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Terremoto judicial en Córdoba: piden procesar a Sánchez Torres y Montesi y arrestar al camarista

9 agosto, 2026
Terremoto judicial en Córdoba: piden procesar a Sánchez Torres y Montesi y arrestar al camarista
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Por Dario Rosatti

Los fiscales Maximiliano Hairabedian y Pablo Nicolás Turano pidieron procesar a los camaristas federales Abel Guillermo Sánchez Torres y Graciela Susana Montesi, pareja e integrantes de distintas salas de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, acusados de haber manipulado la integración de un tribunal en una causa de evasión tributaria vinculada a Bunge. Para Sánchez Torres, además, reclamaron arresto domiciliario y lo imputaron por lesiones graves agravadas por violencia de género contra una secretaria judicial que se negó a ejecutar una orden que consideraba ilegal; la Fiscalía describió un cuadro de concentración de poder y riesgo de entorpecimiento procesal “en una dimensión pocas veces vista”.

Córdoba – 9 Agosto 2026 – Total News Agency – TNA.- Una severa acusación del Ministerio Público Fiscal sacude a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba: los fiscales Maximiliano Hairabedian y Pablo Nicolás Turano solicitaron el procesamiento de los camaristas Abel Guillermo Sánchez Torres y Graciela Susana Montesi, pareja entre sí e integrantes de distintas salas del mismo tribunal, por una presunta maniobra destinada a alterar ilegalmente la composición de la Cámara en una importante causa de evasión tributaria. Para Sánchez Torres, además, pidieron arresto domiciliario al atribuirle lesiones graves calificadas por violencia de género contra una secretaria judicial que se habría negado a ejecutar una orden que consideraba ilegal.
El requerimiento fiscal, fechado el 4 de agosto, coloca bajo sospecha uno de los pilares esenciales de cualquier tribunal: la forma en que se determina qué jueces deben intervenir en una causa.

Según la acusación, Sánchez Torres, integrante de la Sala B, y Montesi, vocal de la Sala A, habrían acordado manipular la integración de ambas salas para intervenir conjuntamente en dos expedientes conexos —“Padilla” y “Humanes”— vinculados con la causa conocida como “Bunge”, relacionada con una investigación por evasión tributaria que involucraba a una de las principales compañías cerealeras del país.

Para los fiscales, no se trató de una irregularidad administrativa menor. El mecanismo cuestionado habría afectado directamente la garantía constitucional del juez natural y la imparcialidad del tribunal, porque habría permitido quitar del expediente a quien legalmente correspondía intervenir e incorporar “de manera amañada”, según la propia expresión del requerimiento, a la pareja del magistrado.

La imputación alcanza primero a Montesi por lo ocurrido en el expediente “Padilla”.

La causa había llegado a la Cámara en julio de 2023 y quedó inicialmente en manos de Montesi y Eduardo Ávalos, los dos jueces naturales de la Sala A. Ambos votaron durante noviembre. Conforme al sistema de subrogancias vigente, el tercer voto debía corresponder a Liliana Navarro.

Sin embargo, el expediente regresó al despacho de Montesi y permaneció allí hasta diciembre. Entonces la camarista decidió integrar el tribunal con Sánchez Torres, precisamente su pareja, pese a que el sistema establecido por el propio tribunal determinaba otro magistrado.

La Fiscalía considera que existen elementos suficientes para sostener que no fue un error casual. El resultado de aquella integración fue que el 18 de diciembre de 2023 la Sala confirmó por unanimidad una falta de mérito favorable al imputado.

Pocos días después se produjo un movimiento prácticamente inverso.

En el expediente “Humanes”, correspondiente a la Sala B, Sánchez Torres habría decidido el 21 de diciembre de 2023 integrar nuevamente el tribunal con Montesi, pese a que esa composición contrariaba la Ley 27.439 y el Acuerdo 316/2023 de la propia Cámara.

Ahí aparece uno de los episodios más comprometidos del requerimiento.

Según la Fiscalía, Sánchez Torres le ordenó a la secretaria penal Celina Laje Anaya que confeccionara el certificado destinado a formalizar la incorporación de Montesi. La funcionaria se negó y le advirtió expresamente que la decisión era ilegal y contraria al acuerdo vigente.

Pese a esa advertencia, el camarista habría insistido.

Un testigo presencial, Ezequiel López Messio, declaró que Sánchez Torres ordenó primero que se transmitiera a Laje Anaya la decisión de incorporar a Montesi; que la secretaria respondió que no lo haría porque no correspondía legalmente; que posteriormente fue convocada al despacho del juez y reiteró personalmente su negativa y que, finalmente, Sánchez Torres dispuso igualmente que se redactara el decreto con la integración cuestionada.

Para los fiscales, esa secuencia resulta fundamental porque debilita la explicación defensiva de que se había tratado simplemente de un error.

El requerimiento recuerda además que el propio Sánchez Torres había firmado apenas unos meses antes el Acuerdo 316, cuya aplicación posteriormente habría desconocido.

La maniobra terminó siendo detectada por la camarista Liliana Navarro, quien el 16 de abril de 2024 dejó asentada la “evidente contradicción” entre la integración dispuesta y la reglamentación vigente y exigió que Montesi fuera apartada de esa composición.

Sólo después de esa intervención Sánchez Torres dejó sin efecto la integración y convocó a Eduardo Ávalos. Finalmente, Navarro y Ávalos votaron por el procesamiento del investigado en aquella causa, mientras Sánchez Torres quedó en minoría y sostuvo una posición menos gravosa.

La propia Navarro, al declarar en el expediente penal abierto contra sus colegas, reconoció que aquella designación le había encendido “las luces de alarma” y se preguntó por qué Sánchez Torres había decidido precisamente incorporar a Montesi y si influía el hecho de que fueran pareja.

La situación adquiere una dimensión institucional todavía mayor porque la Fiscalía describe que las vacantes existentes en las salas, el ejercicio alternado de la presidencia del tribunal, las licencias de otros camaristas y la propia relación de pareja habrían permitido a Sánchez Torres y Montesi acumular una fuerte capacidad de decisión dentro de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.

El requerimiento aclara expresamente que la relación afectiva entre ambos magistrados no constituye por sí misma ninguna irregularidad. Lo que considera relevante es que ese contexto habría facilitado una concentración de poder y, concretamente, las integraciones recíprocas cuestionadas.

Pero la investigación contra Sánchez Torres fue mucho más lejos.

Los fiscales afirman que después de que Celina Laje Anaya se negara a ejecutar la integración que consideraba ilegal comenzó contra ella un proceso sistemático de represalias, hostigamiento y violencia laboral que se habría prolongado desde diciembre de 2023 hasta septiembre de 2025.

La acusación describe gritos, humillaciones, desacreditaciones, descalificaciones, pérdida de funciones, menoscabo de autoridad y degradación laboral, y sostiene que el magistrado habría utilizado la enorme asimetría de poder existente entre un juez de Cámara y una secretaria judicial.

Según el requerimiento, la mujer terminó padeciendo consecuencias físicas y psicológicas severas: angustia, ataques de pánico, episodios prolongados de llanto, ansiedad, depresión, trastornos del sueño, taquicardia, sensación de asfixia, temblores, caída del cabello e incluso un episodio de desvanecimiento.

La documentación médica incorporada al expediente consigna que debió recibir atención cardiológica y psiquiátrica, tomar ansiolíticos y antidepresivos y permanecer más de un mes sin trabajar.

El conflicto habría continuado incluso después de las licencias.

La Fiscalía sostiene que Laje Anaya fue obligada a regresar durante la feria judicial y que al hacerlo encontró cerrado su antiguo despacho. Habría terminado instalada en otra oficina, con un escritorio sucio, una silla rota, sin ventanas y con escasa luz natural.

Más tarde comenzó una presión para que aceptara intercambiar su cargo de secretaria de Cámara por otro de inferior jerarquía.

La acusación describe reuniones sucesivas en las que Sánchez Torres habría exigido una definición, pedidos para modificar notas que dejaban registrada la intervención del magistrado y finalmente una reunión grupal destinada, según los fiscales, a conseguir que la funcionaria expresara delante de testigos que la decisión era voluntaria.

La permuta terminó concretándose. Laje Anaya perdió el cargo de secretaria de Cámara que ejercía desde febrero de 2020, pasó a desempeñarse como secretaria de primera instancia y sufrió una reducción salarial con potencial incidencia futura sobre su jubilación.

La Fiscalía calificó este segundo episodio como lesiones graves agravadas por mediar violencia de género, al considerar que el deterioro de la salud provocado por el presunto maltrato laboral la inutilizó para trabajar durante más de un mes.

La prueba enumerada es extensa.

El requerimiento menciona decenas de declaraciones testimoniales, historias y certificados médicos, fotografías, chats, comunicaciones por WhatsApp, transcripciones de audios, documentación interna de la Cámara, acuerdos administrativos y constancias aportadas por el Consejo de la Magistratura.

Varios testimonios describieron además un ambiente laboral particularmente hostil alrededor del camarista.

El secretario Francisco Juárez Rouviere afirmó que Sánchez Torres era una persona “muy autoritaria”, relató gritos y golpes sobre el escritorio y describió expresiones de extrema crudeza dirigidas a subordinados. La prosecretaria María Pilar González declaró que los gritos atravesaban las paredes y señaló que, cuando fue destinada a trabajar con el camarista, sus compañeros “en vez de felicitarla le daban el pésame”. Otros funcionarios dijeron haber solicitado traslados o licencias para abandonar ese ámbito laboral.

Sánchez Torres negó las acusaciones. Al presentarse inicialmente ante la Justicia hizo manifestaciones generales y se abstuvo de responder preguntas. Luego entregó un memorial escrito donde sostuvo que la integración cuestionada había sido un error corregido cuando fue advertido, negó haber ejercido violencia sobre Laje Anaya y afirmó que la permuta de cargo había sido una decisión libre de la funcionaria.

Montesi, por su parte, tampoco negó la secuencia objetiva de movimientos del expediente “Padilla”, pero rechazó que hubiera existido una maniobra delictiva. Argumentó que el expediente había regresado a su vocalía mediante una práctica interna de “recirculación” y sostuvo que demoró su revisión, entre otros motivos, por la carga de trabajo y por la atención que le demandaba el casamiento de su hija.

Los fiscales consideran insuficientes esas explicaciones.

En el caso de Sánchez Torres, incluso utilizaron una expresión excepcionalmente dura para describir la situación procesal: hablaron de un “ejemplo de manual de riesgo procesal en una dimensión pocas veces vista”, al sostener que el magistrado conserva poder e influencia sobre empleados y testigos que continúan trabajando dentro del mismo ámbito judicial.

La acusación afirma que las circunstancias reunidas permitirían detener preventivamente a un imputado común. El obstáculo, según señalaron los fiscales, es la inmunidad de arresto de la que goza el magistrado mientras permanezca en el cargo. Por eso reclamaron al juez que ordene arresto domiciliario, pero que la medida no se haga efectiva mientras subsistan sus fueros.

El planteo formal es contundente: procesamiento de Abel Guillermo Sánchez Torres como coautor de abuso de autoridad y autor de lesiones graves calificadas por mediar violencia de género, ambos delitos en concurso real, más arresto domiciliario; y procesamiento de Graciela Susana Montesi como coautora de abuso de autoridad.

Fuentes consultadas: requerimiento de procesamiento presentado el 4 de agosto de 2026 por el fiscal general federal Maximiliano Hairabedian y el fiscal Pablo Nicolás Turano, causa FCB 28678/2025; actuaciones judiciales incorporadas al expediente.

Tags: CAMARA FEDERAL CORDOBAFISCAL HARABEDIANFISCAL TURANOGRACIELA MONTESIPROCESAMIENTO SANCHEZ TORRESSANCHEZ TORRESTNTOTAL NEWS
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