La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) distribuyó otros $ 1.000 millones entre las obras sociales, de acuerdo a la Resolución N° 1815/20 de ese organismo, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Es un “adelanto de fondos” del Sistema Único de Reintegros (SUR) “por las solicitudes presentadas pendientes de cancelación y por las que se presenten en el futuro”. Corresponden “a las prestaciones de alto impacto económico y que demandan una cobertura prolongada en el tiempo” y que se financian del Fondo Solidario de Redistribución que recibe una parte de los aportes y contribuciones del sistema.
Con esta medida en lo que va del año, a través de SUR se distribuyeron un total de $ 23.909 millones. En todo el año pasado, se habían transferido $ 12.188 millones.
De esta manera se distribuye entre todas las entidades el pago de esas prestaciones complejas, de tratamiento crónico y más costosas, evitando que ese mayor gasto se concentre en determinadas entidades, en especial entre las que tienen menor cantidad de afiliados o respaldo financiero.
Un 70% de los adelantos se distribuye proporcionalmente entre las obras sociales cuya recaudación sea inferior al promedio del sistema y el 30% restante, entre las que superen dicha cifra, como pago a cuenta de las solicitudes que tienen presentadas en el Organismo o presenten en el futuro.
En la Resolución oficial se dice que para la distribución de los fondos se tomaron en cuenta las solicitudes ingresadas hasta el 15 diciembre “persistiendo la imposibilidad de este Organismo para dar cumplimiento a los procedimientos administrativos regulados para el tratamiento de las solicitudes de recupero de fondos presentadas por los Agentes del Seguro de Salud, en virtud de la ausencia de recursos humanos suficientes para llevar adelante la tarea asignada y la imposibilidad de realizar el análisis y evaluación de expedientes físicos desde sus hogares, sumado ello a la profunda crisis económica y financiera por la que atraviesa el sector, por lo que resulta necesario continuar con el sostenimiento y fortalecimiento del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Por esas razones las transferencias de fondos son un “adelanto de fondos”, en tanto las obras sociales que no tengan solicitudes suficientes para cancelar estos pagos a cuenta dentro de los 180 días posteriores a la finalización del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” se les debitará de otras trasferencias que les corresponden, como los subsidios automáticos “hasta alcanzar las sumas abonadas a cuenta”.
Además, la Resolución dice que no se realizará el pago a cuenta, “como así tampoco futuros pagos a cuenta” a las obras sociales que no presenten los Estados de Origen, Aplicación de Fondos y Estado de Situación Financiera vencidos hasta julio 2020”, hasta tanto regularicen dicha situación.
NE