Por Daniel Romero
Buenos Aires, 25 noviembre 2025 – Total News Agency-TNA-La positiva designación del Teniente General Carlos Presti como ministro de Defensa, se topa con el mantener su estado militar y pasando a la figura de “disponibilidad”, abriría un inusual y complejo debate jurídico-institucional dentro de las Fuerzas Armadas y en el propio Gobierno. El perfecto movimiento, celebrado políticamente por la Casa Rosada como un gesto de autoridad y necesaria “batalla cultural”, plantea interrogantes inevitables: qué ocurrirá dentro de seis meses, cuando venza el plazo que la Ley 19.101 fija como máximo para que un oficial en disponibilidad permanezca en un cargo civil sin definir su situación militar definitiva.
El propio Presti confirmó que no renunciará a su jerarquía. Su presencia en el Salón Blanco durante la ceremonia de entrega de sables —donde confluyeron los nuevos Generales, Almirantes y Brigadieres— dejó en evidencia el singular alcance político del nombramiento. El Presidente Javier Milei, acompañado por el saliente ministro Luis Petri y los jefes del Estado Mayor Conjunto, la Armada, el Ejército y la Fuerza Aérea, encabezó un acto que se leyó puertas adentro como la señal de un reordenamiento profundo de la cadena de mandos.
En términos estrictamente legales, la figura de “disponibilidad” prevista por la Ley 19.101 (artículo 38, inciso 2°) permite que un oficial superior sea designado en un cargo civil por un período superior a dos meses y hasta un máximo de seis, conservando su estado militar, su tiempo de servicio a los fines del retiro y su superioridad por cargo. Sin embargo, agotado ese plazo, el militar debe optar entre reintegrarse a la actividad o solicitar formalmente su pase a retiro. No existe una tercera vía dentro del régimen ordinario.
Ese límite temporal habilita las preguntas centrales que hoy nos hacemos. La opción más lineal sería que Presti solicite el retiro dentro de seis meses y continúe como ministro sin condicionamientos institucionales. Una segunda posibilidad sería que renuncie al ministerio para regresar a la actividad, lo que no tendría sentido, aunque ello enfrenta un obstáculo sustancial: tras haber sido jefe del Ejército, la lógica del escalafón vuelve extremadamente complejo su regreso a un puesto inferior. Ningún antecedente reciente registra un caso similar y dentro de la fuerza se lo considera, en la práctica, inviable.
La tercera hipótesis sería que la jefatura del Ejército permanezca vacante durante ese período para permitirle un eventual retorno, aunque ello chocaría de lleno con la necesidad operativa y simbólica de contar con un jefe efectivo. Una alternativa más sofisticada sería el paso de Presti al Estado Mayor Conjunto, movida que requeriría reacomodos múltiples en la cúpula militar y decisiones presidenciales de alto impacto. Una cuarta vía en el curioso caso de abandonar el ministerio —regresar directamente a su casa sin reintegrarse— dejaría en cuestión el sentido mismo de haber ingresado en disponibilidad, dado que esa figura fue pensada para mantener la condición militar durante el ejercicio de funciones civiles.
Así aparece la última posibilidad que barruntamos: un decreto presidencial de carácter excepcional que prorrogue la disponibilidad más allá de los seis meses o que genere una situación singular no prevista expresamente por la ley. Ello abriría un debate jurídico y político significativo, dado que implicaría reinterpretar un esquema normativo consolidado desde hace décadas.
La pregunta de fondo, entonces, es por qué asumir como ministro sin desprenderse de la jerarquía militar. Entre las interpretaciones, surge la voluntad del Gobierno de reforzar un mensaje simbólico: instalar un ministro capaz de vestir el uniforme,(lo de Petri no cuenta) exhibir autoridad operativa y mostrar un gesto cultural contundente sobre el rol de las Fuerzas Armadas en la reconstrucción institucional que proclama la actual administración. La decisión constituye una señal interna hacia las fuerzas y externa hacia la opinión pública, en un momento en el que el oficialismo sostiene que la “batalla cultural” es tan relevante como las reformas económicas.
Pero esa misma decisión abre un entramado de derivaciones que, para muchos observadores, podría haber sido previsto con mayor detenimiento. En seis meses, Presti y el Gobierno deberán definir un camino que no contradiga la Ley 19.101 ni desnaturalice la estructura de mandos, al tiempo que se sostenga la necesaria narrativa política que motivó su llegada al gabinete. El equilibrio entre lo jurídico, lo operativo y lo simbólico será clave en un escenario que, según señalan especialistas, es tan inédito como delicado.

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