A partir de enero, los trabajadores en relación de dependencia solteros sin hijos empezarán a pagar el impuesto a las Ganancias si ganan al mes más de $ 74.810 netos, luego de los descuentos de jubilación y salud. Y los casados con cónyuge y 2 hijos menores si superan los $ 98.963. Representa un incremento del 35,37% con relación a los valores de este año.
Los datos surgen de la evolución del índice Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que es el que fijó la ley N° 27.346 para actualizar el Mínimo No Imponible (MNI) de Ganancias y demás deducciones, como por hijos menores de hasta 18 años o discapacitados, que pagan tanto los trabajadores en relación de dependencia como los autónomos. El Monotributo se ajusta por otros parámetros.
Para ajustar los valores de Ganancias se toma el RIPTE de octubre de cada año y la variación se aplica sobre el período fiscal del año siguiente. Se calcula que en 2020 cerca de dos millones de asalariados fueron alcanzados por el impuesto a las Ganancias. Con este ajuste el número de contribuyentes bajará, pero irá subiendo a medida que se produzcan las esperadas mejoras salariales para intentar compensar la inflación que se vaya registrando a lo largo de 2021.
Así, para los empleados solteros sin hijos menores el MNI sube de los $55.261 netos a $ 74.810, incluyendo el proporcional del aguinaldo. Y para los casados con dos hijos se eleva a $73.102 netos a $ 98.963, con el proporcional del aguinaldo.
En el caso de los autónomos, el MNI será de $ 41.919 para los solteros y $ 68.085 para los casados con cónyuge y 2 hijos. En tanto, el MNI de jubilados y pensionados es equivalente a 6 haberes mínimos (desde diciembre $19.035,30 x 6 = $ 114.211.80) y se ajusta cada tres meses.
Con esos valores, de acuerdo a los cálculos del tributarista César Litvin, para los trabajadores en relación de dependencia, el cuadro sería el siguiente:
Solteros
+ Sueldo neto de $ 75.000 le retendrán $ 10,27 por mes o $ 123,26 en el año.
+ $ 95.000 le descontarán $ 2.259 por mes o $ 27.108 en el año.
+ $ 100.000 pagarán $ 3.302 por mes o $ 39.632 en el año
+ $ 150.000 le retendrán $ 17.776 por mes o $ 213.314 en el año. O sea, el equivalente a un sueldo y medio.
Casados con 2 hijos
Como el MNI es más elevado, hasta casi $ 100.000, no tendrá retención.
Para un sueldo neto de $ 150.000, le descontarán $ 10.034 por mes o $ 120.414,48 anual.
Así, a medida que sube el sueldo neto, también se incrementan las alícuotas y la retención de Ganancias aumenta en forma más que proporcional.
A su vez, como esos valores se mantienen durante todo 2021, si representa o no una mejora en los ingresos de los trabajadores dependerá de la evolución de la inflación.
Este año el mínimo no imponible se ajustó en enero un 44,27%, por debajo del 53,8% de inflación de 2019. Así, con salarios en términos reales más bajos – cayeron un15% en los últimos 3 años – el peso de Ganancias en los sueldos de los trabajadores fue mayor. En consecuencia, se empezó a tributar Ganancias a partir de ingresos reales más bajos. Dicho de manera más directa y simple: se produce el absurdo de pagar o pagar más por el impuesto a las Ganancias ya no por tener ingresos reales más altos sino más bajos.
Además, esto pasa porque el mínimo no imponible se actualiza una vez por año, mientras el RIPTE es un índice salarial promedio que elabora Seguridad Social que, en los últimos años, fue evolucionando por debajo de la inflación.
Para 2021, si la inflación vuelve a ascender y supera la que arroje este año, como pronostican las consultoras privadas, el salario real podría caer y aún así los trabajadores tendrán una mayor retención por Ganancias.
Por eso Litvin aclara que “estos nuevos montos de Mínimo No Imponibles son para todo 2021 y en la medida que los trabajadores tengan alguna recomposición salarial, algunos que ahora están afuera del impuesto empezarán a pagar y los que ya están pagando pagarán más. Por eso resulta imprescindible fijar la actualización automática en forma semestral y por IPC en lugar del RIPTE”.
También Litvin plantea que “resulta imprescindible equiparar a los autónomos con los asalariados porque también son trabajadores y tienen un mínimo no imponible inferior”.
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