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Adorni se refugia en la “inocencia fiscal”, pero los US$245.000 en efectivo y sin factura también complicaría su estrategia

10 junio, 2026
Adorni se refugia en la “inocencia fiscal”, pero los US$245.000 en efectivo y sin factura también complicaría su estrategia
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Buenos Aires – 10 de junio de 2026 – Total News Agency – TNA-. El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, adhirió al Régimen Simplificado de Ganancias, conocido políticamente como régimen de “inocencia fiscal”, una herramienta que permite presentar una declaración jurada menos detallada y que, en los hechos, reduce la exposición pública y fiscal de gastos personales, consumos y variaciones patrimoniales.

La decisión fue confirmada por fuentes oficiales y llega en el momento más sensible para el funcionario: mientras la Justicia federal avanza en una causa por presunto enriquecimiento ilícito, el fiscal Gerardo Pollicita prepara un pedido para que justifique el origen de sus bienes, y todavía se espera la presentación pública de su declaración jurada patrimonial y esto no lo cubre con “inocencia fiscal”.

La novedad no alcanza sólo a Adorni. Su esposa, Bettina Julieta Angeletti, también adhirió al régimen de “inocencia fiscal”, según documentación difundida en medios nacionales. La coincidencia agrega un dato político y judicial relevante, porque el patrimonio familiar del jefe de Gabinete se encuentra bajo análisis en el expediente que investiga inmuebles, viajes, gastos en efectivo, movimientos bancarios y eventuales operaciones con activos digitales.

El régimen fue incorporado por la Ley 27.799 y reglamentado por el Decreto 93/2026. Formalmente se denomina Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias y está dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan determinados requisitos de ingresos, patrimonio y perfil fiscal.

Según la propia ARCA, pueden adherir quienes tengan ingresos totales de hasta $1.000 millones y un patrimonio total de hasta $10.000 millones, siempre que no califiquen como grandes contribuyentes nacionales. Para verificar esos parámetros se computan bienes en el país y en el exterior, ingresos gravados, exentos y no gravados, y se observan los tres períodos fiscales correspondientes.

El punto central es qué cambia con el régimen. ARCA lo explicó con una frase que resume su alcance: el organismo predetermina el impuesto, pone a disposición una declaración jurada precargada, permite al contribuyente revisarla, modificarla o agregar datos, y “sólo se focaliza en lo facturado y los gastos deducibles”. En consecuencia, bajo el esquema simplificado, ARCA ya no mira los gastos personales ni los cambios patrimoniales.

Ese es el costado más sensible para Adorni. En una investigación por presunto enriquecimiento ilícito, lo que justamente está bajo la lupa no es sólo cuánto facturó o qué impuesto pagó, sino cómo evolucionó su patrimonio, qué bienes adquirió, cómo financió viajes, refacciones, inmuebles y gastos familiares, y si sus ingresos declarados alcanzan para justificar ese nivel de vida.

Ese punto se vuelve todavía más delicado porque, según elementos incorporados a la investigación y declaraciones atribuidas al contratista Matías Tabar, Adorni habría realizado pagos por refacciones por alrededor de US$245.000, en efectivo, en dólares y sin factura. Se trata de una cifra difícil de compatibilizar con una declaración tributaria simplificada, justamente porque el eje judicial no pasa sólo por cuánto impuesto declaró, sino por el origen del dinero utilizado, la trazabilidad de los fondos y la ausencia de documentación respaldatoria formal.

La llamada “inocencia fiscal” puede ofrecer un marco de simplificación frente a ARCA, pero difícilmente alcance para amparar pagos de semejante magnitud realizados en efectivo y sin comprobantes. Una cosa es que el régimen reduzca el nivel de detalle exigido en la declaración jurada de Ganancias; otra muy distinta es pretender que esa herramienta borre la obligación penal de justificar de dónde salieron los dólares utilizados para afrontar gastos millonarios.

En una causa por presunto enriquecimiento ilícito, los US$245.000 en refacciones pagadas presuntamente sin factura se transforman en un dato central. Si existieron esos desembolsos, la Justicia deberá determinar si fueron compatibles con los ingresos declarados por Adorni, si salieron de cuentas bancarias registradas, si provinieron de ahorros previamente justificados, si formaron parte de préstamos documentados o si, por el contrario, revelan un flujo de fondos no explicado.

Por eso, la adhesión al régimen simplificado puede ordenar una presentación fiscal, pero no resuelve el problema de fondo. El artículo 268 (2) del Código Penal exige al funcionario justificar la procedencia de un incremento patrimonial apreciable. Y frente a pagos en dólares, en efectivo y sin factura por US$245.000, la pregunta judicial seguirá intacta: quién puso el dinero, de dónde salió y por qué no existe respaldo documental suficiente.

La reglamentación también prevé beneficios fuertes para el contribuyente. Si la declaración jurada simplificada se presenta y se paga en término, se produce un efecto liberatorio respecto del período fiscal por el cual se ejerce la opción. Además, el decreto establece una presunción de exactitud, sin admitir prueba en contrario, sobre declaraciones juradas de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos, salvo que ARCA detecte una discrepancia significativa e impugne la declaración simplificada del último período.

En lenguaje político, por eso se lo conoce como régimen de “inocencia fiscal”. No porque convierta en inocente a nadie en una causa penal por enriquecimiento, sino porque desplaza el eje fiscal: el contribuyente que ingresa al sistema queda amparado por una presunción favorable frente al organismo recaudador, siempre que cumpla los requisitos y no se detecten diferencias relevantes.

La diferencia es clave. El régimen puede facilitar la presentación tributaria y otorgar protección administrativa frente a ARCA, pero no debería funcionar como escudo automático ante una investigación penal. El delito de enriquecimiento ilícito, previsto en el artículo 268 (2) del Código Penal, exige que el funcionario justifique la procedencia de un incremento patrimonial apreciable cuando es requerido por la autoridad competente. Esa explicación no se agota en una declaración simplificada.

El problema político es evidente. Adorni había prometido, al igual que el presidente Javier Milei, que su declaración jurada “iba a aparecer”. Sin embargo, la demora se convirtió en un punto de desgaste para la Casa Rosada. Ahora, la adhesión al régimen simplificado permite presentar una declaración con menos detalle en materia de patrimonio, justo cuando la Justicia intenta reconstruir si sus bienes y gastos son compatibles con sus ingresos.

El Gobierno podría sostener que Adorni está utilizando una herramienta legal disponible para cualquier contribuyente que cumpla las condiciones. Eso es cierto. Pero la legalidad formal no elimina la incomodidad institucional. Un jefe de Gabinete investigado por presunto enriquecimiento ilícito no es un contribuyente común. Es uno de los principales funcionarios del país, obligado no sólo a cumplir la ley, sino a disipar dudas sobre su transparencia patrimonial.

La adhesión de Bettina Angeletti aumenta el ruido. Según reportes periodísticos, la esposa del funcionario figura como trabajadora autónoma desde abril de 2017 bajo actividades profesionales, científicas y técnicas, pero habría formalizado su inscripción plena en IVA y Ganancias recién en octubre de 2025. Esa secuencia abre interrogantes sobre ingresos previos, actividad económica, bienes declarados y capacidad contributiva real.

En paralelo, el expediente judicial ya había puesto el foco sobre gastos de la familia Adorni-Angeletti, viajes al exterior, consumos en efectivo, propiedades y operaciones inmobiliarias. También se investiga la trazabilidad de fondos vinculados a criptomonedas y billeteras digitales, una línea técnica que exige información más detallada que la que puede ofrecer una declaración jurada simplificada.

Para el fiscal Gerardo Pollicita, la cuestión central no será si Adorni adhirió o no al régimen. Será si, cuando sea requerido formalmente, puede justificar de manera documentada el origen de los fondos utilizados para adquirir o sostener los bienes observados. Si la explicación resulta suficiente, el expediente podría perder fuerza. Si no lo es, el camino hacia una declaración indagatoria quedará más cerca.

La causa también tiene un frente paralelo en el juzgado federal de Ariel Lijo, donde se investigan contratos entre la TV Pública y la productora Imhouse, propiedad de Marcelo Grandio, amigo cercano de Adorni. En ese expediente se analizan presuntas transferencias hacia el funcionario antes de su ingreso al Gobierno, además de un viaje a Uruguay que quedó bajo sospecha por la documentación incorporada a la causa.

La foto completa es incómoda para el oficialismo. El funcionario que durante meses fue la voz más dura del Gobierno frente a la prensa y la oposición ahora elige un régimen fiscal que permite declarar con menos detalle, en medio de una investigación que precisamente reclama más detalle. No es ilegal, pero sí políticamente explosivo.

El discurso oficial de la austeridad, la transparencia y el combate contra “la casta” enfrenta así una prueba concreta. Si el jefe de Gabinete puede explicar su patrimonio, debería hacerlo con la mayor amplitud posible, no al amparo de un régimen diseñado para simplificar la carga formal de contribuyentes comunes. En política, la transparencia no consiste sólo en cumplir el mínimo exigido por la norma, sino en dar respuestas suficientes cuando existen dudas razonables.

La llamada “inocencia fiscal” puede ordenar la relación de un contribuyente con ARCA. Pero no borra preguntas judiciales, no reemplaza una justificación patrimonial y difícilmente ampare pagos presuntamente realizados en efectivo, en dólares y sin factura por US$245.000. Mucho menos cuando el investigado es el jefe de Gabinete y también su esposa aparece adherida al mismo esquema.

La pregunta que queda abierta es simple: si no hay nada que ocultar, ¿por qué elegir el camino de una declaración con menos detalles justo cuando la Justicia pide más explicaciones y cuando el expediente apunta a gastos millonarios que, por su propia forma de pago, exigen trazabilidad antes que simplificación?

Tags: ADORNIDOLARES ADORNIINOCENCIA FISCALPROPIEDADES ADORNITNTOTAL NEWS
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