Por Daniel Romero
El fallo de Borinsky y Carbajo rompe una barrera que el propio tribunal suele invocar para no revisar procesamientos con doble conforme y deja al fiscal Aguero Iturbe en el centro de la escena
Buenos Aires, 30 de abril de 2026-Total News Agency-TNA- En un movimiento tan sorpresivo como jurídicamente excepcional, la Cámara Federal de Casación Penal anuló el procesamiento del ex presidente Alberto Fernández en la causa Seguros y ordenó que el expediente regrese a la instancia anterior para un nuevo pronunciamiento, reabriendo una discusión que ya había atravesado el filtro de la doble revisión judicial.
La decisión fue adoptada por la Sala IV con los votos de Mariano Borinsky y Carlos Javier Carbajo, mientras que Gustavo Hornos votó en disidencia. El dato que más ruido provoca en los tribunales no es sólo político, sino técnico: no es habitual que Casación abra un recurso contra un procesamiento que ya había sido confirmado por la instancia revisora. De hecho, la objeción clásica del propio tribunal en estos casos es que no se trata de una sentencia definitiva ni de una resolución equiparable a tal, razón por la cual suele declararse inadmisible el planteo. Esa fue, precisamente, la postura que sostuvo Hornos al remarcar que el recurso no superaba el límite de impugnabilidad objetiva previsto en el proceso penal.
Sin embargo, esta vez la mayoría decidió correr ese límite. Lo hizo apoyándose en una cuestión procesal puntual: entendió que la Cámara Federal había confirmado el procesamiento yendo más allá de lo que la propia acusación había pedido, afectando el principio acusatorio, el contradictorio y el debido proceso. Según esa mirada, si la defensa de Alberto Fernández y el fiscal de Cámara coincidían en que debía revocarse el procesamiento y dictarse una falta de mérito, el tribunal revisor no podía confirmar la acusación sin romper la lógica del sistema.
Allí aparece el actor decisivo de esta historia: el fiscal José Luis Aguero Iturbe. Fue él quien, en septiembre de 2025, pidió revocar el procesamiento del ex mandatario, sostuvo que no había prueba suficiente para mantener la acusación con el grado de certeza exigido en esa etapa y reclamó que se tomaran nuevas medidas, entre ellas las declaraciones testimoniales de Santiago Cafiero y Vilma Ibarra, dos amigos y ex funcionarios de Alberto Fernández. Ese dictamen fue el que le abrió a Fernández una ventana procesal inesperada y el que, en los hechos, terminó habilitando que Casación interviniera donde usualmente se corre a un costado, segun varios abogados del foro consultados por esta agencia..
La consecuencia práctica del fallo es contundente: la causa retrocede. El expediente deberá volver para un nuevo juzgamiento en la instancia anterior, ahora con la carga de incorporar o ponderar esas medidas y de volver a resolver la situación procesal del ex presidente. En la práctica, se trata de una dilación de peso sobre una investigación que ya había avanzado hacia una instancia más comprometida para Fernández. Si finalmente se impone la lógica de la falta de mérito del artículo 309 del Código Procesal Penal, la situación del ex mandatario quedará otra vez en una zona gris, sin cierre definitivo pero también sin el impulso que supone un procesamiento firme.
El trasfondo del expediente sigue siendo grave. La causa investiga un presunto esquema de direccionamiento en contratos de seguros estatales, con 45 contratos, 25 intermediarios, comisiones por más de 3.364 millones de pesos y un rol central del broker Héctor Martínez Sosa, hombre cercano al ex presidente. La hipótesis judicial apunta a una maniobra de administración fraudulenta y negociaciones incompatibles favorecida por el andamiaje montado alrededor del Decreto 823/2021.
Por eso el fallo no discute la inocencia de Alberto Fernández. No dice que no haya habido maniobra, ni desarma la estructura fáctica del caso. Lo que hace es cuestionar el recorrido procesal y devolver la pelota a una instancia anterior. Esa diferencia es central, aunque en términos políticos el resultado sea un alivio evidente para el ex presidente.
La figura de Aguero Iturbe agrega además un ingrediente de peso. En el ambiente judicial se lo identifica como un hombre de linaje peronista, hijo de Oscar Héctor Aguero Iturbe, quien fue Procurador del Tesoro de la Nación durante el gobierno de Carlos Menem. Y no es un detalle menor que Alberto Fernández haya sido, precisamente, Superintendente de Seguros de la Nación entre 1989 y 1995, durante aquella misma etapa del menemismo.
Con ese telón de fondo, el fallo deja una sensación incómoda. Porque si algo caracteriza a Casación es su reticencia a intervenir en resoluciones no definitivas. Y, sin embargo, en esta causa de alto voltaje político lo hizo. Lo hizo además después de que el fiscal de Cámara le allanara el camino a la defensa con un dictamen que pidió oír testigos propuestos por el propio Fernández y replantear toda la situación procesal. El resultado fue el esperado por la defensa: expediente hacia atrás, procesamiento anulado y nuevo análisis por delante.
En su voto disidente, Hornos intentó poner un límite. Recordó que el procesamiento confirmado no era sentencia definitiva, que no había agravio de imposible reparación ulterior y que el dictamen posterior del fiscal general ante Casación, Raúl Pleé, no alcanzaba para cambiar la naturaleza del asunto. Pero quedó en minoría.
Así, la causa Seguros entra ahora en una nueva etapa, más lenta y más incierta. Lo que para unos es garantía procesal, para otros ya se parece demasiado a una vía elegante para estirar tiempos en un expediente de corrupción. Y en ese punto, el dato político-judicial que sobresale es uno: el espaldarazo de Aguero Iturbe y la decisión de Borinsky y Carbajo consiguieron algo que en Casación rara vez ocurre, abrir una revisión donde usualmente se baja la persiana.





