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En esta vida, a todos nos llega, más tarde o más temprano, la hora de partir. Y como bien sabemos, son muchos los elementos que dejamos atrás tras nuestro fallecimiento. Entre muchos de ellos, son nuestros bienes y capital los que quedan en este plano terrenal, por lo que uno de nuestros últimos deseos es que acaben en buenas manos para ayudar a nuestros seres queridos.
En este sentido, son muchos los que ponen su punto de mira en sus parejas sentimentales, de manera que nuestras pertenencias pasen a estar bajo su posesión a partir del día en que ya no estemos. Es por ello que mucha gente firma el conocido como ‘testamento del uno para el otro’, algo que en la práctica puede no presentar el resultado esperado.
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P. M.
El abogado Manuel Requena ha publicado una reciente publicación en Instagram al respecto para arrojar algo de luz a todo este asunto. “Mucha gente firma lo que se conoce como el testamento del uno para el otro, pensando que así su pareja heredará todo el patrimonio el día que él fallezca. Pero cuando llega el momento de la herencia, cuando sucede el fallecimiento y se abre el testamento, la sorpresa es mayúscula”, expone en el vídeo.
Herencia para nuestras parejas
El experto en materia legal explica que, en caso de apostar por esta medida, la pareja del difunto no se hace propietaria de sus bienes, sino que recibe el usufructo, es decir, el uso de los mismos. Esto se traduce en que, si bien puede utilizarlos, no le es posible hacer un uso libre de ellos, así como venderlos. La verdadera propiedad pasa a formar parte de los herederos forzosos, que en la mayoría de casos suele recaer en los hijos. Sin embargo, existen alternativas para verdaderamente hacer llegar nuestras posesiones a quien realmente deseemos.
“Si de verdad quieres que tu pareja herede en propiedad algo en pleno dominio y no solo el uso, debes reflejarlo expresamente en el testamento. Existe una parte de la herencia que la ley te permite dejar libremente, que se llama ‘Tercio de libre disposición’. Es la parte de tu herencia que puedes legar a quien tú quieras sin perjudicar los derechos de los hijos”, explica el abogado en el vídeo.
Dicho deseo expresado textualmente le otorga propiedad plena a nuestra pareja de este porcentaje de nuestros bienes, por lo que no existirán las limitaciones que sí encontraremos en caso de escoger la anterior opción. Es por ello que debemos estudiar las alternativas disponibles para conocer bien el futuro de nuestras pertenencias cuando ya no estemos.
Fuente El Confidencial




