
MADRID, España.- El Centro de Información Legal Cubalex presentó esta semana un informe donde expone cómo durante 64 años el régimen cubano ha utilizado la ley penal como herramienta de represión.
Tras hacer un repaso por la historia constitucional para analizar los mecanismos legales utilizados para proteger el orden constitucional y su intangibilidad, la organización confirma que “hemos transitado de una dictadura a otra desde el golpe de Estado de Fulgencio Batista hasta nuestros días y que el derecho penal y los tribunales de justicia son una herramienta de control de la ciudadanía”.
El documento denuncia que actualmente están vigentes la pena de confiscación y de muerte por causas políticas; así como se discrimina a toda persona que incumpla o esté en desacuerdo con las decisiones políticas o económicas del Gobierno.
Como resultado de la primera fase investigativa, Cubalex creó una base de datos de sancionados por motivos políticos desde 1959 hasta la actualidad.
“Al momento de este informe se habían registrado 767 casos, que nos permitieron enmarcar sobre todo la etapa de 1959 a 1979 para profundizar en el proceder político y judicial del Estado cubano en torno a los antecedentes de la discriminación por motivos políticos, la persecución a personas por delitos políticos catalogadas como contrarrevolucionarios y la tipificación de los llamados ‘delitos contra la Seguridad del Estado’. Esto posibilita establecer no solo la continuidad y sistematicidad de las violaciones de derechos humanos, sino también las similitudes con la represión y enjuiciamiento en los últimos 64 años de dictadura”, explica la ONG.
Tras mencionar las cuatro constituciones que han estado vigentes en Cuba desde 1959, Cubalex denuncia que desde esa fecha hasta la actualidad “el grupo político en el poder, a través de la reforma constitucional, eliminó la posibilidad de la reforma del sistema político y económico, impuso la Constitución, las leyes, la existencia y fines del Estado socialista como límites al ejercicio de los derechos fundamentales, incluidos aquellos que según el derecho internacional no admiten restricción o suspensión”.
Además, se utilizó para permitir la aplicación de leyes penales con efecto retroactivo, restablecimiento de la pena de confiscación y de muerte por causas políticas, supresión de garantías básicas del debido proceso, entre ellas el habeas corpus y el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Supremo, implementación de tribunales especiales militares, juzgamientos con procedimiento especial…
Estas reformas penales, señala el texto, facilitaron al grupo político en el poder juzgar y sancionar de un modo rápido y amplio a toda persona que se opusiera políticamente.
Asimismo, argumenta la tendencia a utilizar el término “contrarrevolucionario” con propósito de desconocer a las personas privadas de libertad por motivos políticos. “Sin embargo, para el grupo político en el poder este término incluye a todas aquellas personas que no cumplieran o estuvieran en desacuerdo con sus decisiones políticas o económicas. A través de la ley penal creó tipos penales ambiguos, genéricos, con sanciones severas, incluida la pena de muerte por fusilamiento, que les garantizaron hasta el 11 de julio de 2021, la obediencia debida y ciega, al estilo militar (sin discusión ni cuestionamiento) de la ciudadanía a las decisiones del grupo político en el poder”.
Cubalex informó que el próximo paso en esta investigación será el análisis individualizado de los casos de personas sancionadas por motivos de opinión política, cuyos resultados se publicarán una vez concluido.
Fuente Cubanet.org