Durante la sesión de este martes, el Senado de Mendoza aprobó un proyecto de ley presentado por los senadores justicialistas Adriana Cano, Mercedes Derrache, Cristina Gómez, Mauricio Sat, Pedro Serra y Gerardo Vaquer, que busca regular el funcionamiento de las Escuelas de Verano en la provincia. La norma tiene como objetivo garantizar estándares mínimos de seguridad, organización y calidad, los cuales podrán ser ampliados o complementados por las jurisdicciones municipales.
El proyecto fue aprobado por unanimidad y será remitido a la Cámara de Diputados para su revisión.
Las Escuelas de Verano son declaradas actividades de interés provincial, de carácter formativo y educativo, con finalidad recreativa y pedagógica. Se orientan al desarrollo de habilidades lúdicas, sociales y personales; la promoción de la vida al aire libre y el cuidado del medio ambiente; la transmisión de valores de compañerismo e integración; el fomento de la actividad física y deportiva; y la contribución a la organización familiar y laboral durante el período estival.
Durante el tratamiento del proyecto, la senadora Adriana Cano, miembro informante, explicó que la iniciativa surgió a partir del reconocimiento de la importancia que las Escuelas de Verano tienen para las familias mendocinas. Señaló que el proyecto fue presentado luego de un amplio trabajo de consulta con distintos actores y municipios.
Cano destacó que las colonias de vacaciones y las Escuelas de Verano funcionan como espacios de contención, desarrollo y formación, que se han convertido en parte de la planificación anual de las familias. En ese sentido, subrayó la necesidad de garantizar ámbitos seguros, con controles y profesionales capacitados.
Asimismo, mencionó que se recibieron aportes de los municipios de Maipú, San Rafael y Capital, del Instituto Universitario de Actividad Física y Deportes de la UNCuyo, y de la Secretaría de Deportes de la Provincia, entre otros. Resaltó que el proyecto fue enriquecido por múltiples opiniones y obtuvo un despacho avalado por todos los bloques, destacando el consenso alcanzado para dotar de un marco legal a esta actividad.
La propuesta alcanza a organizaciones públicas y privadas, con o sin fines de lucro, clubes, sindicatos, cooperativas, centros deportivos y cualquier otra persona física o jurídica dedicada a la actividad formativo-educativa en el marco de las Escuelas de Verano en Mendoza.
El texto aprobado reconoce tres tipos de escuelas:
- Privadas, que funcionen entre el 1 de diciembre y el 28 de febrero, prestando servicios a título oneroso.
- Públicas, organizadas por entidades estatales y de acceso gratuito.
- De invierno, que desarrollen actividades similares durante el receso invernal.
Todas las instituciones deberán inscribirse en el Registro Provincial de Instituciones Deportivas, regulado por la Ley Nº 6457, con una antelación mínima de treinta días al inicio de las actividades, y renovar su registro anualmente.
Entre los requisitos establecidos para su habilitación se incluyen la presentación de un proyecto pedagógico, la habilitación municipal del establecimiento, la contratación de seguros de responsabilidad civil y de emergencias médicas, así como la designación de un responsable técnico pedagógico con título habilitante.
El proyecto también determina la proporción máxima de alumnos por docente y auxiliar, la obligatoriedad de la inclusión de niños y adolescentes con discapacidad, y las condiciones de seguridad para el uso de piletas, que deberán contar con guardavidas, cierres perimetrales, planes de contingencia y capacitación en técnicas de rescate y reanimación.
Asimismo, se establece la necesidad de mantener vigente un seguro de responsabilidad civil y un contrato de cobertura médica de emergencias, bajo pena de clausura inmediata en caso de incumplimiento. Los municipios podrán requerir servicios médicos permanentes según la cantidad de asistentes y el tipo de actividades desarrolladas. Además, la norma regula las actividades con pernocte, que deberán contar con autorización de los padres, cobertura médica y transporte habilitado.
Por último, la norma dispone una cláusula transitoria que otorga un plazo de 180 días para que las Escuelas de Verano ya existentes tramiten su inscripción en el registro provincial.
Este artículo se publicó primero en Mendoza Today.
Fuente Mendoza Today