El Gobierno publicó este martes en el Boletín Oficial los nuevos requisitos para los empleadores que quieran inscribirse en el programa Repro 2, la ayuda estatal para que los sectores críticos paguen salarios. En el texto, además, se aclaró que no se volverán a prorrogar las disposiciones transitorias que se habían tomado en abril, mayo y junio y confirmaron de cuánto será la ayuda por cada empleado.
La resolución 416, firmada por el titular del ministerio de Trabajo, Claudio Moroni, indica que a partir de julio se reestablece “la aplicación de la totalidad de los criterios e indicadores establecidos” en la normativa original del Repro de noviembre de 2020. Sin embargo, oficializaron la suba a $22.000 el monto mensual por empleado que recibirán los trabajadores de rubros críticos.
En principio, se había subido a $22.000 de manera temporal, esas disposiciones ahora no se renovaron, pero el monto quedó fijado en esa cifra. Lo mismo se pagará a los trabajadores del sector de la salud.
Para los empleados de actividades afectadas pero no críticas volverá a la cifra previa a las últimas restricciones, es decir, $9000.
Requisitos
Los empleadores que quieran inscribirse al Repro 2 deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Pertenecer al sector privado.
- No recibir subsidios del sector público.
- Realizar una actividad incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al área de salud.
- La variación de la facturación, entre el mes de referencia de 2021 y el mismo período de 2019, debe presentar una reducción superior al 20%, en términos reales, para los sectores afectados no críticos y críticos.
Por otro lado, los criterios de selección para el programa Repro 2 su vez constituyen la evaluación de un conjunto de indicadores tanto económicos como financieros que se calculan para el mes anterior a la fecha en la que los solicitantes se inscriben.
- Variación porcentual de la facturación.
- Variación porcentual del IVA compras.
- Endeudamiento en el mes de referencia de 2021 (pasivo total/patrimonio neto).
- Liquidez corriente en el mes de referencia de 2021 (activo corriente/pasivo corriente).
- Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
- Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
- Variación porcentual de las importaciones.
Asistencia a trabajadores independiente
El Ministerio de Trabajo también prorrogó el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”, que abona hasta $22.000 a los monotributistas y autónomos.
- Haber efectivizado al menos dos pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos siete meses previos a realizar la solicitud para acceder al Programa.
- En el caso de declarar una fecha de inscripción al régimen correspondiente posterior a los siete meses previos a realizar la solicitud al programa, deberá registrarse como mínimo un pago.
- No podrá tener más de cinco trabajadores en relación de dependencia, tendrá que cumplir con los criterios establecidos para el Repro 2, no podrá figurar en el registro de empleadores con sanciones laborales.
SN
Fuente Clarin