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Desde febrero de 2021 está en vigor el complemento para la reducción de brecha de género en las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, que pueden solicitar las personas con hijos. El propósito de esta ayuda extra, que sustituyó al complemento por maternidad, es compensar “el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a”, según explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Está principalmente dirigida a mujeres que han sido madres, que según señala este Ministerio son las que sufren esa situación “de forma abrumadora”, aunque también puede ser solicitada por hombres que cumplan unos requisitos adicionales.
El Ministerio ha recordado cuáles son los requisitos para solicitar el complemento para la reducción de brecha de género, y cuáles son los pasos a realizar para llevar a cabo la solicitud.
⏹️Cómo pedir el complemento para reducir la brecha de género junto a la solicitud de tu pensión
👉Si has tenido uno o más hijos puedes solicitar este complemento junto al trámite de solicitud de tu pensión de jubilación, incapacidad o viudedadhttps://t.co/NKG3eqbHlN pic.twitter.com/lSCVOt6ucD
— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) June 18, 2023
La solicitud del complemento ha de hacerse en el momento en que hacemos el trámite para solicitar la propia pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad: simplemente hay que marcar la casilla correspondiente para pedir esta ayuda extra junto con la pensión. Esta gestión puede realizarse tanto de manera presencial (mediante cita previa) como online, haciendo la solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o al Instituto Social de la Marina para los trabajadores del mar. Es posible hacerlo en el portal Tu Seguridad Social si se dispone de identificación cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, o de manera alternativa en la plataforma de solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social.
Requisitos para el complemento
En el presente año 2023, la ayuda contempla 30,40 euros al mes por cada hijo/a, con un máximo de cuatro. Por lo tanto, las personas con cuatro o más hijos pueden recibir 121,60 euros extra en su pensión. Estos son los requisitos necesarios para poder pedir el complemento para la reducción de brecha de género:
- Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
- Tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y marcar la casilla del complemento en el momento de realizar la solicitud.
- “Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí”, según detalla la información del Ministerio. “Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta”.
Pueden optar a la ayuda las personas que solicitan una pensión contributiva y tienen hijos
En el caso de los hombres, además de los requisitos ya mencionados deberán cumplir también otros adicionales, dependiendo del tipo de pensión. Para las pensiones de viudedad, deberán acreditar que es “por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad”. En el caso de las pensiones de jubilación o incapacidad permanente, tienen que demostrar que su carrera profesional se ha visto afectada o interrumpida por el nacimiento o adopción de sus hijos, en base a las siguientes condiciones, tal como aparecen detalladas en la web del Ministerio:
- “En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer”.
- “En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer”.
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Desde febrero de 2021 está en vigor el complemento para la reducción de brecha de género en las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, que pueden solicitar las personas con hijos. El propósito de esta ayuda extra, que sustituyó al complemento por maternidad, es compensar “el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a”, según explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Está principalmente dirigida a mujeres que han sido madres, que según señala este Ministerio son las que sufren esa situación “de forma abrumadora”, aunque también puede ser solicitada por hombres que cumplan unos requisitos adicionales.
Fuente El Confidencial