• Argentina
  • España
  • Israel
  • USA
TotalNews Agency
  • Política y Economía
    • Recomendadas
    • Cortitas y al pie
    • Economia
    • Corrupcion
    • Gremiales
    • Municipios
  • Internacionales
    • España
    • Israel
    • USA
  • Opinion
    • Daniel Romero
    • Adalberto Agozino
    • Dario Rosatti
    • Enrique G Avogadro
    • Guillermo HB Castaño
    • Guillermo Tiscornia
    • Jorge Raventos
    • Malú Kikuchi
    • Nicolás J
    • Silvia Guzmán Coraita
    • Cristina Seguí
    • Joao Lemos Esteves
    • Costa Moreno
    • Heriberto Justo Auel
    • Jorge Corrado
    • Javier R. Casaubon
    • Claudio Rosso
    • Ramon Llanos
  • Informacion General
    • Policiales
    • Inseguridad
    • Narcotrafico & Terrorismo
    • Sociedad
    • Tecno
    • Espectaculos
    • Salud
  • Ultimas Noticias!
No Result
View All Result
  • Política y Economía
    • Recomendadas
    • Cortitas y al pie
    • Economia
    • Corrupcion
    • Gremiales
    • Municipios
  • Internacionales
    • España
    • Israel
    • USA
  • Opinion
    • Daniel Romero
    • Adalberto Agozino
    • Dario Rosatti
    • Enrique G Avogadro
    • Guillermo HB Castaño
    • Guillermo Tiscornia
    • Jorge Raventos
    • Malú Kikuchi
    • Nicolás J
    • Silvia Guzmán Coraita
    • Cristina Seguí
    • Joao Lemos Esteves
    • Costa Moreno
    • Heriberto Justo Auel
    • Jorge Corrado
    • Javier R. Casaubon
    • Claudio Rosso
    • Ramon Llanos
  • Informacion General
    • Policiales
    • Inseguridad
    • Narcotrafico & Terrorismo
    • Sociedad
    • Tecno
    • Espectaculos
    • Salud
  • Ultimas Noticias!
No Result
View All Result
TotalNews Agency
No Result
View All Result

La ley ómnibus de Milei respalda a la policía y al ciudadano que se defiende de un delincuente

28 diciembre, 2023
Patricia Bullrich quiere terminar con los clanes del narcotráfico y apuesta por una “Ley Rico”
Comparte en FacebookComparte on TwitterComparte en WhatsappComparti en Telegram

Ley Ómnibus de Reforma del Estado: más respaldo a la Policía, a la legítima defensa y fin de un privilegio secreto

Por Mariano Gaik Aldrovandi

El proyecto firmado por el Gobierno de Milei agrava el delito de resistencia a la autoridad y amplía la figura para los que se defienden de un delito. También deroga una ley que le daba privilegios a la Policía Bonaerense.

La Ley Ómnibus de Reforma del Estado que el presidente Javier Milei y todos sus ministros enviaron al Congreso para ser tratada en sesiones extraordinarias tiene un apartado dedicado a seguridad y defensa.

Lo más destacado viene por el lado de cambios en el Código Penal que agravan las penas para el delito de resistencia a la autoridad y a la vez amplía los supuestos en los que aplica la figura de legítima defensa. En otras palabras, se le da más respaldo a la Policía, ya que impone sanciones más severas a quienes agredan a un agente.

En concreto modifica el artículo 237 del Código Penal y sube la escala penal actual que va de un mes a un año a un año y tres años y seis meses de prisión para quien “empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal” y agrega al final el supuesto de “mientras estuviere cumpliendo sus funciones.”

Esto no solo supone un aumento nominal en las condenas sino que también implica que, de aprobarse el proyecto, una persona que sea declarada culpable de resistencia a la autoridad y es sentenciada a más de tres años de prisión podría ir a la cárcel. Algo que hasta ahora no ocurría sin la acumulación de una condena por otro delito.

Además, en el artículo 238 del Código aumenta las penas (que actualmente son de seis meses a dos años) a entre cuatro y seis años de cárcel para quienes agreden a un agente usando un arma, entre tres o más personas, si el autor es funcionario público o “pusiere manos en la autoridad”, en otras palabras, lo agrede a piñas.

“En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por el doble de tiempo del de la condena”, termina el artículo, por lo que la pena podría escalar hasta los 12 años de prisión.

Ley Ómnibus: los cambios en la legítima defensa

El proyecto de ley ómnibus también alivia la presión sobre los ciudadanos que, ante un delito o un acto de violencia se defienden y terminan siendo sometidos a una causa penal. Algunos casos resonantes de los últimos años son el del médico Lino Villar Cataldo, de San Martín, el carnicero Daniel “Billy” Oyarzún de Zárate o el del herrero de Quilmes Jorge Adolfo Ríos.

El nuevo texto establece a la hora de evaluar la figura de la legítima defensa o el cumplimiento del deber de un funcionario de una fuerza de seguridad, “la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.

Hasta ahora el Código Penal contemplaba que estas figuras cabían cuando alguien actuaba ante un hecho de “escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor”.

Ahora suma: “Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar o de un inmueble en el que legítimamente se alojara o trabajara, siempre que haya resistencia o señales que pudieran hacer presumir una agresión inminente”.

“También se entenderá que concurren estas circunstancias cuando una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual. Estará además comprendido en este párrafo quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena”, sigue el proyecto.

El tema del “arma falsa” es novedoso, ya que con la ley actual, si alguien se defiende con un arma real y mata o hiere a un agresor que portaba, por ejemplo, una pistola de juguete, este factor podía jugar en contra de la víctima. O como mínimo, abrir un debate judicial sobre si tenía la capacidad de discernir sobre si se trataba de un arma de verdad o no.

El proyecto también le quita la posibilidad a quien comete un delito o a sus parientes (si el delincuente muere) de querellar o demandar a la persona que se defendió.

Fin de un privilegio secreto para la Policía Bonaerense

Pero hay más: el primer artículo del apartado dedicado a seguridad y defensa propone derogar la Ley N° 21.770. A priori, el número no dice nada, pero al ver de qué trata esta norma, no se trata de una que vaya a pasar desapercibida en la Provincia de Buenos Aires.

Se trata de una ley secreta firmada en 1978 durante la última dictadura militar y vigente hasta hoy por la que se “autoriza a la Policía de la Provincia de Buenos Aires a importar como material secreto de seguridad, sin verificación previa y en las condiciones que tal caracterización supone, los elementos, materiales y/o equipos netamente especializados, destinados a su equipamiento y/o funcionamiento”.

A la vez, exime a la Bonaerense del pago de los derechos de importación, “así como de todo otro gravamen, contribución o tasa que deba tributar por todo concepto por las importaciones que realice en las condiciones autorizadas por el artículo 1º”.

Detalles:

Sección III – Legítima defensa

ARTÍCULO 344.- Sustitúyese el artículo 34 del Código Penal por el siguiente:

“ARTICULO 34.- No son punibles:

1º. El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones

morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender

la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.

En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un manicomio, del que no saldrá sino

por resolución judicial, con audiencia del ministerio público y previo dictamen de peritos que declaren

desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a sí mismo o a los demás.

En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causales del presente inciso, el tribunal ordenará

la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las

condiciones que le hicieren peligroso;

2º. El que obrare violentado por fuerza física irresistible o amenazas de sufrir un mal grave e inminente;

3º. El que causare un mal por evitar otro mayor inminente a que ha sido extraño;

4º. El que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo; en cuyo

caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en

cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo.

5º. El que obrare en virtud de obediencia debida;

6º. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:

a) Agresión ilegítima;

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;

c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que rechazare el escalamiento o fractura de los

cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el

daño ocasionado al agresor.

Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar o de un inmueble en el que

legítimamente se alojara o trabajara, siempre que haya resistencia o señales que pudieran hacer presumir una

agresión inminente.

También se entenderá que concurren estas circunstancias cuando una diferencia de edad, contextura física,

experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un

daño a su integridad física o sexual. Estará además comprendido en este párrafo quien se defendiere respecto de

quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena.

7º. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del

inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya

participado en ella el tercero defensor.

Quien comete un delito, aun en grado de tentativa, así como sus parientes, en caso de fallecimiento, carecen de

acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida, aunque no concurrieren

los eximentes de este artículo en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo

Fuente Clarín

Tags: ley ómnibus de MileiTOTAL NEWS
Previous Post

Hacienda elimina la discriminación a los no residentes en el impuesto a los ricos

Next Post

“¿Los jubilados son la casta?”: Fernández Sagasti criticó duramente la Ley Ómnibus de Milei

Next Post
“¿Los jubilados son la casta?”: Fernández Sagasti criticó duramente la Ley Ómnibus de Milei

“¿Los jubilados son la casta?”: Fernández Sagasti criticó duramente la Ley Ómnibus de Milei

Ultimas Noticias

La ONU respalda a Ucrania a cuatro años de la invasión rusa y expone el giro de Estados Unidos con su abstención

La ONU respalda a Ucrania a cuatro años de la invasión rusa y expone el giro de Estados Unidos con su abstención

25 febrero, 2026
CGT “trabaja” contra la reforma laboral y se prepara para frenar al país

CGT “trabaja” contra la reforma laboral y se prepara para frenar al país

25 febrero, 2026
Cambia el ancla financiera: el Tesoro baja tasas, busca dólares y el mercado mira si el plan cierra

Cambia el ancla financiera: el Tesoro baja tasas, busca dólares y el mercado mira si el plan cierra

25 febrero, 2026
Estado de la Unión: Trump con discurso triunfalista y un senador que protesta y es expulsado

Estado de la Unión: Trump con discurso triunfalista y un senador que protesta y es expulsado

25 febrero, 2026

TVRadioMiami – Canal Youtube

Hezbollah en Latinoamérica

https://youtu.be/-Z2BGb-4f6A

ISRAEL, IRÁN, EE. UU. Y VENEZUELA

https://youtu.be/m8QjbQlfh0c
  • Terminos y Condiciones
  • MediaKit

© 2026 TotalNews Autopista de Medios - Todos los derechos ReservadosTotalNews Agency.

No Result
View All Result
  • Política y Economía
    • Recomendadas
    • Cortitas y al pie
    • Economia
    • Corrupcion
    • Gremiales
    • Municipios
  • Internacionales
    • España
    • Israel
    • USA
  • Opinion
    • Daniel Romero
    • Adalberto Agozino
    • Dario Rosatti
    • Enrique G Avogadro
    • Guillermo HB Castaño
    • Guillermo Tiscornia
    • Jorge Raventos
    • Malú Kikuchi
    • Nicolás J
    • Silvia Guzmán Coraita
    • Cristina Seguí
    • Joao Lemos Esteves
    • Costa Moreno
    • Heriberto Justo Auel
    • Jorge Corrado
    • Javier R. Casaubon
    • Claudio Rosso
    • Ramon Llanos
  • Informacion General
    • Policiales
    • Inseguridad
    • Narcotrafico & Terrorismo
    • Sociedad
    • Tecno
    • Espectaculos
    • Salud
  • Ultimas Noticias!

© 2026 TotalNews Autopista de Medios - Todos los derechos ReservadosTotalNews Agency.