Washington, 28 de junio de 2025 – Total News Agency-TNA-El Tribunal Supremo de Estados Unidos falló este viernes a favor de la administración del presidente Donald Trump y habilitó la entrada en vigor de una controvertida orden ejecutiva que restringe la ciudadanía automática por nacimiento. La decisión representa una victoria clave para el mandatario republicano y podría impactar en decenas de litigios relacionados con políticas migratorias en los tribunales federales.
Por seis votos contra tres, la Corte Suprema —de mayoría conservadora— revocó las medidas cautelares que bloqueaban la implementación de la orden firmada por Trump el mismo día en que asumió su nuevo mandato. No obstante, los jueces dispusieron que la norma no podrá ser aplicada hasta dentro de 30 días.
La orden ejecutiva impide otorgar la ciudadanía estadounidense a niños nacidos en territorio estadounidense si ninguno de sus padres es ciudadano ni residente legal permanente. Hasta ahora, ese derecho estaba garantizado por la 14ª Enmienda de la Constitución, que establece el principio del ius soli o derecho de suelo, vigente en EE.UU. desde la posguerra civil y que otorga ciudadanía a toda persona nacida en el país, independientemente del estatus migratorio de sus padres.
La decisión del máximo tribunal afecta directamente tres medidas cautelares dictadas en cortes de Maryland, Massachusetts y el estado de Washington, las cuales habían suspendido la aplicación de la orden presidencial mientras se resolvía su constitucionalidad. Ahora, esos fallos deberán ser revisados por tribunales inferiores a la luz del dictamen del Supremo.
En su primera reacción, el presidente Trump celebró el fallo como una “decisión grande y asombrosa”, que definió como “una victoria monumental para la Constitución, la separación de poderes y el Estado de derecho”. También reiteró su convicción de que “ser ciudadano estadounidense no debe ser un derecho automático para los hijos de personas que ingresaron ilegalmente al país”.
La orden ejecutiva firmada por Trump se fundamenta en una interpretación restrictiva de la frase “sujeto a la jurisdicción” contenida en la 14ª Enmienda. Según el argumento de la Casa Blanca, los hijos de personas que se encuentran en situación migratoria irregular no estarían cubiertos por esa cláusula y, por ende, no serían acreedores al derecho de ciudadanía.
La medida se inscribe dentro de una ofensiva más amplia del gobierno para reformular el sistema migratorio estadounidense. En los últimos meses, el Supremo ya había avalado otras disposiciones del Ejecutivo como las deportaciones aceleradas o la eliminación de protecciones humanitarias, aunque también frenó iniciativas más polémicas como la deportación masiva de venezolanos amparada en una ley de 1798.
La ciudadanía por nacimiento es reconocida en apenas una treintena de países, en su mayoría del continente americano, incluidos Canadá, México, Argentina y Brasil. La decisión del Supremo podría suponer un quiebre histórico en la doctrina constitucional estadounidense en torno al derecho de suelo, vigente desde hace más de 150 años.
Organismos de derechos civiles y expertos constitucionalistas han advertido que la modificación del alcance de la 14ª Enmienda por vía ejecutiva y convalidada por la Corte puede abrir un precedente de gran alcance. Asimismo, alertan sobre el impacto potencial en millones de personas que nacieron en el país de padres no ciudadanos, y que ahora podrían ver cuestionado su estatus legal.
Mientras tanto, juristas anticipan una nueva oleada de litigios que buscarán definir el alcance práctico de la decisión judicial y la constitucionalidad final de la orden ejecutiva. En el centro del debate vuelve a instalarse un interrogante crucial: ¿puede modificarse un principio constitucional fundacional sin reforma legislativa, y solo mediante interpretación judicial?