajadores que, debido a una enfermedad o accidente, ven reducida su capacidad para desempeñar su profesión habitual. Una de las prestaciones más comunes en estos casos es la incapacidad permanente total, cuyo importe varía en función de distintos factores.
Cuantía de la incapacidad permanente total en 2025
Según informan desde la web oficial de la Seguridad Social, para el año 2025, la cuantía de la incapacidad permanente total corresponde, por norma general, al 55% de la base reguladora del trabajador. No obstante, este porcentaje puede elevarse hasta el 75% en determinadas circunstancias, como cuando el beneficiario supera los 55 años y se considera que tiene dificultades para reincorporarse a otro puesto de trabajo.
Además, si la incapacidad proviene de un accidente laboral o una enfermedad profesional, la cuantía puede incrementarse entre un 30% y un 50%, siempre que se determine que la empresa ha incurrido en alguna falta de seguridad o prevención.
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El Confidencial
Cálculo de la base reguladora
El cálculo de la base reguladora varía dependiendo del origen de la incapacidad:
Enfermedad común
: Se toma como referencia el promedio de las bases de cotización de los últimos 8 años.Accidente de trabajo o enfermedad profesional: Se utiliza la base de cotización del trabajador en el momento del accidente o al finalizar la incapacidad temporal.
Las pensiones contributivas, incluida la de incapacidad permanente total, experimentarán una revalorización del 2,8% en 2025, con el objetivo de compensar el impacto de la inflación y garantizar el poder adquisitivo de los beneficiarios.
A diferencia de otras prestaciones, la incapacidad permanente total permite que el beneficiario pueda desempeñar otro tipo de trabajo, siempre que no implique las mismas funciones que realizaba en su puesto habitual antes de la incapacidad. Sin embargo, es obligatorio notificar cualquier nueva actividad a la Seguridad Social, ya que el incumplimiento de esta obligación podría derivar en sanciones o en la suspensión del cobro de la pensión.
Fuente El Confidencial