El fallo del magistrado Martín Cormick plantea que las dos fuerzas opositoras deben considerarse como una sola minoría. El espacio político tildó la decisión de “arbitraria, política, nula y extemporánea”. PRO y UCR siempre fueron dos bloques.
El fallo del magistrado Martín Cormick plantea que las dos fuerzas opositoras deben considerarse como una sola minoría. El espacio político tildó la decisión de “arbitraria, política, nula y extemporánea”.
Luego de la jugada del kirchnerismo en el Senado para quedarse con un lugar más en el Consejo de la Magistratura, se sumó una nueva disputa para la integración del organismo. Este lunes, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Martín Cormick, anuló la designación de la diputada radical Roxana Reyes al considerar que la UCR y el PRO deberían ser considerados la misma minoría.
El fallo se refiere al mandato ya cumplido de la legisladora, pero plantea que las dos fuerzas opositoras deben considerarse como una sola a los efectos de nombrar representantes en el órgano que selecciona y controla a los jueces.
En ese sentido, para Cormick también estuvieron mal designados los nuevos representantes del Consejo, a quienes la Corte Suprema ordenó que se les tome juramento en una ceremonia para la que todavía no se fijó fecha.
Hace diez días la presidencia de la Cámara baja, a cargo de Cecilia Moreau, designó por el Frente de Todos al diputado ultra K Rodolfo Tailhade como miembro titular y la diputada Vanesa Raquel Siley, que renovará su mandato. Por la oposición, las designaciones recayeron en Álvaro González, por el bloque PRO, y Roxana Nahir Reyes, por la UCR.
Cormick hizo lugar hoy a una acción de amparo presentada hace siete meses por el presidente del bloque del Frente de Todos de Diputados, Germán Martínez y argumenta su decisión citando el fallo que la Corte Suprema realizó en favor de Luis Juez para que ocupe una de las bancas en la Magistratura desde el Senado, al considerar la división del bloque oficialista pergeñada por Cristina Kirchner -que partió a los senadores K bajo los sellos de Unión Ciudadana y Frente Nacional y Popular- como un ardid para ocupar más representación de la correspondiente para la mayoría del Frente de Todos.
“De otorgarle un integrante al bloque constituido por el PRO, y otro integrante al bloque UCR, se estaría vedando de participar a la real segunda minoría de la Cámara, cometiéndose una situación, de hecho, similar a la analizada por la Corte en el fallo citado. Ello, porque los miembros de los bloques PRO y UCR han constituido, de hecho, parte de la misma lista de candidatos a ser votada, tanto en 2021 como previamente en 2019. Por lo tanto, se le estaría asignando una doble representación cuando la ley es clara en cuanto busca representar a tres espacios políticos diferentes″, señaló.
En la parte resolutiva, el juez declaró nula “la resolución 689/22 la Presidencia de la Cámara de Diputados”, pero también “las que en lo sucesivo integren la segunda minoría con partidos políticos o alianzas a las que ya les han sido asignados integrantes en mayoría o primera minoría”.
La reacción de la UCR ante el fallo: “Es arbitrario, nulo y extemporáneo”
Una vez que se conoció el fallo, la UCR lanzó una lapidaria respuesta: “Es arbitrario, político, nulo y extemporáneo. Ha sido dictado contrariando la ley con el único objetivo de generar confusión, ya que carece de todo efecto jurídico al nulificar una resolución que ha perdido vigencia por haber agotado su objeto”.
“Con malicia habla de un ardid que está desmentido por el hecho de que el PRO y la UCR siempre fueron bloques independientes con sus propias autoridades y funcionamiento autónomo. No se trata de una situación equiparable a la escisión del bloque del FDT en el Senado, pues en este caso los bloques de la UCR y el PRO son preexistentes al fallo de la Corte y de ninguna manera fueron montados para aprovechar una designación adicional”, apuntó el comunicado radical.
En ese marco, remarcó que se trata de un “fallo escandaloso” y agregó: “Resuelve sobre una cuestión que se había tornado abstracta por tratarse de una resolución que ya ha perdido vigencia, que comete la grosería de tener una fecha de emisión antedatada ya que fue firmado el día de hoy pero en el encabezado se cita al mes de septiembre, que ‘intima’ a la Cámara de Diputados con un mandato de en lo sucesivo efectuar designaciones en contradicción con lo que dispone la ley orgánica del Consejo de la Magistratura y que en dicha intimación remita a un considerando que no existe en el resolutorio, lo que evidencia la desprolijidad e improvisación con el que fue redactado”.
“Se ha pretendido generar confusión y zozobra institucional con la evidente intención de compensar con la cuestión suscitada con la representación de la minoría correspondiente al Senado”, concluyó el escrito.
Fuente TN