Por Daniel Seifert
Santiago Cafiero firmó una Resolución que fue publicada en el Boletín Oficial de este martes a través de la cual le delega la potestad de denegar información pública a cualquier funcionario que sea subsecretario o superior a ese cargo dentro de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
La Resolución 323/2021, fechada el 9 de abril de 2021 indica que se delega “en los Titulares de unidades organizacionales de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango equivalente o superior a Subsecretario, la facultad para emitir el acto denegatorio de información dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública”.
Es una nueva traba para periodistas, organizaciones y ciudadanos en general que desean hacer uso de su “ejercicio del derecho de acceso a la información pública”, tal como indica la Ley, en la que además se busca “promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública“.
La decisión de quitar su firma de los rechazos a los accesos de información pública se da mientras Cafiero mantiene indefinida una decisión sobre quién ocupará el cargo al frente de la agencia destinada a esa área.
Su candidato, Gustavo Fuertes, un funcionario sin antecedentes relevantes en la materia que actualmente trabaja bajo el mando de Cafiero, recibió fuertes rechazos de ongs especializadas que pidieron por la remoción de su postulación.
Antes y después de la audiencia pública del pasado 23 de marzo para tratar el posible nombramiento, también los diputados de Juntos por el Cambio le reclamaron a Cafiero que designe a otro candidato.
Artilugio contra la transparencia
Si bien “el sujeto requerido, solo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto fundado”, y “dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida”, Cafiero se amparó en un artículo del Decreto Reglamentario N° 206 del 27 de marzo de 2017.
En el mismo, “se faculta a la máxima autoridad a delegar la emisión del acto de denegatorio de información en un funcionario cuyo cargo no sea inferior al de Director Nacional o equivalente según el sujeto obligado de que se trate”.
Con ese artilugio, el jefe de Gabinete ya no será la autoridad obligada a refrendar y argumentar las razones legales por la cual su área niega la información requerida.
En su lugar podrá ser cualquier funcionario del rango establecido con esta medida. Es decir, habrá más manos para poder rechazarlos, en los plazos requeridos por la ley.
Santiago Cafiero utilizó un artilugio legal para tomar la medida
Así, el Gobierno se cubrirá en un área en la que hace agua: la Jefatura de Gabinete es de los organismos a los que más pedidos le llegan solicitando información pública. Cafiero tendrá una salida elegante para evitar el cuello de botella burocrático y, a la vez, retacear información sensible con sesgo de cumplimiento administrativo.
Según las ongs especializadas en datos públicos y libertad de expresión, la gestión de Cafiero refleja una caída en los estándares de acceso a la información.
Se niegan más respuestas, muchas veces, con el amparo de la excepcionalidad que da la emergencia epidemiológica al trámite administrativo.
Con la mismas excusas, se prorrogan los plazos sin fechas fijas para que los funcionarios obligados presenten sus declaraciones juradas patrimoniales ante la Oficina Anticorrupción. Cafiero, además, viene incumpliendo con su obligación de rendir cuentas mensuales ante el Congreso.
DB
Fuente Clarin