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Un trabajador de Mercadona se come una croqueta en el trabajo, le despiden y ahora tendrán que indemnizarle

19 noviembre, 2024
Un trabajador de Mercadona se come una croqueta en el trabajo, le despiden y ahora tendrán que indemnizarle
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha dictado una sentencia que no ha dejado indiferente a nadie. La Justicia ha declarado improcedente el despido de un trabajador de Mercadona que, en julio de 2023, se comió una croqueta que iba a tirarse a la basura. Ahora, la empresa deberá decidir entre readmitir al empleado o indemnizarle con 39.702,17 euros.

Todo comenzó una noche de verano, tras el cierre de un supermercado de Mercadona. Según los hechos, el trabajador se tomó la libertad de coger una croqueta de un lote de productos no vendidos que iban a ser desechados a los contenedores de basura. La acción no pasó desapercibida y, después de que una compañera lo notificara, coordinadora fue a corroborar los hechos con el propio trabajador.

Imagen de archivo de una fachada de MercadonaImagen de archivo de una fachada de Mercadona Imagen de archivo de una fachada de Mercadona

Poco después, Mercadona despidió al trabajador alegando una falta muy grave. Según las normas de la empresa, los empleados tienen estrictamente prohibido consumir cualquier producto sin previo pago, incluso si se trata de artículos dañados o destinados a la basura.

El caso llegó al Juzgado de lo Social de Toledo, que ya en mayo de este año falló a favor del empleado. Una decisión que ahora ha ratificado el TSJCLM. En su análisis, los magistrados concluyen que la croqueta en cuestión carecía de valor comercial, ya que estaba destinada a ser tirada a la basura. Y, por lo tanto, su consumo no supuso un perjuicio económico para la empresa ni puede considerarse una apropiación indebida.

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La sentencia subraya que, para hablar de apropiación indebida, deben darse ciertos elementos como el ánimo de lucro o un empobrecimiento tangible de la empresa. Ninguna de estas condiciones se cumple en este caso. Además, los jueces puntualizan que el convenio colectivo de Mercadona menciona “productos” en plural, lo que no encaja con el consumo de un único alimento destinado a la basura.

Uno de los aspectos más reveladores del caso es que, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el consumo de productos retirados de la venta es una práctica habitual entre los trabajadores, aunque a espaldas de los supervisores. Esta especie de “secreto a voces” en el día a día del supermercado hace que el despido del empleado, que admitió su acción de forma transparente, resulte especialmente desproporcionado.

El TSJCLM ha ordenado a Mercadona que elija entre dos opciones: readmitir al trabajador en las mismas condiciones laborales que tenía antes del despido o indemnizarle con 39.702,17 euros, una cifra que no solo refleja la improcedencia del despido, sino también los años de servicio del empleado.

Fuente El Confidencial

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