La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) presentó este jueves ante la Cámara Federal porteña, los argumentos por los que sostuvo su apelación a la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti de archivar parcialmente la causa conocida como Vacunatorio VIP.
Se trata del tramo que analizó el listado de 70 personas que incluía funcionarios, dirigentes, familiares y allegados al poder político, que fueron inoculados con Sputnik V a comienzos de año y que fue revelado por Clarín.
Para la PIA sí hubo delitos cometidos, y el fiscal Sergio Rodríguez en su presentación ante la Cámara Federal apuntó contra la jueza. Sostuvo que “producto de una incorrecta interpretación de la prueba colectada”, Capuchetti “arribó a una conclusión errada” y recordó que el organismo emitió un dictamen donde destacó que en el Hospital Posadas hubieron más de 300 “vacunaciones irregulares”.
Capuchetti había archivado el expediente porque consideró que esas personas habían recibido “un trato especial” en relación al resto de la ciudadanía, admitiendo que tal comportamiento podría ser reprochable en función de la Ley de Ética Pública, ya que podría ser considerado como inmoral. Pero que a la luz del Código Penal, no había delito para imputar a ese grupo de personas.
Alberto Fernández yGinés González García cuando estaba en el Gabinete. Se fue por el Vacunatorio VIP.
La PIA que colabora en el expediente, rechazó los argumentos de tal decisión y sostuvo en el escrito presentado ante la Cámara de Apelaciones, y al que accedió Clarín, que “ha existido
Para Rodríguez, la “errónea interpretación” de la magistrada generó una “orfandad probatoria reinante en el proceso” que “obturó en forma definitiva” el expediente.
Con todo, el fiscal Rodríguez solicitó que los jueces Eduardo Farah, Martín Irurzun y Roberto Boicco (ex abogado de Cristina Kirchner), revoquen el archivo parcial del caso -ya que siguen abiertas tres líneas más de investigación-.
Al momento de fundamentar su apelación, la PIA reiteró que a su entender la jueza Capuchetti “ha reducido el ámbito de interpretación de las normas aplicables al caso, a si el plan de vacunación establecido por las autoridades nacionales, implica un proceso simultáneo o sucesivo por etapas, respecto de los grupos priorizados”.
Para sostener tales argumentos, desde la Procuraduría reiteraron: “Nos encontramos frente a una investigación donde producto de una incorrecta interpretación de la prueba colectada, la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 9 arribó a una conclusión errada”. En tal sentido, agregaron: “circunstancia que no hizo otra cosa que culminar en una resolución por la cual este Ministerio Público Fiscal tuvo que agraviarse”, y sobre eso fundar su apelación.
María Eugenia Capuchetti, la jueza que archivo el epediente del VAcunatorio VIP.
La primera imputación del caso recayó sobre el ex ministro Ginés González García” quien sigue bajo investigación. “Habría dispuesto que personal del Hospital Nacional Posadas concurriese a la sede del Ministerio de Salud de la Nación para inmunizar a diversas personas que no cumplían con los criterios de prioridad epidemiológicos o el esquema de etapas establecidos en el Plan de vacunación contra la Covid-19″, sostuvo el fiscal.
La lista de personas beneficiadas entre finales de diciembre y el 23 de febrero fue más amplia: Hugo Moyano, su esposa y uno de sus hijos de 20 años; Carlos Zannini y su esposa; Daniel Scioli y Eduardo Duhalde integraron la lista de quienes recibieron la vacuna la Sputnik V como parte de un circuito irregular implementado desde Salud.
Al analizar todos los casos, la jueza Capuchetti sostuvo que entre los grupos que componen los “prioritarios” (mayores de 60 años, personal de salud, personal estratégicos y personas de 18 a 59 con enfermedades previas) “no existía ni existe un orden normativo de prelación ya que la Res. MSAL 2883/20 expresamente estableció que era posible vacunar a estos grupos de manera simultánea”.
La respuesta de la PIA sobre este criterio fue que el plan de inoculación era simultáneo, y por ello consideró que los hechos investigados “en relación a la totalidad de las personas vacunadas pertenecientes a dichos grupos prioritarios, resultan atípicos”.
Bajo ese análisis, señalaron ante la Cámara que la PIA había emitido un dictamen técnico, apenas días antes de la resolución que se apela, “que tuvo poca o nula relevancia por parte de la Sra. Juez a la hora de emitir sus argumentaciones y conclusiones”. Por ello, indicaron que “resulta necesario a juicio de esta parte la realización de un número mayor de pruebas que permitan –al menos, en esta instancia- determinar las inconsistencias planteadas”.
Al enumerar los aspectos que aún faltarían clarificar, la PIA detalló que es necesario una “correcta interpretación entre las respuestas brindadas por la administración y la normativa (decretos y manuales del vacunador, entre otros) vigente hasta ese momento; y cuáles funcionarios y qué aportes tuvieron en el proceso de inoculaciones irregulares realizado con vacunas asignadas a nación y que estaban destinadas para otras categorías de las utilizadas”.
Por último, la Procuraduría indicó que a la fecha no se tuvo noticias de los correos electrónicos que se encuentran resguardados en el Ministerio de Salud, “a la espera de que los requiera la Sra. Jueza”. Son los correos de Carla Vizzotti, Ginés González García, Lisandro Emilio Bonelli, Marcelo Ariel Guille, Mauricio Monsalvo, Martín Horacio Sabignoso y Arnaldo Darío Medina desde el 29 de diciembre de 2020 al 23 de febrero de 2021.
Fuente Clarin