Hacer movimientos financieros, como ingresos y transferencias, se ha convertido en una práctica habitual entre diversos ciudadanos en la actualidad. Esa frecuencia, la cual se ha visto incrementada con sistemas como Bizum, provoca que Hacienda acentúe el foco en el origen y motivos de dichos trámites para verificar su legitimidad y validez.
Este tipo de transacciones, independientemente de su naturaleza, pueden llevarse a cabo en unos márgenes delimitados sobre los que se debe declarar, especialmente en cuanto a ingresos se refiere. Es ahí donde entra la Agencia Tributaria con el objetivo de investigar todo movimiento bancario que pueda resultar extraño o incitar a cualquier tipo de duda o sospecha.
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Mónica Millán Valera
Hacienda, como organismo público, dispone de métodos para conocer el propósito de las cantidades manejadas y si este es de carácter ilegal. De hecho, las propias entidades bancarias, entre otras finalidades, deben informar a la Agencia Tributaria sobre estas acciones monetarias en nuestra cuenta particular, atendiendo especialmente a las cifras gestionadas, en búsqueda de diversas irregularidades.
Multas de hasta el 150%
Actualmente, la barrera para llevar a cabo un pago en metálico está establecida en 1.000 euros, tanto en circunstancias particulares como profesionales. En este sentido, los bancos deben poner en conocimiento de los organismos cualquier movimiento que supere los 3.000 euros, además de solicitar la identificación del titular por ingresos mínimos de 1.000 euros.
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Por otro lado, el máximo de efectivo que se puede portar en España corresponde a 100.000 euros, los cuales deben ser declarados mediante el formulario S1. Todo movimiento que implique algunas de estas cifras, provocará que la Agencia Tributaria pueda solicitar todo tipo de documentación, facturas o pruebas en los que se justifique que dicho movimiento se encuentra en un margen legal definido.
En caso de detectar cualquier tipo de anomalía, se impondrán a los usuarios implicados una serie de sanciones en función de su gravedad. Precisamente, las calificadas como ‘muy graves’ pueden presentar multas de hasta el 150% del dinero no justificado. En este sentido, si no se argumenta el origen del fondo en efectivos, la infracción podría costar al sujeto que la cometa una sanción de hasta 150.000 euros. Y es que los intentos de obstaculizar la investigación u ocultar documentos son motivos que pueden aumentar el coste de la multa.
Fuente El Confidencial