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¿Denunciar a la ministra de seguridad y ejercer la abogacía es ahora una falta disciplinaria?

24 julio, 2026
¿Denunciar a la ministra de seguridad y ejercer la abogacía es ahora una falta disciplinaria?
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Por Sergio Luis Arriazu

Abogado – T° 83 F° 145 C.P.A.C.F.

Administrador de “Azules por Siempre”

La Policía Federal Argentina acaba de formularme cargos disciplinarios que trascienden mi situación personal. Lo que verdaderamente está en juego es un derecho que pertenece a todos los ciudadanos: el derecho de peticionar ante las autoridades, denunciar posibles irregularidades y ejercer libremente la profesión de abogado sin sufrir represalias del Estado.

Concretamente me imputan:  “ a la calificación del o los hechos investigados y a su responsabilidad en relación al cargo que obra en su contra, siendo el siguiente:    1) “NO SUJETARSE AL REGIMEN GENERAL DE LAINSTITUCION EN SU CONDICION DE PERSONAL SUPERIOR EN SITUACION DE EN SITUACION DE RETIRO, TODA VEZ QUE CON FECHA 09-02-2026 FACILIO A LOS ADMINISTRADORES DEL  PERFIL “AZULES SIEMPRE” (LD: @AGRUPACION AZULES.POR SIEMPRE) DE LA RED SOCIAL FACEBOOK, UNA PRESENTACION DE SU AUTORIA, DIRIGIDA A LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL, DRA. ALEJANDRA SUSANA MONTEOLIVA,   EN LA CUAL EXPRESO EN DISCONFORMIDAD CON SU GESTION, CUESTIONANDO SU DESEMPENO COMO CABEZA DEL ORGANISMO, ASI COMO EL TRATAMIENTO IMPRESO A LAS DENUNCIAS RECIBIDAS EN ESE AMBITO, CIRCUNSTANCIA ESTA QUE POR SU DIFUCION MASIVA, AFECTA LA IMAGEN Y EL PRESTIGIO DE DICHA CARTERA”; 2) “NO SUJETARSE AL REGIMEN GENERAL DE LA INSTITUCION EN SU CONDICION DE PERSONAL SUPERIOR EN SITUACION DE RETIRO, TODA VEZ QUE CON FECHA 15-06-2026 FACILITO A LOS ADMINISTRADORES DEL PERFIL “AZULES SIEMPRE” (LD: @AGRUPACION.AZULES.POR.SIEMPRE) DE LA RED SOCIAL FACEBOOK, SU PRESENTACION  DIRIGIDA A LA SRA. MINISTRA DE SEGURIDA DRA. ALEJADNRA SUSANA MONTEOLIVA  INSTANDO SE INVESTIGUE A LA MAXIMA AUTORIDAD INSTITUCIONAL – COMISARIO GENERAL LUIS ALEJANDRO ROLLE- Y LA CADENA DE MANDO RESPONSABLE EN TORNO AL SERVICIO DENOMINADO “PLAN BANDERA”IMPLANTADO EN LA CIUDAD DE ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE, EN LA CUAL, VALIENDOSE DE MERAS APRECIACIONES PERSONALES EN TONO DE CRITICA  Y TRASCENDIDOS EN REDES SOCIALES RELATIVOS AL DECESO DEQUIEN EN VIDA FUERA EL AGENTE RODOLFO MANFREDI -SUCESO OCURRIDO EL DIA  12-06-2026-, PUSO EN TELA DE JUICIO LAS CIRCUNSTANCIAS EN LAS QUE SE PRODUJO, ASI COMO TAMBIEN LAS DIRECTIVAS MIN1STERIALES INSTITUCIONALES SOBRE DICHO SERVICIO, POSTULANDO UNA FALTA DE TRANSPARENCIA EN CUANTO A LA INFORMACION  OFTCIAL BRINDADA, LO QUE POR SU DIFUSION MASIVA, AFECTA LA IMAGEN Y EL PRESTIGIO INSTITUCIONAL”, 

Los cargos sostienen que, en mi condición de Oficial Superior retirado, habría “facilitado” a los administradores de la página Azules por Siempre distintas presentaciones dirigidas a la señora Ministra de Seguridad de la Nación, Dra. Alejandra Susana Monteoliva, en las cuales cuestionaba aspectos de su gestión y solicitaba la investigación de hechos de enorme gravedad institucional.

Nada de ello es cierto.

En primer lugar, jamás “facilité” documentos a terceros. Soy administrador de “Azules por Siempre”. Las denuncias fueron redactadas por mí, presentadas por mí y publicadas por mí. La imputación comienza con una falsedad objetiva que intenta construir una infracción donde no existe.

Pero existe una omisión mucho más grave.

En ninguna parte de los cargos se informa que esas presentaciones fueron realizadas en mi carácter de abogado, Matrícula T° 83 F° 145 del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, condición que surge expresamente de cada una de las denuncias presentadas ante el Ministerio de Seguridad.

No actué como funcionario policial.

No hablé en representación de la Policía Federal Argentina.

No ejercí autoridad institucional alguna.

Actué exclusivamente como abogado, utilizando los canales oficiales habilitados por el propio Ministerio para que cualquier ciudadano pueda formular denuncias.

Entonces surge una pregunta inevitable:

¿Desde cuándo presentar una denuncia ante una Ministra constituye una falta disciplinaria?

Las denuncias no contenían agravios personales ni insultos. Fueron el resultado de un análisis jurídico realizado sobre hechos de evidente interés público. En ellas solicité que se investigaran posibles irregularidades administrativas y responsabilidades funcionales, precisamente porque considero que ésa es la obligación de todo abogado comprometido con el Estado de Derecho.

Sin embargo, ocurrió exactamente lo contrario de lo que establece una República.

En lugar de investigarse los hechos denunciados, se decidió investigar al denunciante.

La señora Ministra de Seguridad tenía el deber legal y ético de ordenar las investigaciones correspondientes sobre las denuncias recibidas. Era su obligación como máxima autoridad política del área.

No obstante, lejos de promover el esclarecimiento de los hechos, permitió que se iniciara un procedimiento disciplinario contra quien ejerció un derecho constitucional.

Ese proceder no fortalece las instituciones.

Las debilita.

Porque cuando el Estado responde con persecución frente a una denuncia, envía un mensaje peligroso a toda la sociedad: “quien denuncie, será investigado”.

Eso produce un efecto intimidatorio incompatible con un sistema democrático.

Los cargos también afirman que mis denuncias se basaron en “meras apreciaciones personales” y “trascendidos en redes sociales”.

La afirmación es falsa.

Como abogado especializado en derecho administrativo policial, cada presentación fue precedida por un relevamiento de antecedentes, normativa aplicable, documentación e información pública disponible. Una denuncia no es una sentencia; es el mecanismo legal mediante el cual se pone en conocimiento de la autoridad competente un hecho que merece ser investigado.

Eso es exactamente lo que hice.

Lo verdaderamente preocupante es que el expediente disciplinario no identifica qué norma concreta habría violado. Se limita a sostener, de manera genérica, que “no me sujeté al régimen general de la Institución”, sin explicar cuál fue el deber funcional incumplido ni de qué manera una denuncia presentada como abogado puede transformarse en una infracción disciplinaria.

El derecho de peticionar a las autoridades está garantizado por el artículo 14 de la Constitución Nacional.

La libertad de expresión respecto de asuntos de interés público posee la máxima protección constitucional.

La crítica a la gestión de los funcionarios públicos no constituye una falta disciplinaria.

Constituye uno de los pilares del sistema republicano.

Si hoy se pretende sancionar a un abogado por denunciar a una Ministra de Seguridad mediante los canales oficiales del propio Ministerio, mañana cualquier ciudadano pensará dos veces antes de denunciar un hecho de corrupción, un abuso de autoridad o una irregularidad administrativa.

Ese es el verdadero peligro.

Mi caso ya no es solamente mi caso.

Es un precedente que afecta a todos los abogados, a todos los integrantes de las fuerzas de seguridad retirados y en actividad, y a todos los ciudadanos que creen que el Estado debe investigar las denuncias y no perseguir a quienes las presentan.

No me investigan por faltar al deber policial.

Me investigan por ejercer la abogacía, por denunciar hechos que consideré graves y por exigir transparencia a quienes ejercen el poder.

La historia demuestra que las instituciones se fortalecen cuando aceptan el control ciudadano, no cuando silencian las voces críticas.

Porque en una República, denunciar no puede convertirse en una falta disciplinaria.

El deber de un funcionario público es investigar las denuncias. Nunca perseguir al denunciante.

Tags: AZULES POR SIEMPREMINISTRA MONTEOLIVAPOLICIA FEDERALROLLESERGIO ARRIAZUTNTOTAL NEWS
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