Resulta evidente que la realidad del fútbol argentino está camuflada por los éxitos de la Selección Nacional. Los hechos están a la vista y son difíciles de disimular, pese al silencio atroz de la dirigencia.
Sólo unos pocos han logrado superar el déficit crónico de sus cuentas (Talleres de Córdoba, Estudiantes de La Plata, River, Boca y Racing Club). Tras los últimos años de convulsión interna, San Lorenzo de Almagro lucha para no hundirse en las aguas turbulentas donde navega la mayoría.
El reclamo por los premios de la Copa Libertadores podría derivar en un paro de sus futbolistas por una promesa incumplida (quienes ya dieron un ultimátum previo al partido con Instituto de Córdoba). En el reciente mercado de pases, la entidad sufrió inhibiciones y embargos por deudas millonarias que impedían renovar el plantel ante las quejas de sus socios.
A este panorama se suma el conflicto con el exfutbolista, exmánager y actual vocal de Comisión Directiva, Néstor Ortigoza, denunciado por violencia de género intrafamiliar, sobre quien pesan pedidos de sumario, suspensión inmediata y expulsión por parte de la Subcomisión de Género y Diversidad del club.
En tanto, Ortigoza envió un escrito informando que no renunciará al cargo, ni tampoco como socio: “Acudiré al ser notificado fehacientemente para hacer valer mis derechos como asociado”. En lo deportivo, los santos de Boedo, con un partido a medio completar, hoy ocupan el antepenúltimo puesto y el 24°(sobre 28) de la tabla de posiciones anual.
El caos económico heredado
El presidente Marcelo Moretti, quien asumió el cargo a fines del año pasado, en diálogo con Olé declaró: “La situación es peor de lo que pensábamos, heredamos una deuda de 35 millones de dólares con más de 57 juicios. De esa deuda pagamos más de 12 millones, pagamos 7 con recursos genuinos del club y los 5 millones restantes con préstamos de dirigentes y allegados que debemos resolver. En siete meses cancelamos el 21% de la totalidad de la deuda que tenía el club”. Y agregó: “A la crisis la vamos a atacar con convicción, gestión y trabajo en equipo. Realizamos un cambio en la política del cambio profesional”.
El juicio de Ignacio Piatti
Entre los numerosos juicios laborales que soporta el club, vale citar el del exfutbolista Ignacio Piatti, quien reclama indemnizaciones por rescisión ante tempus del contrato individual firmado por dos años y medio.
En primera instancia, la magistrada interviniente había rechazado en lo principal la demanda, considerando válida una cláusula de rescisión unilateral (u$s 850 mil), más rubros salariales adeudados, más un 5% anual en concepto de intereses. Ante las quejas del futbolista, el Tribunal de Alzada revocó el fallo, incrementándose las indemnizaciones a su favor hasta u$s 2,7 millones menos u$s 944 mil dólares abonados por el club durante el juicio.
Para arribar a este resultado, se declaró nula la cláusula pactada entre las partes, por vulnerar el orden público laboral, encuadrándose el caso como “resolución del contrato por culpa del club”. (Art. 15 Convenio Colectivo de Trabajo 557/09-AFA-FAA).
Así, el reclamante fue reconocido como acreedor de las retribuciones que le restaban cobrar hasta la expiración del contrato (30/06/2021) más las indemnizaciones comunes que prescribe la Ley de Contrato de Trabajo (LCT: antigüedad, preaviso y vacaciones no gozadas), más una multa por despido arbitrario y negativa al pago tras la intimación recibida.
La alternativa del dólar MEP (“Mercado Electrónico de Pagos”).
Otro de los ítems en debate fue la moneda de pago: dólares estadounidenses, según el contrato que unía a las partes. El Tribunal Superior aceptó la queja del futbolista, modificando el fallo de primera instancia que había ordenado pagar el monto de condena al valor del “dólar oficial” del día del pago según la cotización del Banco Nación (tipo vendedor).
Así, dadas las restricciones en materia cambiaria aún vigentes, los jueces entendieron “razonable” que se utilice “la cotización no oficial del mecanismo del dólar MEP, por tratarse del canal lícito más divulgado para que una persona pueda conseguir moneda extranjera”.
Dicho mecanismo consiste en comprar bonos públicos en pesos en el mercado local y su posterior venta en dólares, con una espera de 24 horas hábiles en una cuenta en dólares (“parking”). Vale destacar que las partes habían estipulado que el salario del futbolista debía pagarse en base a la divisa norteamericana “de conformidad con el tipo de cambio oficial”, sin darse ninguna otra referencia puntual.
Algunas citas relevantes del fallo
“…Aunque ciertas notas típicas de la dependencia se encuentren distorsionadas en lo que hace a los contratos celebrados con futbolistas profesionales, tanto aquellas relacionadas a la dependencia técnica como económica, lo cierto es que, aun cuando estemos frente a un trabajador o futbolista considerado “de élite”, la relación sigue siendo laboral y, por lo tanto, los principios fundamentales sobre los cuales se erige el Derecho del Trabajo, resultan plenamente aplicables…”.
“… Por ello, aun cuando estemos hablando de futbolistas profesionales, las cláusulas pactadas individualmente en los contratos de trabajo nunca podrán reconocer menos derechos que los pactados colectivamente (art. 8° Ley 14.250) ni tampoco regular por debajo de los pisos mínimos indisponibles que establece la Ley de Contrato de Trabajo (arts. 7° y 12 de la LCT)…”.
“… En palabras del Tribunal Supremo de España, “la pertenencia a un sector de actividad (aquí, el deporte) no puede justificar que la contratación temporal quede al margen de las garantías o derechos que poseen la personas con contrataciones de duración determinada en otros ámbitos funcionales…”.
“…El Tribunal considera que asiste razón al apelante cuando reclama que se liquide la condena cuantificada en dólares, tomándose en consideración la cotización no oficial del dólar MEP, pues es este mecanismo lícito de adquisición de la moneda norteamericana el único conocido en plaza y que refleja el valor de lo adeudado, en el marco de un sistema de fuertes restricciones de acceso a las divisas que impide la adquisición de moneda estadounidense en el mercado local…” (Voto Dra. Gabriela Alejandra Vazquez, Jueza Sala I, Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. 25/09/2024. Causa Nro. 18589/2021.elDial.com-AAE375).
Palabra del fundador
Una veintena de jóvenes amantes del fútbol conocidos como “Los Forzosos de Almagro” solían visitar al cura salesiano Lorenzo Bartolomé Massa (1882-1949), quien para evitar que jugaran en la calle, les ofreció el Oratorio de San Antonio. En pocas semanas, el grupo decidió adoptar el nombre de San Lorenzo, en homenaje al inspirador y protagonista clave de su fundación como club (el 1°de abril de 1908).
A esta altura, cabe recordar algunas frases que resaltan los valores que predicaba el padre Massa.
“Nada hay en la vida que no llegue a repetirse a no ser que nosotros mismos nos neguemos a repetir. La felicidad, la fe, la convicción son detalles sustanciales para que lo que anhelamos se cumpla. Dios protege al ser humano, le da fuerzas para seguir en la lucha, que debe ser limpia y sana. A cara descubierta y a puro corazón “.
“El nombre de San Lorenzo nos recuerda un mártir de la Iglesia católica y nos recuerda también la primera batalla librada por San Martín, imitando el valor y la constancia de San Lorenzo mártir, podrá este nuevo club conseguir y afianzar posiciones que lo destaquen entre sus similares hasta que llegue a la Asociación del Fútbol Argentino y teniendo presente el triunfo de San Martín, fruto de la disciplina, se levantarán sin duda sobre una base inconmovible pues es la disciplina el nervio de toda institución”.
Cuestiones de eficiencia, previsibilidad y transparencia
Es sabido que la sociedad futbolera acostumbra a dejarse llevar por la ansiedad -sin importarle los extremos- según dicta el mandato de la pasión por la camiseta.
A la hora de votar sólo se repara en la búsqueda constante del éxito deportivo. Algunos postulantes a presidir los clubes, los usan como trampolín para lograr otros objetivos personales. Y, una vez asumidos, su desempeño muchas veces termina decepcionando a la multitud que los votó.
En el manual de malas prácticas figura en primera fila una pobre vocación de cumplir con los proyectos y promesas electorales, sin hacerse cargo de las pérdidas habidas y por haber como consecuencia de la gestión realizada. Todo ello se trasluce en balances con deudas sinfín, llevando adosada una súplica que se repite hasta el hartazgo, invocando sea Dios quien las pague. O dicho de otro modo, que pague el que sigue.
Fuente El Cronista