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La guerra por las escuelas: que decía el fallo de la Justicia nacional ordenaba suspender las clases presenciales en la Ciudad

20 abril, 2021
La guerra por las escuelas: que decía el fallo de la Justicia nacional ordenaba suspender las clases presenciales en la Ciudad
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El conflicto entre Nación y Ciudad por las clases presenciales había sumado este martes por la tarde un nuevo capítulo cuando el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari le ordenó a la Ciudad de Buenos Aires que suspendiera las clases presenciales en las escuelas porteñas. Tras esa decisión, Horacio Rodríguez Larreta reunió a los abogados de la Ciudad y al gabinete y finalmente definió que el miércoles las escuelas sigan abiertas.

Furnari hizo lugar al planteo del procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, quien había solicitado la nulidad del fallo de la justicia porteña que ordenó a la Ciudad garantizar las clases presenciales. Su resolución abre un nuevo conflicto de competencias entre resoluciones del fuero porteño y el federal respecto a la conducta que debería seguir el gobierno porteño hasta que se expida la Corte Suprema de Justicia.

El enfrentamiento entre el Gobierno de la Ciudad y la Casa Rosada sumó un nuevo capítulo y una vez más terminó en la justicia. Pasadas las 22 del domingo, Horacio Rodríguez Larreta informó que las clases presenciales continuarían en la CABA,  contradiciendo lo indicado en el artículo 2 del DNU firmado por el presidente Alberto Fernández, que había suspendido en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) la apertura de los establecimientos educativos por quince días.

El sustento del jefe porteño para avanzar con la decisión fue el fallo de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad, integrada por los jueces Marcelo López Alfonsín, Nieves Macchiavelli y Laura Perugini.

Para el Gobierno nacional, que criticó duramente la decisión judicial, la situación no debe resolverse en esa instancia. Sostiene que la Justicia porteña no tiene competencia para expedirse sobre lo dispuesto en el DNU que, entienden en la Casa Rosada, no establece políticas educativas sino de carácter sanitario en medio de una pandemia.

Como jefe de los abogados del Estado, Zannini pidió que la escuelas vuelvan a cerrarse por dos semanas, como ordenó el DNU y consideró que debe anularse el fallo de la justicia porteña “por falta de competencia, a más de no encontrarse reunidos los requisitos para su dictado y ser la Resolución un acto de suma gravedad institucional que pone en riesgo la salud general”.

Bajo ese mismo argumento, Zannini expresó que la resolución de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso porteña es de “gravedad institucional” y afecta “el poder de policía sanitaria en el marco de una emergencia sanitaria internacional”.

Llegamos entonces a la decisión que el juez Furnari tomó este martes. El magistrado sostuvo que hay argumentos para atender el reclamo del Procurador, siendo que “el interés del Estado Nacional en los pleitos con relación a los cuales se ha impulsado la presente inhibitoria resulta manifiesto, habida cuenta que es la autoridad emisora del acto cuya validez ha sido puesta en tela de juicio por los accionantes y que, a la postre, resultó suspendido”.

En sus argumentos para dejar sin efectos la resolución de la justicia porteña, y luego de negar la competencia de la justicia porteña para entender en la cuestión, el magistrado aclaró que “no está en el ánimo del suscripto generar mayor incertidumbre en la sociedad, sino -muy por el contrario- arrojar luz respecto de cuestiones que debieron permanecer al margen de una confusión de estas características y trascendencia, suscitadas por una decisión para la cual no había espacio y que, bajo la apariencia de un acto jurisdiccional regular, receptara apenas el sentir popular de una parte importante de aquélla, llevando efímeras expectativas a su integrantes”.

Bajo esos términos, Furnari agregó que, “ninguna solución es defendible si, en lugar de asegurar el orden público, genera el riesgo de un absoluto desorden”.  Así, con el dictado de la presente resolución se “pretende restablecer el imperio del estado de derecho, y desde allí será trabajo de la comunidad política propender a la revinculación social e institucional que favorezca la regeneración y cohesión del tejido social, dentro de un esquema de cordura y respeto institucional que nunca debió perderse”, concluyó

Por esos argumentos, dijo que “no es posible soslayar que, en los hechos, lo que ha pretendido -la resolución cautelar de la Sala IV del fuero contencioso porteño- es poner en suspenso son los efectos de un decreto dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, en ejercicio de prerrogativas acordadas en el artículo 99, inc. 3º, de la Constitución Nacional”.

En otro tramo de su duro fallo, Furnari consideró que “ante la presencia de un acto jurisdiccional inválido, un magistrado del fuero federal no puede permanecer indiferente, habida cuenta que es precisamente de la esencia del mismo -en coadyuvancia con la Corte Suprema de Justicia de la Nación como máximo responsable de este cometido- la de velar por la supremacía de la Constitución Nacional, una de cuyas manifestaciones más destacadas es la organización vertical del poder de un modo que permita garantizar la unidad de la Nación, haciendo prevalecer las autoridades y los actos federales en todos los supuestos que resulten controvertidos o admitan interpretaciones disímiles.”

“No puede pasar inadvertido que la decisión del órgano judicial local soslaya la presunción de legitimidad del decreto cuyos efectos suspende sin más”, desliza el magistrado en otro tramo de su resolución contraria al amparo por las escuelas. 

La próxima instancia de la que el jefe de Gobierno de la Ciudad espera una respuesta es la Corte Suprema de Justicia. El amparo que presentó ante el máximo tribunal se basó en tres ejes: la supuesta violación de la autonomía de la Ciudad, -“la decisión adoptada por el Estado Nacional implica una virtual intervención federal”; la violación al principio de razonabilidad -“la suspensión de las clases presenciales no se encuentra justificada en datos empíricos”- y la violación del principio de supremacía federal, según el cual “se declara la supremacía de la Constitución Nacional por sobre todo el orden jurídico argentino”.

Este lunes, con una mayoría de cuatro votos, el máximo tribunal aceptó su competencia y notificó a Zannini para que en nombre del Estado nacional formule sus objeciones al reclamo porteño. Tiene un plazo de cinco días para hacerlo, que concluye el fin de semana.

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Quién es Esteban Furnari, el juez que volvió a cerrar las escuelas y fue designado por Néstor Kirchner y Carlos Zannini

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Fuente Clarin

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