La trascendente reforma laboral llevada a cabo en Brasil, que entrará en vigencia hacia fines de año provocará que la Argentina quede totalmente relegada a la hora de las esperadas inversiones. Por Guillermo H.B. Castaño, exclusivo Totalnews.
Se puede observar a simple vista en el gráfico, como ha subido el costo laboral horario promedio en los tres países, Argentina pasó de u$7 a u$15, mientras que nuestro principal socio en Mercosur de u$7 a u$11, de modo que hoy antes de que rija la nueva ley, Brasil tiene un costo 30% menor a nuestro país.
En cuanto nueva ley laboral brasileña que entrará en vigencia esto es lo principal :
– En cuanto a Sueldos, se podrán negociar reducciones de sueldos para mantener el puesto de trabajo, garantizando la estabilidad por plazos no inferiores a un año.
-Los acuerdos serán por sector, empresas e individuos y tienen preeminencia sobre la legislación vigente. Los contratos privados pasan a estar por encima de las convenciones colectivas.
-Se mantienen, la cantidad de días de vacaciones vigentes en la ley actual, es decir, 30 para todo trabajador, la cantidad horas laborables por semana, y el aguinaldo. Pero se pueden fraccionar de diferentes maneras. Las vacaciones se podrán dividir hasta en tres periodos no inferiores a 5 días y podrá haber jornadas laborales de hasta 12 horas que serán compensadas con 36 horas de descanso, sin superar las 44 horas semanales del límite establecido.
-Se permite la “jornada intermitente“, con el pago de salarios sobre una base horaria o por jornada y mensual. Podrá haber contratos parciales de hasta 30 horas semanales o 26 horas y 6 horas extras.
-Se reglamenta el trabajo desde el hogar con debido reembolso de los gastos del empleado. Tema hasta ahora muy riesgoso judicialmente para las compañías.
-Contribución sindical, la actual es obligatoria y equivalente a un día de salario al año, pasará a ser voluntaria. Deberán esforzarse brindando más y mejores servicios para que el empleado se vea tentado a seguir aportando.
-Se permite que las embarazadas trabajen en ambientes poco saludables sólo si la empresa presenta certificados médico – ambientales que aseguren que no hay riesgo para ella o para el embarazo.
-Se acrecientan las posibilidades de tercerizar tareas, incluso la actividad principal de la empresa.
–Las condiciones de despido se aligeran. El monto de las indemnizaciones no estará sujeto al monto del salario del trabajador y el preaviso baja de 30 a 15 días.
-La empresa ahora negociará las condiciones de trabajo con una comisión no sindical que represente de los trabajadores o con la sindical tradicional.
– Limitación en los litigios laborales. El trabajador que litigue debe establecer en el inicio del juicio cuánto dinero desea recibir de compensación al término del juicio, deberá comparecer a todas las audiencias judiciales y pagar las costas del juicio si pierde. Daño moral en los procesos laborales, punto trascendente debido al aumento geométrico de los juicios laborales por este tema. En lugar de fijar el Juez el monto, la ley determina cifras máximas, para eliminar el negocio del juicio laboral por cuestiones intangibles.
La presente ley aprobada en julio del corriente año, reemplaza a la actual, vigente desde 1943, y transforma profundamente las reglas de contratación y empleo para dar mayor y mejor competitividad al mercado brasileño, generar nuevos empleos e incorporar al Brasil al siglo XXI.
Contexto sindical:
Brasil tiene 15.138 sindicatos, Argentina, más de 3.500, EE.UU., 168 sindicatos. A pesar de la abrumadora cantidad que detenta nuestro vecino, vale destacar que no tienen la fuerza de los argentinos que sólo suman el 20% de aquellos, aunque comparados con EE.UU. son 20 veces más.
En Estados Unidos las normas más destacadas vigentes son:
Horario y vacaciones, Se puede trabajar a tiempo completo o parcial. La jornada completa es de 40 horas semanales, y la parcial puede ser de hasta 30 horas semanales. El horario laboral en EEUU suele ser de Lunes a Viernes desde las 9 am hasta las 6 pm, con una hora para comer y dos descansos de 15 minutos. Sin embargo, un tercio de los americanos trabajan más de las 40 horas semanales.
Los trabajadores nuevos según sector tienen una o dos semanas de vacaciones pagadas al año. Cada año se incrementan las vacaciones uno o dos días, así en unos 10 años se consiguen 4 semanas de vacaciones anuales.
Trabajo seguro, En Estados Unidos no existe el trabajo seguro, en general si la empresa lo decide puede despedir sin causa ni problemas.
Salarios y otras compensaciones, El sueldo es sólo una parte de la oferta de trabajo pero, para los americanos, es la más importante. El salario medio de los trabajadores va desde los u$8 a los u$12 la hora para alguien que empieza. El salario mínimo legal es de unos u$7 la hora en la mayoría de los estados.
Otro factor importante son el resto de compensaciones que las empresas buenas suelen dar a sus empleados, incluyendo bono anual, seguro médico, etc. Los salarios y resto de compensaciones varían según las condiciones de mercado y dónde esté localizado el trabajo. La contratación varía de ciudad en ciudad, de empresa a empresa, los sindicatos en general no tiene fuerza para ecualizar salarios.
Seguro de trabajo, En Estados Unidos existe el derecho a trabajar en un entorno seguro. El seguro de trabajo es un seguro que paga la empresa y que proporciona dinero y atención médica si un trabajador queda inválido por un accidente de trabajo.
Fuente: IMF
Conclusión:
Se observa en el gráfico, como subió el costo laboral en 20 años, registrando la Argentina el primer lugar en ese aumento sin que ello represente que el trabajador realmente gane más que hace 20 años o más que un empleado de Brasil o EE.UU..
Luego de lo expuesto sobre la nueva ley aprobada en Brasil y teniendo en cuenta que con la ley anterior ya son un 30% más competitivos que nuestro país, debemos notar ahora cierto parecido con la normativa vigente en EE.UU., que reducirá aún más su costo laboral incrementando mayormente la competitividad que hoy tienen.
Los sindicatos brasileños, aún disconformes con esta reforma, están junto al gobierno esperando que esto produzca la esperada creación masiva de nuevos empleos, según dichos de sus dirigentes.
Por todo lo expuesto, se evidencia la necesidad de una reforma de las leyes laborales vigentes en Argentina, si esto no se realiza, naturalmente nuestro país quedará al margen de nuevas inversiones que encontrarán al Brasil mejor dispuesto a recibirlas. Reforma que extenderá el beneficio a gran parte de la fuerza de trabajo precarizada y fuera del sistema.
La pregunta es: Nuestros legisladores, sindicalistas y la administración actual, están a la altura de las circunstancias, como para producir los cambios que el siglo XXI requiere para que nuestro país pueda competir en el mundo? Están en condiciones de ver que aferrarse a la rigidez del sistema de la ley vigente que sirvió en el siglo XX hoy son el principal escollo para creación de nuevos empleos, condicionando a la masa laboral que se incorpora anualmente, a no conseguir trabajo o a conseguirlo en negro?
Esperemos que junto con una reforma profunda del régimen tributario y la reducción drástica del gasto público, siente las bases de crecimiento cierto y sostenible a lo largo de los años venideros.
07/08/2017
Guillermo H.B. Castaño. Semper Fidelis Consultora
Foros Contemporáneos Economía
Twitter: @guillermo1500 http://gcastano9.wix.com/guillermohbcastano