Madrid – 16 Julio 2026 – Total News Agency – TNA-. La Audiencia Provincial de Madrid confirmó que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, deberá enfrentar un juicio ante un jurado popular por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, aunque descartó otras dos acusaciones que habían sido incluidas por el juez instructor Juan Carlos Peinado.
La decisión fue adoptada por los cinco magistrados que integraron el pleno reforzado de la Sección 23 de la Audiencia madrileña, que rechazaron los principales recursos presentados por la defensa de Gómez y por la Fiscalía contra la tramitación de la causa mediante la Ley del Tribunal del Jurado.
No será, por lo tanto, un tribunal profesional el encargado de decidir sobre la culpabilidad o inocencia de la esposa de Sánchez. El veredicto quedará en manos de nueve ciudadanos residentes en la Comunidad de Madrid, seleccionados mediante el procedimiento previsto por la legislación española.
La Audiencia consideró que existen indicios suficientes para que Gómez sea juzgada por tráfico de influencias y malversación, los dos delitos que permiten mantener el procedimiento ante un jurado popular.
El tribunal, sin embargo, dejó sin efecto las imputaciones por corrupción en los negocios y apropiación indebida que Peinado había incorporado en el auto de apertura de juicio oral dictado el 20 de junio.
La resolución supone una corrección parcial al instructor, pero mantiene el núcleo más comprometedor de la investigación contra la esposa del jefe del Ejecutivo español.
La relación con la Universidad Complutense
El delito de tráfico de influencias está vinculado con la actividad desarrollada por Gómez en la Universidad Complutense de Madrid, donde codirigió la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva.
La investigación procura determinar si utilizó su condición de esposa del presidente del Gobierno y sus contactos institucionales para favorecer iniciativas privadas, obtener patrocinios empresariales o influir en la adjudicación de contratos públicos.
Los magistrados señalaron que el vínculo matrimonial con Sánchez pudo haber sido utilizado como elemento de influencia en gestiones relacionadas con la cátedra universitaria y con empresas vinculadas al proyecto.
La causa se inició en abril de 2024, tras una denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias, y fue ampliándose durante más de dos años mediante la incorporación de diferentes líneas de investigación.
La Fiscalía solicitó reiteradamente el archivo del expediente al considerar que no existían elementos delictivos suficientes, mientras que la defensa sostuvo que Peinado desarrolló una investigación prospectiva contra Gómez por su relación familiar con el presidente.
La Audiencia, pese a eliminar dos delitos, entendió que los indicios sobre tráfico de influencias y malversación deben ser evaluados durante un juicio oral.
También será juzgada la asesora de Moncloa
La asistente de Gómez en la Presidencia del Gobierno, María Cristina Álvarez Rodríguez, también será sometida al Tribunal del Jurado, aunque solamente por el presunto delito de malversación.
La investigación analiza si Álvarez, cuyo salario era abonado con fondos públicos, realizó tareas privadas relacionadas con la actividad universitaria y profesional de Gómez.
Entre los elementos examinados aparecen correos electrónicos, gestiones con patrocinadores y contactos vinculados con la cátedra de la Complutense.
La Audiencia descartó, en cambio, que Álvarez deba responder por tráfico de influencias y eliminó para ambas acusadas la imputación por corrupción en los negocios.
El empresario Juan Carlos Barrabés Cónsul, vinculado con proyectos y contratos investigados en la causa, quedó fuera del procedimiento ante jurado. Su situación continuará mediante un procedimiento abreviado separado, en el que se analizará la legalidad de las adjudicaciones públicas recibidas por sus empresas.
Levantaron las restricciones personales
La Audiencia también anuló las medidas cautelares que Peinado había impuesto a Gómez y Álvarez.
Ambas recuperarán sus pasaportes, podrán abandonar España y ya no tendrán la obligación de comparecer cada quince días ante la autoridad judicial.
El tribunal consideró que el juez instructor no había justificado adecuadamente la existencia de un riesgo de fuga. No obstante, ordenó que las dos acusadas permanezcan localizables y disponibles durante la tramitación del proceso.
La eliminación de las restricciones fue presentada por la defensa como una rectificación importante de las decisiones del instructor, aunque no impide que ambas mujeres deban sentarse en el banquillo.
Los procesos celebrados ante jurados populares presentan una elevada proporción de sentencias condenatorias. Las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial muestran que más del 90 por ciento de las resoluciones dictadas históricamente mediante este sistema terminaron con algún pronunciamiento condenatorio, aunque ese dato incluye acuerdos de conformidad y casos con varios acusados o delitos.
Cruce político entre el PSOE y el PP
El Gobierno y el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) defendieron la inocencia de Gómez y calificaron el expediente como una “causa política basada en noticias falsas”.
Desde el entorno de Sánchez insistieron en que la investigación tiene como objetivo desgastar al presidente y denunciaron la utilización de los tribunales por organizaciones y partidos opositores.
El Partido Popular, en cambio, sostuvo que resulta “inconcebible” que la esposa del presidente de una democracia europea deba enfrentar un juicio por delitos vinculados con la corrupción y reclamó explicaciones políticas a Sánchez.
La resolución no implica una condena y Gómez conserva plenamente su presunción de inocencia. Sin embargo, deja al matrimonio presidencial ante un escenario judicial de enorme impacto político: la esposa de Pedro Sánchez será juzgada por ciudadanos comunes por dos delitos contra la administración pública, mientras el Gobierno denuncia una persecución y la oposición coloca nuevamente la corrupción en el centro de la agenda española.




