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Clases presenciales: la Corte avaló a la Ciudad y dijo que “se violó la autonomía”

4 mayo, 2021
Clases presenciales: La Corte Suprema se declaró competente y definirá la discusión
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Por unanimidad, Rosenkrantz, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti respaldaron la presentación de Rodríguez Larreta tras el DNU que cerró las escuelas porteñas. Highton se abstuvo de votar.

En medio de la tensión entre Alberto Fernández y Horacio Rodríguez Larreta por las escuelas, la Corte Suprema falló este martes a favor de la autonomía porteña y así respaldó las clases presenciales como pedía la Ciudad. “Se violó la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires”, sostuvieron los magistrados. 

El falló salió por unanimidad con los votos de Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. Elena Highton se abstuvo de votar porque consideró que la presentación porteña no era competencia de la Corte Suprema. 

La presentación sobre la que ahora definió la Corte, arrancó hace dos semanas cuando la Ciudad presentó un recurso ante el tribunal para defender la autonomía porteña y resistir el Decreto de Necesidad y Urgencia del Presidente que ordenó cancelar las clases presenciales en todos los niveles educativos. Aunque ese DNU hoy está sin efecto, fue reemplazado por otro este último sábado que mantiene la misma orden.

Una imagen de una escuela porteña abierta a pesar del DNu pesidencial. Foto Guillermo Rodríguez Adami.

Una imagen de una escuela porteña abierta a pesar del DNu pesidencial. Foto Guillermo Rodríguez Adami.

En el fallo, los cuatro jueces respaldaron de manera unánime la autonomía de la Ciudad. Así lo expresaron en el escrito: “Por ello, y oído el señor Procurador General de la Nación, se hace lugar a la demanda respecto del planteo referido a que en el caso concreto se violó la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

E incluso avanzaron sobre la situación educativa y sostuvieron que ​”corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -al igual que a las provincias- la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes”. 

Rosatti y Maqueda, que fueron convencionales constituyentes en Santa Fe, donde en 1994 se sancionó la reforma constitucional que declaró autónoma a la Ciudad, votaron en sintonía. Argumentaron sobre el federalismo y sentaron postura sobre la educación. “Corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -al igual que a las provincias- la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes y decidir sobre su modalidad”. 

En su argumentación fueron más allá y sostuvieron que la definición de la Corte debe aplicarse para “casos futuros”. O sea, no solo aplicará sobre el DNU vencido sino que servirá para cualquier próxima decisión que afecte la autonomía de la Ciudad y también sobre el nuevo DNU que prohibió la presencialidad en las escuelas porteñas. “La decisión adoptada por el Tribunal es un criterio de máxima relevancia institucional en el marco del federalismo argentino y debe aplicarse a casos futuros”, sostuvieron.

Además, cuestionaron la idea del AMBA como un espacio único como buscó establecer el Presidente. Sostuvieron que “no es una región” en términos constitucionales y que más allá de su pertinencia estratégica –que la Corte consideró que no le corresponde analizar- “no justifica desconocer potestades constitucionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.https://drive.google.com/file/d/1GFmZ5EsWEce9Likea-H3yX1eLe4-2cyU/preview

Rosenkrantz también respaldó la autonomía de manera firme. Sostuvo que desde la reforma constitucional de 1994 la Ciudad cuenta con “facultades propias similares a las que gozan las provincias argentinas. Conserva su poder de policía sobre las cuestiones de salud y salubridad públicas y sobre la organización y funcionamiento de sus instituciones educativas”. Incluso cuestionó que el Gobierno nacional no brindó datos claros sobre el impacto del transporte en el traslado de alumnos a las escuelas entre las diferentes jurisdicciones.

“La emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente. La emergencia está sujeta al derecho en este país, en tanto también es una situación jurídicamente regulada y ella no implica en modo alguno que cualquier medida que pudiera representarse como eficaz para atender la situación sea, por esa sola razón, constitucionalmente admisible”, sostuvo Rosenkrantz en sus argumentos.

Lorenzetti fijó criterios para defender el derecho a la educación en la emergencia. Sostuvo que la Nación no puede sustituir a las provincias en otro fuerte declaración de la autonomía de la Ciudad. 

La decisión del máximo tribunal tiene fuertes implicancias políticas y le da un espaldarazo a la estrategia judicial que había impulsado Rodríguez Larreta tras la suspensión de las clases. A su vez, deja en una posición incómoda al Presidente que buscó imponer una decisión sobre la Ciudad sin avales suficientes.

Alberto Fernández y Horacio Rodríguez Larreta en una reunión en Olivos en plena pandemia. Foto Presidencia.

Alberto Fernández y Horacio Rodríguez Larreta en una reunión en Olivos en plena pandemia. Foto Presidencia.

El Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, es otro de los grandes perdedores tras el fallo de la Corte. Como abogado del Estado nacional había argumentado ante el máximo tribunal que el Poder Ejecutivo, en el marco de la pandemia, tenía facultades suficientes para tomar decisiones de política sanitaria por arriba de la autonomía de la Ciudad. Los magistrados, en el fallo, consideraron que el Poder Ejecutivo no brindó “fundamentos idóneos y suficientes” para sostener una “potestad sanitaria federal que le permita legislar en lo que refiere a la modalidad educativa” en el ámbito de la Ciudad. 

Larreta, en la presentación que realizó el 16 de abril pasado, sostuvo que el artículo 2 del decreto 241/2021 del Presidente que suspendió las clases presenciales en el AMBA “viola la autonomía de la Ciudad e implica una virtual intervención federal porque se arroga potestades sobre competencias eminentemente locales, en salud y educación”.

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