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TotalNews Agency Argentina

Alquileres: vence el plazo para registrar los contratos en la AFIP

14 abril, 2021
Alquileres: vence el plazo para registrar los contratos en la AFIP
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Este jueves, 15 de abril, vence el plazo para registrar los contratos de alquiler en la AFIP, son para aquellos celebrados entre el 1 de julio de 2020 (y sigan vigentes) y marzo de 2021.

La Resolución General N° 4933, publicada en el Boletín Oficial hace un mes, dio forma a lo dispuesto por el artículo 16 de la ley N° 27.551. Aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación.

El registro de contratos de locación se puso en marcha en todo el país el pasado 1° de marzo y concluye este jueves para contratos celebrados entre el 1 de julio de 2020 y el 31 de marzo pasado.

Para los contratos que se inicien a partir de ahora, hay que tener en cuenta que la posibilidad de registro correrá dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.

Qué contratos deben declararse

Se deben registrar los contratos celebrados -por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros- correspondientes a las operaciones económicas que se indican a continuación, incluidos los celebrados electrónicamente mediante la utilización de plataformas digitales y/o aplicaciones móviles destinadas a tal fin:

Esos son:

  • Inmuebles urbanos.
  • Propiedades rurales.
  • Alquileres temporales, urbanos o rurales, con fines turísticos o similares.
  • Cocheras.
  • Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles. Por ejemplo, locales comerciales o “stands” en supermercados, hipermercados o shoppings.

 Quiénes deben registrar los contratos

Las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas cualquiera sea la forma que adopten, que asuman el carácter de locadores, arrendadores, sublocadores o subarrendadores, en los contratos celebrados, están obligados a la registración del contrato.

En el caso de inmuebles que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación de registro estará a cargo de sus representantes en el país, cualquiera sea la modalidad de la representación.

Las inmobiliarias pueden registrar los contratos?

Los intermediarios, por ejemplo las inmobiliarias, no tienen obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles.

Sin embargo, podrán hacerlo en representación de los locadores o arrendadores. En estos casos la registración implicará:

a) que el locador, arrendador, sublocador o subarrendador quedará exceptuado de registrar el contrato.

b) que el intermediario confirma la participación en la operaciones económica.

Cómo se registran los contratos

Los contratos se deben registrar a través del servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE” al que se accede con CUIT y clave fiscal, de nivel 3 como mínimo.

Se ingresa a: “Declaración de Contratos”.

Allí se deberá indicar si se trata de bienes inmuebles urbanos o rurales

Declarar y mantener actualizado ante AFIP el domicilio fiscal.

Constituir el Domicilio Fiscal Electrónico.

Tener actualizada en el Sistema Registral la información respecto de las actividades económicas.

En el caso de los locadores, tendrán que indicar si actúan por cuenta propia o de terceros. Los intermediarios, en tanto, deberán indicar el número de matrícula y entidad regulatoria de la actividad que la emite.

Qué pasará con los locadores que no inscriban los contratos

Aquellos que no cumplan con el deber informativo se exponen a un reclamo por parte de la AFIP en relación a los impuestos no pagados, los intereses resarcitorios y las multas.

Deben informarse las modificaciones

Sí. Las modificaciones de los contratos registrados deben ser informadas dentro de los 15 días corridos posteriores de producidas.

Pueden los locatarios informar los contratos

Sí. Los locatarios o arrendatarios pueden informar los contratos a la AFIP a través de la opción “Declaración de Contratos” del servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”.

Cuál es el plazo que tienen los locatarios para informar los contratos

Los locatarios o arrendatarios pueden informar los contratos hasta transcurridos 6 meses posteriores a la fecha de finalización del contrato en cuestión.

Cómo deben informar los jueces la existencia de los contratos si hay acciones judiciales

Cuando se inicien acciones judiciales a causa de la ejecución de un contrato de locación, previo a correr traslado de la demanda, el juez debe informar a la AFIP sobre la existencia del contrato, a través del módulo “Comunicaciones Judiciales” del servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – JUZGADOS”.

Cómo se informan los contratos en moneda extranjera

Las operaciones realizadas en moneda extranjera deberán informarse en moneda de curso legal considerando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina -para la moneda en cuestión-, vigente al cierre del día hábil inmediato anterior al de la celebración del contrato.

Cómo se pueden consultar los contratos registrados

Los locadores, arrendadores, sublocadores o subarrendadores, los intermediarios y los locatarios o arrendatarios, pueden consultar los contratos registrados.

Para ello, deben acceder a la opción “Consultas de contratos” del servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”, seleccionando la opción correspondiente.

Los locatarios o arrendatarios podrán aceptar la información de los contratos registrados por los locadores, arrendadores o intermediarios, o en su caso, hacer las observaciones pertinentes.

Se debe cumplir con el registro de los contratos en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)

Sí, se deben declarar los contratos a través del Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), implementado por la Resolución General Conjunta 4.248 del Ministerio de Agricultura, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, del Instituto Nacional de Semillas y de la AFIP.

SN

TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

Fuente Clarin

Tags: EconomiaTotalnews
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