Salta-27 de marzo de 2026-Total News Agency-TNA- La nueva ofensiva de la defensa de Raúl Reynoso volvió a poner el foco sobre un expediente que, lejos de ofrecer certezas plenas, sigue exhibiendo zonas grises, cambios de criterio y una llamativa asimetría procesal. El defensor oficial Matías Gutiérrez Perea se opuso a la elevación a juicio requerida por la fiscalía el 11 de marzo y también cuestionó el acuerdo de juicio abreviado celebrado con el exfiscal federal José Luis Bruno. Pero el punto político y judicial más delicado no pasa solo por la discusión técnica: pasa por el hecho de que la defensa pidió directamente el sobreseimiento parcial de Reynoso por el supuesto cohecho, con un argumento central y demoledor: no existen pruebas suficientes. Y si los propios fundamentos usados para aliviar la situación de Bruno son, como sostiene la defensa, aplicables a Reynoso, entonces el expediente vuelve a mostrar que algo no cierra en una causa que desde el comienzo arrastró sospechas y que parece haber sido empujada, al menos en parte, por sectores oblicuos de la política más que por una línea acusatoria uniforme y sólida.
La controversia crece porque el acuerdo alcanzado con Bruno, aún sujeto a homologación, supone el retiro de la acusación por cohecho y deja en pie cargos de menor entidad, con una pena pactada de tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación, además de su renuncia al cargo. Ese giro, por sí solo, reordena el tablero. Si el Ministerio Público Fiscal considera que no puede sostener con la misma firmeza la imputación por sobornos contra uno de los coimputados, la pregunta es inevitable: ¿sobre qué base pretende mantener con vigor esa misma hipótesis sobre el otro, cuando ambos estaban insertos en la misma plataforma fáctica? La defensa de Reynoso denunció precisamente eso: un beneficio para un imputado y un perjuicio para otro, pese a que la acusación original describía un presunto circuito común de dádivas. Allí es donde el caso deja de parecer una simple disputa jurídica y empieza a insinuar una selectividad incómoda.
El planteo defensivo tiene, además, un apoyo legal nada menor. La regla del juicio abreviado incorporada al Código Procesal Penal de la Nación establece que, cuando hay varios imputados en una causa, ese mecanismo solo puede aplicarse si todos prestan conformidad. La defensa sostiene que en este expediente esa exigencia fue sorteada con argumentos forzados y que el acuerdo con Bruno podría generar un antecedente interno difícil de revertir en un eventual debate oral posterior. No se trata de una objeción menor ni de una chicana procesal: se trata de igualdad ante la ley, debido proceso y derecho de defensa. Por eso el escrito de Gutiérrez Perea no se limita a protestar; apunta a la médula del problema y denuncia que se intenta consolidar una nueva hipótesis acusatoria “sin pruebas de real valía” y con un criterio que, de ser convalidado, teñiría de arbitrariedad todo el trámite posterior.
Más todavía: la defensa remarca que no se probó de manera concreta ni la existencia de la suma atribuida en la acusación ni el supuesto pase de manos entre intermediarios. También subraya que dos piezas clave de esa cadena —Arsenio Gaona y Héctor Arancibia— permanecen prófugos y nunca declararon. Y agrega un dato que incomoda: según las constancias reseñadas en la presentación, los únicos que se tenían agendados entre sí eran Bruno y Gaona, no Reynoso. En ese contexto, insistir con una imputación por cohecho contra el exjuez mientras se desarma parcialmente la misma hipótesis para el exfiscal abre una brecha argumental difícil de esconder. La defensa lo tradujo sin rodeos: si para Bruno no hay prueba bastante sobre el cohecho, para Reynoso tampoco. Esa es la llave de su pedido de sobreseimiento.
Nada de esto borra que Reynoso carga con una condena firme a 13 años de prisión en otra causa, confirmada definitivamente por la Corte Suprema, por favorecer a imputados a cambio de dinero y bienes. Ese antecedente pesa y condiciona cualquier lectura pública. Pero justamente por eso el estándar en esta nueva causa debería ser aún más riguroso, no más laxo. La Justicia no puede reemplazar prueba por clima ni completar vacíos con presunciones nacidas de expedientes anteriores. La fortaleza de un proceso penal no reside en la mala fama de un acusado, sino en la consistencia verificable de la acusación concreta. Y cuando la propia ingeniería del caso se modifica para beneficiar a un coimputado mientras se intenta dejar al otro expuesto al juicio oral con la misma base narrativa, la sospecha de construcción desigual se vuelve inevitable. Por eso, más que una maniobra defensiva ordinaria, el planteo de Reynoso volvió a desnudar la fragilidad de un juicio sospechado desde su arranque y pavimentado, a ojos de muchos, por intereses laterales que hoy quedan demasiado a la vista.




