La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que llegó a reemplazar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), devolverá una significativa suma de dinero a miles de contribuyentes a partir de enero.
Se trata del reintegro del 30% de las percepciones que fueron aplicadas en las operaciones en dólares durante 2024. De esta manera, los trabajadores y monotributistas podrán iniciar un trámite para solicitar la devolución.
Para poder recuperar el monto abonado, tendrán que realizar la gestión a través del organismo fiscal o, de lo contrario, podría tardar más de dos años en verse reflejado el reintegro.
ARCA devolverá dinero a estos contribuyentes: a quiénes beneficia
Para solicitar la devolución del 30% de las percepciones de sus operaciones realizadas en moneda extranjera, los contribuyentes deben realizar un trámite dependiendo en qué situación fiscal se encuentren:
- Trabajadores en relación de dependencia que pagan Ganancias: a través del sistema SIRADIG, tendrán que cargar las percepciones aplicadas durante el año, para que su empleador realice el reintegro.
- Monotributistas y quienes no declaran Ganancias: deberá realizar la gestión a través de la página oficial de ARCA en la sección “Devolución de Percepciones”.
¿Cómo se realiza la gestión en ARCA?
La Resolución General 5617/2024 de ARCA establece el procedimiento para llevar a cabo este trámite, que debe realizarse una vez finalizado el año calendario.
Para solicitar el dinero correspondiente, los contribuyentes deberán cumplir con algunos requisitos básicos como contar con una Clave Fiscal, una Clave Bancaria Uniforme (CBU) y un Domicilio Fiscal.
Luego deberá ingresar al sitio oficial de ARCA y seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a Mis Retenciones
- Seleccionar la opción “Devolución de Percepciones”
- Verificar que figuren las percepciones aplicadas durante el año, de lo contrario, deberán cargarlas manualmente
- Presentar el formulario F.1746, detallando las percepciones mes a mes
Lista completa de operaciones alcanzadas por la percepción del 30%
La nueva normativa establece que la percepción se aplica a una variedad de operaciones con dólares, no solo al dólar tarjeta, sino también a otras transacciones que involucren la compra de divisas y servicios en el exterior. Entre estas se incluyen:
- Compra de billetes y divisas para atesoramiento o sin destino específico.
- Adquisición de moneda extranjera para la importación de bienes como bebidas alcohólicas y vehículos.
- Pagos realizados con tarjetas de crédito, compra y débito por bienes y servicios en el exterior.
- Compras realizadas a través de portales virtuales en moneda extranjera.
- Servicios contratados en el exterior a través de agencias de viajes.
- Adquisición de pasajes para transporte terrestre, aéreo y acuático con destino fuera del país.
Fuente El Cronista