El juzgado de Primera Instancia en lo Civil N° 8 dispuso la colocación del dispositivo de geoposicionamiento dual (tobillera para controlar restricción y acercamiento) a Irineo Humberto Garzón Martínez. Es para que no pueda acercarse a la joven venezolana, víctima de un abuso sexual en su primer día de trabajo en un local de ropa en el barrio de Balvanera. Mientras tanto, la Sala 1 de la Cámara de Casación Penal decide si Garzón Martínez seguirá libre.
“Asimismo, en la misma resolución que ordenó la colocación, el Juzgado Civil se declaró incompetente, pasando a tramitar la medida en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 15”, agrega la resolución.
Garzón Martínez fue procesado por la jueza Zucconi por “abuso sexual agravado con acceso carnal”, pero mantuvo la libertad del imputado porque, según su criterio, no existían razones que permitieran presumir de manera fundada que va a intentar eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación.
Zucconi dio intervención a la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) que realizó un informe y estableció que el grado de peligrosidad de la víctima era “grave”. Por eso, solicitó a la justicia civil incrementar las medidas de protección. La adolescente ya tenía una restricción de acercamiento y un botón antipánico.
Tras la decisión de la justicia civil, este miércoles por la noche le colocaron el dispositivo electrónico a Garzón Martínez, que puede ser monitoreado y que dispara un alerta en manos de la víctima.
Esta medida no está vinculada a la causa penal, donde se espera que este jueves la Sala I de la Cámara del Crimen resuelva si Garzón permanecerá en libertad o quedará detenido.
Al respecto, voceros judiciales adelantaron que el fiscal de cámara Ricardo Sáenz mantendrá el criterio de las funcionarias judiciales y pedirá la inmediata detención del imputado.
Irineo Garzón Martínez, con el dispositivo colocado en su tobillo derecho.
El hecho se registró el pasado 23 de enero, cuando la denunciante fue citada para realizar una entrevista laboral que había coordinado días antes por la red social Facebook, tras lo cual el acusado le pidió cenar el viernes para así “poder hablar sobre el trabajo”, propuesta que fue rechazada por la joven, quien finalmente se presentó el sábado por la mañana en el local de la calle Paso 693.
Según el relato de la denunciante, durante la jornada de trabajo el acusado le ofreció varias veces una bebida hasta que finalmente la chica aceptó tomar un vaso de agua, y tras beberlo comenzó a sentirse mareada, por lo que le envió un mensaje a su madre explicándole la situación.
“Creo que el dueño de donde trabajo me drogó porque me siento mareada”, expresó la joven en el mensaje que le envió por WhatsApp y agregó la dirección en donde estaba.
Cuando la Policía ingresó al local encontró a la joven en el fondo del comercio y el acusado estaba vistiéndola y poniéndole los pantalones.
Luego, en su declaración, llevada a cabo el lunes pasado, Garzón Martínez negó los cargos ante la Justicia, acusó a la denunciante de mentirosa y dijo que tuvo relaciones consentidas y que ella se le ofreció sexualmente.
Cuando Zucconi decidió dejar a Garzón Martínez en libertad consideró que no tenía antecedentes penales y que se hubiera identificado de manera correcta conformaba un escenario propicio para mantener su libertad, fijándole algunas reglas de conducta.
Este es el fallo que fue apelado por las fiscales Silvana Russi y Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), y que ahora deberán revisar los camaristas para ver si el acusado continúa en libertad o si ordenan su detención.
En tanto, esgrimieron que el imputado premeditó el ataque sexual, ya que tenía en el comercio el sedante con el cual la joven, al ingerirlo, quedó en estado de indefensión, al tiempo que destacó la solidez de las pruebas reunidas hasta el momento.
En cuanto al peligro de fuga del acusado, se basaron en la actitud del hombre cuando llegó la Policía al comercio y que además mintió al aportar su domicilio, ya que dio una dirección que su propia hermana desmintió.
Sobre la restricción de la libertad del hombre, la apelación concluyó que “no luce desproporcionada si se tiene en cuenta la gravedad del hecho que se le imputa, su modalidad de ejecución, su pena en expectativa y el estado de la investigación”.