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La Justicia hizo lugar al pedido del Gobierno y deberán aumentar la cuota en base al IPC

3 mayo, 2024
La Justicia hizo lugar al pedido del Gobierno y deberán aumentar la cuota en base al IPC
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La Justicia hizo lugar al pedido del Gobierno y las prepagas no podrán aumentar por encima de la inflación mensual luego de que desde la gestión nacional fueran a los tribunales para restringir los aumentos que tuvieron en los últimos meses luego de la liberación de precios.

Así lo dispuso el Juzgado Civil y Comercial Federal N°3 a través de un fallo en el que dispuso que las empresas utilicen como “pauta general objetiva” el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el INDEC para definir los incrementos.

“En este punto, juzgo como pauta general objetiva y adecuada utilizar el Índice de Precios al Consumidor que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos para disponer que las cuotas por el servicio médico prepago que se fijen no deben superar los porcentuales que arroje dicho índice, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos”, señala el fallo.

Además, la Justicia resolvió que se deberá devolver a los afiliados el exceso de las cuotas que se cobró desde diciembre por arriba del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que confecciona el INDEC, por lo que los usuarios no solo verán aumentos inferiores sino también descuentos de los pagos previos.

“Establecer que en caso de que los afiliados hubieran abonado las facturas con los incrementos dejados sin efecto por esta decisión, la diferencia resultante entre dicho importe y el cálculo de actualización fijado, constituye un crédito a favor de cada uno de ellos”, resolvió el Juzgado N°3.

Además, instó a “fijar el plazo de cinco (5) días para que cada Agente del Sistema de Salud demandado presente un plan de acción para efectivizar la restitución dineraria que en el punto anterior se ordena, bajo apercibimiento de tomar las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento”.

El Juzgado también advirtió que los damnificados no deben recurrir a los tribunales para hacer efectiva esta devolución ni tampoco para que se respete el ajuste de las cuotas en base a la inflación.

“No resulta necesaria ninguna presentación judicial en esta causa, de modo tal que los particulares deberán canalizar sus reclamos y/o denuncias de incumplimiento del modo informado por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación”, detallaron.

NOTICIA EN DESARROLLO.

Fuente El Cronista

Tags: AUMENTOS POR IPCINFLACIONPREPAGASTotalnews
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