Claramente el proyecto apunta a la ya conocida cifra de 30.000 desaparecidos con la que se fundamentan los “crímenes de lesa humanidad” que se juzgan en nuestro país. Fue reconocido por su propio creador, el ex montonero Luis Labraña, que era un numero falso que se necesitaba incorporar al colectivo social y presentaciones internacionales.
El exmilitante de Montoneros, Luis Labraña, dijo que él inventó la cifra de 30 mil desaparecidos, ya que en realidad eran menos.
Dijo el ex Montonero Luis Labraña:
“Cuando las madres llegan a Europa, llegan con una lista de 3700 o 4700 desaparecidos y piden ayuda. Los holandeses, que tuvieron 6 millones de muertos judíos en los campos de concentración, les parecía que era poco y con eso se complicaba el apoyo económico”, relató, en diciembre del 2014, el licenciado en lingüística en diálogo con el recientemente fallecido, Mauro Viale.
La iniciativa fue presentada por el senador por Chubut, del Frente de Todos, Alfredo Luenzo. El proyecto de ley busca reprimir “con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.
Un proyecto de ley que establece sanciones penales a quienes tengan conductas negacionistas y/o apologistas de genocidio y crímenes de lesa humanidad fue presentado en la Cámara de Senadores de la Nación, según se informó oficialmente.
La iniciativa lleva la firma del peronista chubutense Alfredo Luenzo y fue girada a la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado que encabeza el oficialista neuquino Oscar Parrilli.
El proyecto de ley de “Sanción Penal a Conductas Negacionistas y/o apologistas de genocidio y crímenes de lesa humanidad” modifica el artículo 213 del Código Penal para reprimir “con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.
La iniciativa, además, reprime con “prisión de tres meses a dos años o multa equivalente a uno y hasta cien salarios mínimos, vital y móvil” al que públicamente “negara, minimizara, justificara o reivindicara la comisión de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o crímenes de guerra contemplados en los artículos 6, 7 y 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional”.
Además, el “carácter de funcionario público será considerado como agravante del delito”, al considerar su “destitución definitiva e inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por el doble de tiempo de la condena”.
En sus fundamentos, la iniciativa tiene por objeto castigar a quienes nieguen genocidios o crímenes de lesa humanidad incluyendo, obviamente, los cometidos durante la última dictadura cívico militar.
“Son comportamientos y discursos que niegan determinadas realidades y hechos históricos relevantes, percibidos por la mayor parte de la sociedad como hechos de máxima injusticia”, menciona la iniciativa.