Debido al incremento en las deudas con tarjeta de crédito, más del 50% de los usuarios activos opta por pagar el mínimo impuesto por el banco. Sin embargo, si esto se repite puede provocar una acumulación que perjudica significativamente la situación financiera de los clientes.
Actualmente, las tasas punitorias con CFTEA (con IVA) por no abonar el total son superiores al 100% en muchas de las entidades, por lo que rápidamente los intereses acumulados generan un volumen de deuda insostenible y difícil de refinanciar.
Solo en 2025, se estima que un 65% de los hogares contrajo entre dos y tres deudas, el 23% solo una y el 12% más de tres. Esto se debe a la necesidad de sacar nuevos créditos para saldar una deuda vigente que no deja de crecer.
Frente a esta situación, muchos usuarios se preguntan qué pasa si no abonan la deuda y si esta perderá vigencia transcurriendo un límite de tiempo.
¿Qué pasa si no pago la tarjeta de crédito?
La Ley de Tarjetas de Crédito estableció nuevos plazos que regirán sobre las deudas financieras. Una vez vencidos, el acreedor ya no puede iniciar una demanda para cobrarla.
En caso de que la persona decida dejar de pagar la deuda, la información negativa en el Veraz permanecerá durante un máximo de 5 años. Mientras que, si la abona después de la prescripción, el historial permanecerá informado durante los dos años posteriores a la fecha de pago.
¿Hasta cuándo pueden reclamar una deuda con tarjeta de crédito?
Según el artículo 47 de la Ley de Tarjetas de Crédito, los plazos serán:
- 1 año para acciones ejecutivas, reclamar judicialmente.
- 3 años para acciones ordinarias, por vía judicial común.
Para consultar cuál es tu situación crediticia podés ingresar a la Central de Deudores del BCRA en bcra.gob.ar con el CUIL/CUIT o comunicarse vía telefónicamente por (011) 5352 4800, seleccionar la opción 5 y luego la opción 1 (DNI) o 2 (CUIT).
¿La deuda con tarjeta tiene una fecha de vencimiento?
No hay una fecha de vencimiento que “borre” una deuda pasada, sino que el banco pierde el derecho legal a reclamarla después de 1 o 3 años (según la vía).
Podrías pagarla voluntariamente incluso luego de que haya prescrito, pero eso seguirá afectando tu historial crediticio durante un tiempo, dado que seguirá figurando en Veraz, aunque ya no se pueda hacer un juicio si pasaron los plazos establecidos.
Fuente El Cronista