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El fallo a favor de las pensiones de $1,6 millones de Cristina Kirchner, cerca de quedar firme

23 julio, 2021
El fallo a favor de las pensiones de $1,6 millones de Cristina Kirchner, cerca de quedar firme
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Después de la feria judicial, el fiscal de cámara Juan Carlos Paulucci deberá dictaminar si un grupo de diputados de Juntos por el Cambio tiene legitimación para participar de la causa en que se discute la legalidad de las dos pensiones honoríficas por $ 1,6 millones que cobra en forma mensual Cristina Kirchner.

Luego de que se conozca el dictamen de Paulucci que no es vinculante, la cámara de la seguridad social estará en condiciones de votar si acepta o rechaza definitivamente a los diputados en esa causa. En caso de un eventual rechazo del tribunal, no habrá nadie más que defienda los intereses del Estado y el reclamo de la vicepresidenta quedaría firme.

Por ahora será la sala de la cámara de la seguridad social, integrada por los jueces Néstor Fasciolo, Sebastián Russo y Fernando Strasser, la que tendrá la última palabra sobre si los legisladores siguen en la causa que tanto interesa a Cristina. Su voto se conocerá después de la feria y tras el dictamen de Paulucci.

Fuentes judiciales revelaron a Clarín que esa sala “ya falló en un caso parecido rechazando la legitimación de diputados”. De ser así, como el fiscal de instrucción Gabriel De Vedia no apeló y la ANSES de Fernanda Raverta apoya los pedidos de Cristina, el pago de las dos pensiones que ya dispuso en una decisión administrativa quedará firme.

Sería otro juicio a favor de la vicepresidenta, después de que consiguió anular el juicio oral por la causa Dólar Futuro y ahora reclamo lo mismo para el caso del Pacto con Irán.

Cristina se basó en que el Procurador del Tesoro de la Nación y su “cerebro” judicial, Carlos Zannini, consideró “nulas de nulidad absoluta las resoluciones del Ministerio de Desarrollo Social” de Macri que había ordenado que la vicepresidenta optar por una de las dos pensiones.

El mismo día 3 de marzo de 2021, Raverta, sin que la sentencia de Pérez Nami estuviera firme, pagó las dos pensiones luego de que Cristina renunciara a su sueldo de unos 300 mil pesos de vicepresidenta. El reclamo incluía un retroactivo de 100 millones de pesos por las pensiones desde el 2016 hasta la fecha.

A fines de diciembre de 2020, el juez subrogante Ezequiel Pérez Nami concedió todos los reclamos de Cristina, luego de que durante el gobierno de Mauricio Macri se decidió que debía optar entre una de las dos pensiones. Una es por su presidencia y otra como viuda del ex presidente Néstor Kirchner.

Se trata de pensiones honoríficas para ex presidentes y ex vicepresidentes -no de jubilaciones- que otorga la ley 24.018 y que dice que se debe optar por un solo beneficio. Por ejemplo, el ex vicepresidente Amado Boudou cobra su pensión de privilegio, pese a estar condenado.

Entonces, en febrero de 2021 se presentaron como terceros interesados un grupo de diputados y apeló a la cámara la sentencia del juez Pérez Nami.

Al principio, el juez aceptó a los diputados pero luego de un furioso reclamo de la defensa dio un giro y los rechazó. Así ahora se discute la legitimación de los legisladores para actuar en el caso. Se trata de los diputados nacionales Alejandro Cacace, Alfredo Víctor Cornejo, Luis Alfonso, María Dolores Martínez y María Graciela Ocaña y en forma separada, el diputado nacional Emilio Asseff. Además, hizo una presentación la Jimena de Latorre de Usina de Justicia, en el mismo sentido.

Los apelantes afirmaron que debían participar ante “la total indefensión del Estado Nacional y en la absoluta inacción de la Directora Ejecutiva de la ANSES” y miembro de La Cámpora, Fernanda Raverta. Además, de tratarse del destino de fondos públicos. En un breve escrito, la ANSES apeló para no dejar un precedente para otros jubilados pero, hasta ahora, nunca fundó su posición.

Los diputados fundaron su legitimación procesal como Diputados de la Nación, en el precedente “Solá, Felipe c/Estado Nacional s/Amparo”, sentencia de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, del año 2017.

Incluso, con citas del ex presidente Raúl Alfonsín, Cristina denunció por desacato al abogado de los diputados de Juntos por el Cambio, Federico Despoulis, y la causa fue subiendo de tono político.

Al mes siguiente, el fiscal De Vedia se opuso también a la intervención de los diputados y solicitó que “se declare inadmisible el recurso de apelación interpuesto por estos contra la sentencia definitiva”.

En cambio, según Herrero –un juez famoso por su defensa de los derechos de los jubilados-, debió apelar el pago que hizo Raverta y “haber planteado un incidente de nulidad por violación de la garantía constitucional del debido proceso legal”.

En un profundo análisis de la causa que circula por el Congreso, el ex camarista de la seguridad social dijo que el fiscal De Vedia que “debía velar por la indemnidad de las garantías del debido proceso y defensa en juicio que lo amparaban, permaneció ajeno a su cometido constitucional y legal” en la causa abierta por Cristina.

Actualmente, De Vedia está propuesto por el Gobierno en el Senado como candidato a miembro de la cámara de apelaciones del Trabajo.

La obligación de De Vedia “no se circunscribe a la defensa de la parte actora o de la parte demandada, sino que su función como fiscal se focaliza en la tutela permanente de las garantías constitucionales del debido proceso, defensa en juicio y acceso a las justicia, de “todas” las partes del juicio ”, sostuvo Herrero.

Para Herrero, el fiscal de Vedia, “en lugar de tutelar la garantía del debido proceso y el acceso a la justicia del Estado Nacional indefenso, como era su deber, se sumó a la defensa de la parte contraria”.

Sin embargo, Cristina “no sólo se hallaba patrocinada por un estudio jurídico especializado en la materia y con estrechos vínculos con el Gobierno Nacional, sino que también contaba –y cuenta- con el soporte político –no solo jurídico- de Zannini y Raverta”.

Por lo tanto, afirmó Herrero, “De Vedia debería responder ante la justicia penal por los posibles delitos de acción pública, como también debería ser denunciado ante el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación por mal desempeño”.

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Fuente Clarin

Tags: PolíticaTotalnewsAgency.com
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