Por Ramón Llanos
A nadie que haya transitado un curso de Derecho se le ocurriría plantear la inconstitucionalidad de la Constitución Nacional, tanto en su todo, como en cualquiera de sus partes, por lo tanto, ni el más trasnochado intentaría atacar por esa vía las autonomías provinciales, del ridículo no se vuelve.
Dicho lo anterior, conforme la doctrina de Hans Kelsen, nuestra Constitución es el punto de apoyo de la estructura jurídica y legislativa.
Vigente desde 1994, consensuada entre el Radicalismo y el Menemismo/Peronismo, creo las Provincias CABA y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Sur, por lo que la República está federalmente constituida por 24 Provincias.
Sintetizando en todo el territorio Nacional hay Constituciones Provinciales, 24 Poderes Ejecutivos, 24 Poderes Legislativos y 24 Poderes Judiciales, reitero, provinciales.
Al escenario descripto le debemos incorporar el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial como órganos constitucionales supremos para conducir el País.
Asimismo, el Poder Judicial, tiene a la CSJN como cabeza y también al Fuero Federal compuesto por Juzgados, Tribunales y Cámaras, Ministerios de la Fiscalía y de la Defensa, distribuidos a lo largo y ancho de la República.
Conforme la Constitución de 1994 que juraron a su tiempo todas las autoridades en funciones, “Jueces” inclusive, y los que se fueron incorporando, a su tiempo obviamente, entonces cabe preguntarse si ¿alguien hoy puede sostener que exista algún territorio Nacional en la organización Política del País?
La respuesta, por obvia que sea es NO, en consecuencia, después de 32 años, la existencia de competencia Judicial Nacional en las materias Laboral, Civil y Comercial con sede en la Provincia CABA debe iniciar un proceso de cierre y, simultáneamente, la autonomía de la Provincia debe ponerse en marcha y comenzar con la organización e implementación de lo estipulado en la Ley 7 y otras que a sus efectos ya ha dictado.
El modo en que La Provincia Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) instrumente la creación progresiva de las dependencias establecidas por la Ley 7 dictada por la Legislatura local y la finalización, también progresiva del Fuero del Trabajo Nacional es sólo una cuestión administrativa que no puede alterar la vida de los Justiciables ni de los integrantes del Fuero mencionad, en su caso deberá ser prolijamente elaborada e informada a los interesados en tiempo y modo.
A la fecha en CABA se está dando una paradoja que, a lo largo de mis años, formado en derecho y con conocimiento de lo que escribo, nunca imaginé, por ejemplo:
- En el día de ayer, Jueves 26 del corriente mes y año, el Sindicato de Empleados Judiciales luego de disponer un paro de actividades como manifestación en contra de lo que ellos denominan el “traspaso”, aclaro para no confundir al lector que la expresión está muy mal aplicada ya que no hay movimiento de personal de un área Nacional a otra Provincial, se realizó una reunión bastante concurrida (solo por ellos), donde los pasacalles colgados expresaban entre otros mensajes el siguiente: “No al cierre del Fuero del Trabajo – Los Trabajadores se quedan sin Defensa”.
Como se puede apreciar la ignorancia paso a ser el común denominador, me explico para los que integran ese Fuero Nacional, hoy en crisis, indudablemente, su función no es atender un conflicto ajeno generado por incumplimiento del contrato de trabajo, que por regla general es bilateral y los incumplimientos que pueden darse son por actos realizados por cualquiera de las partes.
¿Se imaginan la inseguridad jurídica para los empleadores que conlleva ese cartel?
¿Acá sólo ganan los empleados?
Con razón el monto de las indemnizaciones llega a valores astronómicos.
Más cualquier otro pensamiento que la frondosa imaginación pueda proveer.
- Jueces de ambos géneros, en actividad y retirados, que, en los medios, por Instagram o en reuniones no secretas manifiestan su disconformidad con que se haya firmado el Acta Acuerdo entre la Provincia CABA y la Nación para el traspaso de la competencia en materia de Derecho Laboral de una jurisdicción a la otra.
Por ejemplo, la Dra. María Elena López, en actividad, titular del Juzgado Nº57, que fue Juez del Tribunal 7 de San Isidro con asiento en Pilar y anteriormente abogada de la matrícula en Capital y Provincia, expresa su disconformidad a través de su “cuenta de Instagram”.
El Dr. Roberto Pompa retirado con el cargo de Juez de la Cámara del Fuero, Sala IX, (NyC en la jerga: nacido y criado ya que ingreso de muy joven) que en la Comisión de Legislación del Senado se manifestó enfáticamente en contra de la reforma.
La Dra. Rosalía Romero, en actividad, titular del Juzgado Nº 45 que se queja porque luego de años de esfuerzo habiendo quedado posicionada para ser designada Juez de Cámara ve frustrado su plan de carrera, sin estar agradecida por el cargo que ya obtuvo oportunamente, ¿se olvidó?
La Dra. Viviana Dobarro, titular del Juzgado 21, que propuso contratar abogados expertos en Derecho Internacional a fin de hacer presentaciones en organismos Internacionales y de Derechos Humanos.
El Dr. Leonardo Ambesi, Juez de la sala X, que en su carácter de Presidente de la CNAT solicitó en dos oportunidades una audiencia a la CSJN y a la fecha no recibió respuesta alguna, se queja porque no lo atienden sin advertir que él y todos los jueces de Fuero por disposición de la Cámara (Resolución Nº 4 del 12/02/2025) no obedecieron lo resuelto por la Corte en el llamado fallo Levinas, entre otros, respecto de que por sobre la CNAT, a fin de revisar los fallos, esta el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Muchachos NO LA VIERON.
Pareciera que con la Judicatura llega, incluso a los más humildes de actitud, un baño de impermeabilidad, salvo cuando se meten con su “inmunidad”, ya que a su tiempo advierten que volverán al llano.
Podríamos preguntarnos si es humana la reacción y quizás lo sea, pero no están excluidos de que todo tenga un final.
Todos ellos, con su posicionamiento no apaciguan los ánimos de los empleados, por el contrario, sus dichos enervan aun más al personal que deben dirigir.
Como podemos apreciar, obviamente sin compartir los posicionamientos descriptos que el Fuero del Trabajo de Nación se está agotando para dar nacimiento al que le corresponde al Servicio de Justicia de la Provincia CABA.
Los que nos ha seguido en las columnas de opinión https://totalnewsagency.com/2025/11/29/un-conflicto-magistral-los-juicios-laborales-en-el-ambito-de-la-ciudad-autonoma-de-buenos-aires/, https://totalnewsagency.com/2025/11/29/un-conflicto-magistral-los-juicios-laborales-en-el-ambito-de-la-ciudad-autonoma-de-buenos-aires/ y La Política y los Jueces: Aristóteles no conoció Argentina – TotalNews Agency https://share.google/VnzqpoTyVqC1Ls5P8, seguramente entenderán que el final fue anunciado y que los pasos que anticipamos se están dando.
Nota: todas las personas que fueron nombradas han hecho las manifestaciones que se les adjudica en público, en lugares públicos u oficinas con público, por los medios y/o por alguna red social informática comunicacional.





