La Argentina recurrirá al Tribunal Internacional del Derecho del Mar para intentar frenar el proyecto petrolero Sea Lion, desarrollado por empresas británicas e israelíes en aguas disputadas. El Gobierno invoca las resoluciones de Naciones Unidas que cuestionan las acciones unilaterales, pero diplomáticos experimentados advierten que un fallo adverso podría perjudicar el reclamo histórico de soberanía. La decisión enfrenta dos estrategias: presionar económicamente al Reino Unido o someter el conflicto a una jurisdicción internacional de resultado incierto.
Buenos Aires – 12 Octubre 2026 – Total News Agency – TNA. El gobierno de Javier Milei se dispone a abrir uno de los capítulos jurídicos más delicados de la controversia por las Islas Malvinas, al recurrir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM), con sede en Hamburgo, Alemania, para exigir la suspensión de las actividades petroleras impulsadas por el Reino Unido en el Atlántico Sur. La decisión llega este lunes, cuando vence el ultimátum de dos semanas otorgado a Londres para detener el proyecto Sea Lion, una iniciativa de explotación hidrocarburífera que la Argentina considera contraria a sus derechos soberanos y a las resoluciones de las Naciones Unidas (ONU).
La presentación, cuya preparación fue confirmada por fuentes diplomáticas, estará a cargo del director de la Consejería Legal Internacional de la Cancillería, Mario Oyarzábal, un experimentado funcionario que cumplió misiones ante organismos multilaterales y representaciones argentinas en el exterior. El objetivo consiste en obtener medidas provisionales que impidan continuar las actividades petroleras mientras se desarrolla la controversia, sin solicitar al tribunal un pronunciamiento definitivo sobre la soberanía del archipiélago.
El problema es que semejante distinción, jurídicamente razonable desde la perspectiva argentina, deberá superar objeciones relevantes. La explotación de hidrocarburos está directamente vinculada con los derechos que cada Estado pretende ejercer sobre las aguas circundantes a las islas, por lo que el Reino Unido podría sostener que cualquier decisión sobre las actividades petroleras exige resolver previamente quién posee soberanía sobre el territorio.
Este es precisamente el riesgo que llevó a sucesivos gobiernos argentinos, de diferentes orientaciones políticas, a evitar la judicialización internacional del conflicto territorial. La estrategia tradicional consistió en sostener el reclamo dentro de los organismos políticos de Naciones Unidas, preservar el reconocimiento de la existencia de una disputa y reclamar negociaciones bilaterales, sin someter la cuestión de fondo a una sentencia cuyo resultado pudiera cerrar o debilitar futuras posibilidades diplomáticas.
La posición argentina encuentra uno de sus fundamentos centrales en la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de Naciones Unidas, aprobada en 1965, que reconoce expresamente la existencia de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido e invita a ambos gobiernos a continuar negociaciones para alcanzar una solución pacífica. A ello se suma la Resolución 31/49, de 1976, que solicita a las partes abstenerse de adoptar decisiones que impliquen modificaciones unilaterales en la situación mientras se desarrolla el proceso recomendado por Naciones Unidas.
Desde esta perspectiva, la explotación de recursos naturales no renovables en aguas sujetas a controversia constituye uno de los aspectos más sensibles del conflicto. La extracción de petróleo supone una transformación económica y material que puede resultar irreversible, especialmente cuando se trata de yacimientos cuya explotación podría extenderse durante varias décadas.
El proyecto Sea Lion se desarrolla en la Cuenca Malvinas Norte, aproximadamente a 220 kilómetros al norte del archipiélago. Está encabezado por la compañía israelí Navitas Petroleum, que controla el 65% de la iniciativa, junto con la británica Rockhopper Exploration. Ambas empresas avanzaron con las decisiones de inversión necesarias para desarrollar el yacimiento y prevén comenzar la producción en marzo de 2028.
El emprendimiento contempla importantes reservas de hidrocarburos y una infraestructura de explotación marítima capaz de modificar sustancialmente la economía de las islas. Para Londres, representa una oportunidad de desarrollo económico para la población isleña; para Buenos Aires, constituye el aprovechamiento unilateral de recursos ubicados en un espacio marítimo cuya soberanía continúa siendo objeto de una controversia internacional reconocida por Naciones Unidas.
El canciller Pablo Quirno defendió públicamente la decisión de acudir a un tribunal independiente durante la cena anual del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI), celebrada con la presencia del embajador británico en Buenos Aires, David Cairns. Allí sostuvo que el respeto del derecho internacional exige aceptar mecanismos pacíficos de resolución de controversias y afirmó que, si Londres considera legítimas sus actividades, debería estar dispuesto a justificar esa posición ante jueces independientes.
La reacción británica fue inmediata. El Gobierno del Reino Unido rechazó las exigencias argentinas y sostuvo que las actividades hidrocarburíferas se encuentran reguladas por la legislación aplicable en las islas, bajo administración británica. La subsecretaria parlamentaria para los Territorios de Ultramar, Uma Kumaran, reivindicó los derechos de autogobierno de los isleños y cuestionó los intentos argentinos de obstaculizar su desarrollo económico.
La controversia también motivó gestiones diplomáticas ante la embajadora argentina en Londres, Mariana Plaza, mientras el Gobierno británico reiteró su posición favorable a la autodeterminación de los habitantes de las islas. La Argentina rechaza la utilización de ese principio como mecanismo para resolver unilateralmente la disputa territorial y sostiene que el caso debe abordarse dentro del proceso de descolonización previsto por Naciones Unidas.
Los reparos sobre la estrategia elegida por Milei no provienen únicamente de Londres. Diplomáticos argentinos con experiencia en negociaciones internacionales advierten que acudir al Tribunal del Mar representa una apuesta de consecuencias difíciles de anticipar. Si los magistrados se declararan incompetentes por considerar que la controversia involucra necesariamente una cuestión territorial, el Gobierno podría obtener un resultado jurídicamente limitado, pero políticamente aprovechable por el Reino Unido.
Todavía más delicado sería que el tribunal admitiera determinadas cuestiones y rechazara las pretensiones argentinas relacionadas con la suspensión del proyecto petrolero. Una decisión semejante podría ser utilizada por Londres y las empresas involucradas para fortalecer sus argumentos frente a inversores, gobiernos y organismos internacionales, aunque jurídicamente no equivaldría a un reconocimiento de la soberanía británica.
La experiencia de la fragata ARA Libertad, retenida en Ghana en 2012 por una demanda promovida por acreedores de la deuda argentina, aparece entre los antecedentes mencionados por quienes respaldan la iniciativa. En aquella oportunidad, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar dictó medidas provisionales que permitieron recuperar el buque escuela, en una gestión jurídica encabezada por la diplomática Susana Ruiz Cerruti.
Sin embargo, existe una diferencia esencial entre ambos casos. La controversia de la fragata involucraba la inmunidad de un buque de guerra, una materia específicamente contemplada por el derecho internacional. El petróleo de Malvinas, en cambio, se encuentra asociado con derechos marítimos cuya titularidad se vincula con una disputa territorial que lleva casi dos siglos.
Otro antecedente relevante es el conflicto por el archipiélago de Chagos, en el océano Índico. En 2021, una sala especial del Tribunal del Mar rechazó objeciones preliminares presentadas por Maldivas en un litigio de delimitación marítima promovido por Mauricio. No obstante, aquel procedimiento contaba con antecedentes jurídicos particulares, incluida una opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia de 2019 sobre la descolonización del archipiélago, por lo que su resultado no puede trasladarse automáticamente a Malvinas.
La iniciativa de Milei forma parte de una ofensiva diplomática y económica más amplia. En septiembre, el mandatario anunció un proyecto legislativo destinado a endurecer las sanciones contra empresas que participen en la explotación no autorizada de recursos naturales en las islas, ampliando las restricciones a sus operaciones, sociedades vinculadas y eventuales actividades en territorio argentino.
El alcance de esas medidas podría resultar considerable. Empresas internacionales que suministran tecnología, financiamiento, servicios petroleros o infraestructura marítima deberán evaluar el costo de intervenir en proyectos de Malvinas si esa participación compromete sus negocios en la Argentina, particularmente en sectores como Vaca Muerta, donde existen oportunidades de inversión de gran magnitud.
Esa presión comercial ofrece una alternativa que no exige obtener previamente una sentencia favorable sobre la disputa de soberanía. La restricción del acceso a mercados, servicios y operaciones financieras puede modificar los cálculos económicos de compañías que mantienen intereses mucho mayores fuera de las islas que dentro de ellas.
No obstante, también presenta límites jurídicos y diplomáticos. Las sanciones que alcancen a empresas extranjeras con inversiones protegidas por tratados internacionales podrían generar controversias adicionales, incluidas reclamaciones ante mecanismos arbitrales como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiendo de las obligaciones específicas asumidas por la Argentina y de la naturaleza de cada inversión.
La decisión de recurrir al Tribunal del Mar, por lo tanto, obliga a examinar no solamente las posibilidades de obtener medidas provisionales, sino también las condiciones de jurisdicción, la estrategia procesal británica y las consecuencias de un eventual pronunciamiento adverso. El hecho de que un tribunal pueda intervenir en controversias relacionadas con la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) no significa que tenga competencia automática para resolver cualquier disputa marítima, especialmente cuando aparecen cuestiones de soberanía territorial.
En la Cancillería consideran que el reclamo puede formularse sobre la protección de los derechos marítimos argentinos y la necesidad de evitar modificaciones irreversibles antes de una solución definitiva. Los especialistas más cautelosos advierten, en cambio, que será indispensable demostrar por qué el tribunal debería intervenir sin pronunciarse sobre la titularidad territorial que sustenta esos derechos.
La Argentina enfrenta así una decisión estratégica de especial trascendencia. La explotación del yacimiento Sea Lion amenaza con consolidar una actividad económica de largo plazo bajo administración británica, mientras la experiencia diplomática demuestra que los argumentos jurídicos deben administrarse cuidadosamente para preservar el reclamo de soberanía. En ese contexto, la presentación que prepara Mario Oyarzábal será observada no solamente por las autoridades británicas y las compañías petroleras, sino también por otros Estados involucrados en controversias marítimas, porque su desarrollo podría convertirse en un antecedente sobre el alcance de las medidas provisionales cuando la explotación de recursos naturales se realiza en territorios cuya soberanía permanece disputada.
Fuentes consultadas: Ministerio de Relaciones Exteriores de la Argentina; Tribunal Internacional del Derecho del Mar; Naciones Unidas, resoluciones 2065 (XX) y 31/49; Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; información corporativa de Navitas Petroleum y Rockhopper Exploration; antecedentes jurisprudenciales de los casos ARA Libertad y Mauricio–Maldivas.
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