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Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) superaban a finales del año pasado los 2 millones y ha alcanzado a 690.214 hogares, 159.786 menos de los previstos inicialmente por el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, que dirige José Luis Escrivá, que estimaba que llegara a 850.000. Así se desprende de la estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Termina el mes de enero de 2024 y muchos ciudadanos se preguntan cuándo cobrarán esta prestación, “dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia”. En enero, la ayuda se cobró el 2, ya que el 1 de enero fue festivo nacional por el día de Año Nuevo.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) libera la remesa de la partida presupuestaria para esta ayuda el primer día hábil de mes. Todo apunta a que será el próximo de jueves, 1 de febrero de 2024, la fecha en la que los beneficiarios cobrarán el IMV.
Sin embargo, algunas entidades bancarias se adelantan a la fecha, por lo que no es de extrañar que algunos ciudadanos reciban la ayuda antes de este día. Como tarde tendrán el dinero en su cuenta el cuarto día natural del mes. Así aparece establecido en el Real Decreto 696/2018, concretamente en el artículo 24.2, que regula la gestión financiera del ente público.
¿Cómo se solicita el IMV?
El ingreso mínimo vital se puede pedir tanto telemáticamente como en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para hacerlo por internet, hay que acudir a este enlace en la sede electrónica de la Seguridad Social, si se dispone de certificado digital o contraseña Cl@ve, o a este otro, si no se dispone del mismo o se reside en el País Vasco. Una tercera opción es hacerlo a través de la web habilitada especialmente para esta prestación.
Para solicitar el IMV presencialmente, es necesario obtener una cita previa en las oficinas del INSS llamando al número 901 106 570, o también se puede hacer a través de la página web de la Seguridad Social, con o sin certificado electrónico.
En ambos casos, es necesario entregar firmado este formulario de solicitud, así como una larga lista de documentos acreditativos de la situación de vulnerabilidad que se puede consultar aquí. Muchos de ellos se pueden descargar en este enlace.
¿Cuál es la cuantía del IMV?
Las cuantías del ingreso mínimo vital varían en función de la situación de la unidad de convivencia. Se calculan como la diferencia entre la renta garantizada por el Estado y los ingresos del hogar. Es decir: si la renta garantizada fuesen 10 euros y los ingresos del hogar 4, el ingreso mínimo vital que recibiría esa familia sería de 6.
Para un perceptor individual, la renta garantizada asciende a 565,37 euros al mes, que se incrementa un 22% si tiene una discapacidad superior al 65%. En el caso de las unidades de convivencia, va desde los 734,99 euros al mes para los formados por un menor y un adulto hasta los 1.243,83 para los formados por un adulto y cuatro o más menores. Este importe aumenta un 22% en el caso de las familias monoparentales o que cuenten con algún miembro con una discapacidad de más del 65%. Además, existe un complemento de 115 euros por cada menor de tres años, de 80,5 euros por cada niño de entre tres y seis años y de 57,5 por cada hijo de entre seis y 17.
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Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) superaban a finales del año pasado los 2 millones y ha alcanzado a 690.214 hogares, 159.786 menos de los previstos inicialmente por el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, que dirige José Luis Escrivá, que estimaba que llegara a 850.000. Así se desprende de la estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Fuente El Confidencial