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TotalNews Agency Argentina

La Corte acepta la competencia del pedido de Rodríguez Larreta contra la suspensión de las clases

17 abril, 2021
La Corte acepta la competencia del pedido de Rodríguez Larreta contra la suspensión de las clases
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La mayoría de la Corte está de acuerdo en que es de su competencia originaria el pedido del gobierno porteño de declarar inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia 241/2021 del presidente Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales por 15 días. En las próximas horas, deberá decidir si acepta tomar el caso –que incluye un pedido de cautelar-, cómo lo hará y los tiempos para hacerlo.

Los cinco ministros del máximo tribunal, luego de haber habilitado el viernes la opinión de la Procuración General de la Nación, mantenían este fin de semanas intensas consultas informales para ver si llegaban lo más rápido posible a un consenso.

En términos procesales, esta semana debería decidir si acepta el pedido de la CABA y en caso positivo, notificar al gobierno nacional para que opine sobre el reclamo.

Voceros de la Corte dijeron a Clarín que “no hay plazos” para tomar una decisión sobre el tema y se llamaron a silencio de radio.

Por lo pronto, el presidente Fernández el viernes cometió un error al decir que para la Corte, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), no tiene el status jurídico de una provincia.

Desde el 2019 con la incorporación de los ministros Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte cambió su jurisprudencia en los llamados fallos “Bazan”, “CABA contra Córdoba”, “Corrales” y “Nisman”, entre otros.

Rosatti, al igual que su colega Juan Carlos Maqueda fueron constituyentes en la Convención Constituyente de 1994 que le dio el status de ciudad autónoma a la Capital Federal. Y Rosenkrantz fue asesor del ex presidente Raúl Alfonsín. La única que votó en contra de este criterio fue Highton de Nolasco.

Es decir que para la mayoría de la Corte ya tiene saldada la cuestión de la competencia originaria en cuanto a este pedido. Desde el punto de vista técnico, el pedido del jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, se llama acción declarativa de constitucionalidad.

El reclamo incluye un amparo para que frene el DNU 241 del presidente Fernández que suspendió las clases presenciales en la CABA por 15 días debido al aumento de los contagiados por el Covid-19.

La Corte reaccionó rápido porque el viernes mismo, cuando recibió el reclamo de la CABA. pidió de inmediato la opinión de la subprocuradora general de la Nación, Laura Monti, quien confirmó la competencia del máximo tribunal en este tema.

De esta forma, desde el punto de vista técnico, la Corte está en condiciones de resolver si acepta tomar el caso. Y luego comenzar un procedimiento para decir si es constitucional el DNU 241, que es el tema de fondo. Fue todo un gesto porque podría haber esperado para el acuerdo del martes para meterse en el tema.

Expertos en derecho constitucional observaron que el pedido de la CABA de más de 60 páginas tiene elementos positivos y negativos.

Los primeros son los argumentos epidemiológicos sobre los pocos contagios en la escuela y una serie de cifras al respecto. Los segundos tienen que ver con que no dice claramente que solicita a la Corte una decisión en 48 horas, aunque se mencione el lunes como fecha clave. Y además, no argumentó que la suspensión de las clases será, seguramente, por más de 15 días.

En otras fuentes que conocen el palacio de tribunales se descartaba por estas razones que pudiera haber una orden de suspender el DNU antes del lunes. En cambio, en el caso del hábeas corpus contra el gobierno de Formosa por los centros de aislamientos forzoso la Corte lo aceptó en forma rápida. En este caso, había riesgo de vida.

Por lo pronto, los miembros de la Corte están “hartos” de que los líderes políticos del gobierno y la oposición no lleguen a acuerdos entre ellos y judicialicen sus conflictos. “No somos un delivery”, dicen los que los conocen. Sobre todo cuando las presentaciones adolecen de fallas técnicas y parecen preparadas para un juzgado de instrucción. 

La falta de consensos políticos va desde el reclamo de la CABA contra el gobierno nacional por la quita de fondos coparticipables hasta la denuncia del Banco Central contra la CABA por el impuesto a las Lelic.

En el interin, el jefe de gabinete del gobierno porteño, Felipe Miguel, apostó también a alguna eventual decisión de jueces del fuero administrativo porteño en una decena de causas abiertas por particulares. Dijo que si la Corte no alcanzaba a tomar una decisión antes del lunes -que es lo más probable- podría salir una cautelar de jueces inferiores.

Uno es el amparo de la defensora oficial ante los juzgados en lo contencioso administrativo y tributario de la CABA, María Gonzalez Castro Feijoo. Otra es de un grupo de padres ante el juez de la CABA, Marcelo Segon, que está de feria este fin de semana. En forma, paralela el intendente de Vicente López, Jorge Macri, también presentó un amparo ante la justicia de la provincia de Buenos Aires.

Por lo pronto, la jueza de lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la CABA, Romina Tesone, se declaró incompetente ante un pedido de declarar inconstitucional el decreto 241.

Mientras, en los tribunales de Comodoro Py se preguntaron “¿dónde está el ministro de Justicia, Martín Soria?” en este conflicto legal entre la CABA y la Nación. Según su agenda oficial, Soria se reunió ayer con el ministro de Seguridad de Santa Fe, Jorge Lagna, pero ante este tema tiene un llamativo bajo perfil.

Además, buscó consensos para tratar de lograr que se apruebe en la Cámara de Diputados la reforma de la ley del ministerio público fiscal que tanto interesa a la vicepresidenta, Cristina Kirchner.

El viernes en su dictamen sobre la competencia, la Procuradora ante la Corte, Laura Monti, sostuvo que “la Ciudad tiene el mismo puesto que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales y, por lo tanto, el mismo derecho a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Añadió que existe el “derecho al fuero federal según lo dispuesto por el art. 116 de la Constitución Nacional”.

“Entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia“, y cita en ese sentido una cuestión planteada por Formosa ante la Corte en 2018.

“En consecuencia, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados de este Tribunal” y no en la justicia de la Ciudad, finaliza el escrito de la procuradora Monti.

La cautelar de Rodríguez Larreta es contra el artículo 2 del DNU 241/2021 publicado el viernes en el Boletín Oficial, y pide al máximo tribunal que se le ordene al Estado Nacional que “se abstenga, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el decreto cuestionado”.

En su presentación, el Gobierno porteño sostiene que el decreto “viola la autonomía de la Ciudad” e “implica una virtual intervención federal, porque se arroga potestades sobre competencias locales, en salud y educación”.

La presentación fue realizada el viernes minutos antes de que el jefe de Gobierno porteño llegara a la residencia de Olivos para mantener una reunión de trabajo con el presidente Fernández que no dio resultados positivos. Fue a propósito de esa decisión, adoptada entre las medidas resueltas para mitigar el crecimiento de casos de coronavirus en el marco de la segunda ola de la enfermedad.

En la argumentación de la presentación porteña, se indica que la medida “no es razonable” ya que “la suspensión de las clases presenciales dispuesta no se encuentra justificada en datos empíricos, y resulta arbitraria porque obedece exclusivamente a la voluntad de quien detenta el Poder Ejecutivo Nacional”.

“Por el contrario, está científicamente demostrado, en el ámbito internacional y local, que el grado de contagio en establecimientos escolares es mínimo“, fundamenta el Gobierno de la Ciudad en la presentación ante la Corte.

También manifiestan que lo dispuesto por la Casa Rosada “constituye una clara violación al principio de igualdad, porque se evidencia una discriminación arbitraria con relación a las restantes provincias, que pueden decidir respecto de la continuidad o suspensión del ciclo lectivo 2021″.

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Fuente Clarin

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