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TotalNews Agency Argentina

Adiós a la Ley de Sucesiones en Argentina: se elimina el testamento y los cónyuges serán los principales herederos

12 octubre, 2025
Adiós a la Ley de Sucesiones en Argentina: se elimina el testamento y los cónyuges serán los principales herederos
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Cuando una persona fallece, lo más habitual es que su patrimonio se distribuya entre quienes fueron nombrado en su testamento. Sin embargo, cuando no existe testamento o este es declarado nulo, se inicia un proceso legal conocido como sucesión intestada, en el que la ley determina quiénes heredan y en qué proporción.

Este procedimiento, regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, busca proteger los derechos de los herederos legítimos mediante un sistema jerárquico que asigna los bienes a los parientes más cercanos, sin tener en cuenta la voluntad del fallecido.

¿Qué tipos de sucesión existen en Argentina?

En Argentina, existen dos tipos de sucesión:

  • Sucesión testamentaria: se aplica cuando el fallecido dejó un testamento válido. No obstante, la ley impone límites a la libertad de disposición, ya que debe respetarse la legítima hereditaria, que garantiza una porción mínima a los herederos forzosos (hijos, padres y cónyuge).
  • Sucesión intestada: se inicia cuando no hay testamento, este es inválido o no abarca todos los bienes. En este caso, la ley establece un orden de prioridad entre los familiares.
Aunque el fallecido haya dejado un testamento, el documento puede ser considerado nulo.

¿Por qué un testamento puede ser considerado nulo?

Un testamento puede ser declarado nulo total o parcialmente si no cumple con los requisitos legales establecidos por el Código Civil y Comercial. Las causas más comunes de nulidad incluyen:

  • Incapacidad del testador al momento de otorgarlo (por enfermedad mental, ebriedad, etc.).
  • Defectos de forma, como falta de firma, testigos no aptos o errores en la redacción.
  • Contenido ilícito o contrario a la ley, como disposiciones que violan la legítima hereditaria.
  • Vicios del consentimiento, como coacción, engaño o influencia indebida.
  • Testador judicialmente declarado incapaz, salvo que haya otorgado el testamento en un intervalo lúcido comprobado.
El procedimiento sucesorio se realiza ante un juez competente.

¿Cómo se reparte la herencia en la sucesión intestada?

El artículo 2340 del Código Civil y Comercial establece un orden de llamamiento hereditario:

  • Descendientes (hijos, nietos): tienen prioridad absoluta y excluyen a los demás.
  • Ascendientes (padres, abuelos): heredan solo si no hay descendientes.
  • Cónyuge: hereda junto con descendientes o ascendientes, según el caso.
  • Colaterales (hermanos, sobrinos): heredan si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.
  • El Estado: si no hay herederos, el patrimonio pasa al Estado nacional, provincial o municipal.

El rol del cónyuge: ¿qué hereda?

El cónyuge viudo tiene derechos sucesorios que varían según la existencia de otros herederos:

  • Con descendientes: hereda una parte igual a la de un hijo, pero no recibe nada de la mitad de los bienes gananciales que pertenecían al fallecido.
  • Con ascendientes: recibe la mitad de la herencia.
  • Sin descendientes ni ascendientes: hereda la totalidad de los bienes.

Además, el cónyuge tiene derecho a seguir viviendo en el hogar conyugal, aunque no sea titular del inmueble. Este derecho se mantiene mientras no haya herederos que lo impugnen.

En caso de no haber descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo puede heredar la totalidad de los bienes.

Además, existen excepciones:

  • Matrimonio in extremis: si el fallecido muere dentro de los 30 días de casarse por una enfermedad conocida por el otro cónyuge, este no hereda, salvo que hayan convivido previamente.
  • Divorcio o separación de hecho sin reconciliación: el cónyuge no tiene derecho a heredar.

¿Cómo es el proceso de sucesión en Argentina?

El procedimiento sucesorio se realiza ante un juez competente y sigue estos pasos:

  • Inicio del juicio: un heredero o interesado solicita la apertura de la sucesión en el juzgado del último domicilio del fallecido.
  • Presentación de documentación: certificado de defunción, actas de nacimiento o matrimonio, títulos de propiedad.
  • Declaratoria de herederos: el juez reconoce a los herederos legales (en sucesiones intestadas) o verifica la validez del testamento (en testamentarias).
  • Inventario y tasación: se realiza un listado detallado de los bienes y su valoración.
  • Partición y adjudicación: los bienes se distribuyen entre los herederos según lo que establece la ley o el testamento.

Fuente El Cronista

Tags: SUCESIÓNTESTAMENTOTotalnews
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