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Cristina Kirchner no está proscripta: está condenada por corrupción y el kirchnerismo busca convertir la sentencia en bandera electoral

10 junio, 2026
Cristina Kirchner no está proscripta: está condenada por corrupción y el kirchnerismo busca convertir la sentencia en bandera electoral
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Por RR

Buenos Aires – 10 junio 2026 – Total News Agency – TNA-. Legisladores de Unión por la Patria reclamaron en el Congreso la liberación de Cristina Fernández de Kirchner y denunciaron una supuesta “proscripción” contra la ex presidente, en una nueva ofensiva política del kirchnerismo para intentar deslegitimar una condena firme dictada por el Tribunal Oral Federal N° 2, confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal y finalmente dejada firme por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En total, la causa paso 16 jueces de toadas las instancias.

El planteo parlamentario, encabezado por el jefe del bloque de diputados de Unión por la Patria, Germán Martínez, volvió a instalar la consigna de “Cristina libre” bajo argumentos de barricada: persecución judicial, disciplinamiento político, arbitrariedad, odio y proscripción. Pero esos argumentos chocan con un dato jurídico central que el kirchnerismo procura omitir: Cristina Kirchner no está detenida por una decisión administrativa ni por una orden política; cumple una condena penal firme por corrupción.

La ex presidente fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos como autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en la causa Vialidad. La sentencia no fue un acto aislado ni una resolución improvisada. Atravesó instrucción, juicio oral, revisión ante Casación y control final ante la Corte Suprema.

La causa investigó el direccionamiento de obra pública vial en Santa Cruz a favor de empresas del Grupo Báez, encabezado por el empresario Lázaro Báez. La acusación sostuvo que, desde áreas del Estado nacional y provincial, se estructuró una maniobra para adjudicar obras en forma irregular, con beneficios extraordinarios para un empresario ligado al poder kirchnerista.

El Ministerio Público Fiscal, representado en el juicio oral por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, sostuvo que aproximadamente el 80% de las obras viales adjudicadas en Santa Cruz fueron orientadas hacia firmas de Báez, por más de 46.000 millones de pesos de la época. La condena también alcanzó a Lázaro Báez, al exsecretario de Obras Públicas José López, al extitular de la Dirección Nacional de Vialidad, Nelson Periotti, y a otros exfuncionarios vinculados al esquema.

El kirchnerismo insiste en hablar de “proscripción”, pero el expediente tuvo todas las instancias propias de un proceso penal complejo. La investigación se inició a partir de una denuncia de Javier Iguacel, entonces titular de Vialidad Nacional, y fue instruida por el juez federal Julián Ercolini, con intervención de los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahíques. Antes de llegar a juicio, el caso atravesó revisiones de la Cámara Federal y planteos ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Luego intervino el Tribunal Oral Federal N° 2, integrado por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso. Allí se desarrolló el debate oral, se produjo prueba, alegaron las partes y se dictó la condena en diciembre de 2022. La defensa de Cristina Kirchner pudo recurrir, plantear nulidades, recusaciones, cuestionamientos probatorios y objeciones constitucionales.

El 13 de noviembre de 2024, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Casación mantuvo la absolución por asociación ilícita, delito que había sido reclamado por la acusación, pero ratificó la responsabilidad penal de la ex presidente por el fraude al Estado.

Finalmente y por unanimidad, el 10 de junio de 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó el recurso de queja de la defensa y dejó firme la sentencia. El máximo tribunal descartó que se hubiera probado arbitrariedad, violación de garantías constitucionales o afectación del derecho de defensa. También sostuvo que las decisiones previas se apoyaron en abundante prueba producida durante el proceso.

Por eso, la afirmación kirchnerista de que la condena carece de sustento judicial omite un punto decisivo: la sentencia fue revisada por las instancias superiores previstas por el sistema institucional argentino. No fue una condena de una sola cámara, ni una decisión sin control, ni una resolución sin defensa. Fue una condena confirmada por Casación y dejada firme por la Corte Suprema.

Tampoco es cierto que Cristina Kirchner esté sometida a una situación excepcionalmente gravosa por cumplir prisión domiciliaria. La ex presidente no está alojada en un penal común porque la ley argentina permite que los condenados mayores de 70 años puedan cumplir la pena en su domicilio, siempre por decisión fundada del juez competente. Esa posibilidad está prevista en el Código Penal y en la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.

En su caso, el TOF 2 concedió la prisión domiciliaria tras quedar firme la condena. Al momento de la ejecución de la pena, Cristina Kirchner tenía 72 años. Además de la edad, el tribunal consideró razones de seguridad vinculadas al intento de asesinato que sufrió en 2022 y la dificultad de garantizar su integridad física en un establecimiento penitenciario sin recurrir a condiciones de aislamiento incompatibles con estándares constitucionales y convencionales.

La prisión domiciliaria no es libertad. Es una modalidad de cumplimiento de pena. Incluye permanecer en el domicilio fijado, no abandonarlo salvo autorización judicial o fuerza mayor, utilizar tobillera electrónica, cumplir reglas de conducta, informar quiénes pueden ingresar al domicilio y requerir autorización para visitas no incluidas en la nómina autorizada. Cristina Kirchner goza de la custodia policial de una ex Presidente, aqunque desonro el cargo, tiene mucams, peluqueros y podologos a su disposicion y recibe amigos y figuras politicas en su domicilio. Incluso aun, no se le confiscaron sus bienes como ordenó la justicia.

A pesar de ello, legisladores kirchneristas intentaron presentar las condiciones de detención como una forma de ensañamiento político. Germán Martínez afirmó que “ni los genocidas ni los narcotraficantes tienen condiciones de detención domiciliaria como las que se le aplican a Cristina Fernández de Kirchner”. El bloque también reclamó información sobre detenidos con domiciliaria y sostuvo que, de 2.513 personas en esa condición, sólo el 23,96% de los casos con datos disponibles utiliza tobillera electrónica, porcentaje que desciende al 19,54% si se analiza el total informado.

El argumento, sin embargo, invierte la discusión. La tobillera no convierte la detención domiciliaria en persecución. Es un mecanismo de control judicial. En el caso de una condenada de alto perfil, con capacidad económica y de movilización política, visitas permanentes, impacto público y antecedentes de concentraciones frente a su domicilio, el control electrónico aparece como una medida razonable para asegurar el cumplimiento efectivo de la pena.

El kirchnerismo busca ahora transformar esa restricción en bandera política. En la conferencia de prensa, Martínez sostuvo que “no hay democracia cuando el Poder Judicial se mete en la competencia política a través de sus sentencias” y acusó a la Justicia de actuar como “instrumento de disciplinamiento político”. La frase revela el corazón del problema: para el kirchnerismo, una sentencia judicial sólo es válida si no afecta a su jefa política.

La ofensiva no ocurre en el vacío. El peronismo detecta bronca social por nuevos casos de presunta corrupción, opacidad patrimonial y deterioro ético en el Gobierno de Javier Milei, particularmente por el caso Manuel Adorni. El kirchnerismo cree encontrar allí tierra fértil para reactivar su viejo relato: si el oficialismo también aparece manchado por sospechas, entonces la condena contra Cristina Kirchner podría ser presentada como una injusticia selectiva.

Es una operación política previsible. El mal desempeño ético de un gobierno no absuelve la corrupción del anterior. Las sospechas sobre Adorni, sus bienes, sus pagos en efectivo o su adhesión a regímenes fiscales discutibles no borran la causa Vialidad, no anulan la sentencia del TOF 2, no invalidan el fallo de Casación y no convierten en falsa la decisión de la Corte Suprema.

Pero el peronismo apuesta a otra cosa: a que el enojo social contra el Gobierno actual por cassos de corrupción permita relativizar el pasado kirchnerista. La consigna parece ser: si ellos también se ensucian, nosotros podemos volver. Así, una condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado se intenta reciclar como proscripción, y una prisión domiciliaria concedida por edad y seguridad se presenta como tormento político.

La estrategia también apunta a 2027. El kirchnerismo necesita reagruparse, disciplinar al peronismo no alineado y condicionar a Axel Kicillof, que intenta administrar su relación con la condenada sin romper con el núcleo duro de La Cámpora. La liberación de Cristina Kirchner se convierte, así, en herramienta de presión interna y en bandera electoral frente a una oposición socialmente irritada por la economía y por los escándalos del oficialismo.

La realidad judicial, sin embargo, sigue siendo contundente. Cristina Kirchner fue investigada, juzgada, condenada, revisada por Casación y confirmada por la Corte Suprema. Tuvo defensa, recursos, audiencias, planteos y acceso a todas las instancias disponibles. No está presa por ser opositora. Cumple pena porque fue condenada por corrupción.

El debate político puede intentar tapar el expediente. Pero el expediente sigue allí: obra pública direccionada, perjuicio al Estado, empresarios favorecidos, funcionarios condenados, sentencia firme y decomiso pendiente. Esa es la parte que el kirchnerismo no quiere discutir.

La paradoja argentina es que quienes durante años construyeron poder desde el Estado ahora denuncian al Estado cuando una sentencia los alcanza. Y quienes hablan de democracia sólo parecen reconocerla cuando las instituciones fallan a su favor.

El reclamo de liberación de Cristina Kirchner no busca corregir una injusticia. Busca reescribir una condena. Y lo hace en el momento en que el peronismo cree que la decadencia moral del Gobierno, en casos como el de Adorni, puede devolverle competitividad electoral. La corrupción ajena, sin embargo, no purifica la propia.

Cristina Kirchner no está proscripta. Está condenada. No está libre, pero tampoco en un penal: cumple prisión domiciliaria por edad, seguridad y decisión judicial fundada. Y no fue privada de defensa: recorrió todas las instancias del proceso penal argentino hasta que la Corte Suprema dejó firme la sentencia.

Lo demás es política. Y, en este caso, política de barricada.

Tags: BANDERA ELECTORALCFKCFK CONDENADA PO LA CORTECONDENA DE CFKkirchnerismoPIDEN LIBERTAD DE CFKTNTOTAL NEWS
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