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Pedro Castillo pedirá suspender su condena con un dictamen de la ONU, pero seguiría preso por otra causa

12 julio, 2026
Pedro Castillo pedirá suspender su condena con un dictamen de la ONU, pero seguiría preso por otra causa
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Lima – 12 de julio de 2026 – Total News Agency – TNA-. La defensa del ex presidente peruano Pedro Castillo solicitará a la Corte Suprema de Justicia que suspenda la ejecución de la condena de 11 años, cinco meses y 15 días de prisión impuesta por el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, utilizando como principal argumento un reciente dictamen del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas.

El documento internacional consideró que la detención inicial de Castillo fue arbitraria, recomendó su liberación inmediata y pidió al Estado peruano que le conceda una indemnización. Sin embargo, el pronunciamiento no es jurídicamente vinculante y no analiza de manera directa la sentencia condenatoria dictada casi tres años después de la captura del exmandatario.

La defensa presentará el pedido ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, mientras se tramitan las apelaciones promovidas por Castillo y los exministros Betssy Chávez, Aníbal Torres y Willy Huerta.

Antes de revisar el fondo de las impugnaciones, los magistrados deberán determinar si los recursos fueron correctamente concedidos. La audiencia de apelación podría celebrarse durante el segundo semestre de 2026 o en los primeros meses de 2027.

Una condena por conspiración para la rebelión

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó a Castillo como coautor del delito de conspiración para la rebelión por el mensaje televisado en el que anunció la disolución del Congreso, la instauración de un gobierno de excepción, la reorganización del sistema judicial y un toque de queda.

El tribunal estableció una pena de 11 años, cinco meses y 15 días, que vencería el 21 de mayo de 2034 al computarse el tiempo que permanece detenido desde diciembre de 2022. También le impuso dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

La sentencia absolvió al exmandatario de los delitos de abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública, pero consideró probado que existió un acuerdo para quebrar el orden constitucional, aunque el intento no llegó a concretarse por la negativa de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional a respaldarlo.

Betssy Chávez y Willy Huerta recibieron la misma pena, mientras que Aníbal Torres fue condenado a seis años y seis meses. La Sala suspendió provisionalmente la ejecución de las condenas contra Torres y Huerta hasta que la sentencia quede firme, pero mantuvo encarcelado a Castillo.

Qué cuestiona el grupo de expertos

La opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, fechada el 4 de junio, cuestionó el procedimiento aplicado inmediatamente después del mensaje presidencial del 7 de diciembre de 2022.

El panel sostuvo que Castillo fue detenido sin una orden judicial y antes de que el Congreso peruano completara el procedimiento destinado a retirar las prerrogativas correspondientes al cargo presidencial.

También señaló que la orden inicial fue emitida por el Ministerio Público, institución que el grupo no consideró una autoridad judicial independiente para ordenar una privación de libertad.

El documento cuestionó además que Castillo no hubiera sido informado adecuadamente de las razones de su detención y que, durante la audiencia de prisión preventiva del 15 de diciembre de 2022, fuera representado por un defensor público sin tiempo suficiente para estudiar el expediente.

Por mayoría, los expertos concluyeron que se vulneraron disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El grupo recomendó liberar al ex presidente, concederle una reparación económica e investigar las posibles responsabilidades por las irregularidades señaladas.

Dos expertos rechazaron la conclusión

La decisión no fue unánime.

La abogada ucraniana Ganna Yudkivska y el jurista surcoreano Ethan Hee-Seok Shin emitieron una opinión disidente y sostuvieron que la detención no debía considerarse arbitraria.

Para los dos especialistas, el mensaje presidencial no constituyó una simple expresión política protegida por la libertad de opinión, sino un acto de ejercicio del poder destinado a alterar el orden constitucional.

Esa discrepancia interna será utilizada previsiblemente por la Fiscalía y por los representantes del Estado peruano para sostener que el dictamen no ofrece una conclusión jurídica incontrovertible.

El dictamen no anula la sentencia

El principal obstáculo para la estrategia de la defensa es que la situación jurídica actual de Castillo ya no depende exclusivamente de la detención en flagrancia ni de la primera prisión preventiva.

Desde diciembre de 2025 permanece encarcelado por una sentencia de primera instancia que ordenó el cumplimiento efectivo de la pena. El dictamen de la ONU, en cambio, fue construido principalmente sobre las circunstancias de la captura y las medidas cautelares adoptadas durante las primeras etapas del proceso.

Los abogados deberán convencer a la Corte Suprema de que las irregularidades señaladas contaminaron todo el procedimiento posterior y justifican suspender la ejecución hasta que la apelación sea resuelta.

No existe, sin embargo, una obligación automática para que los tribunales peruanos acaten la recomendación.

Los grupos de trabajo de las Naciones Unidas son mecanismos especializados de derechos humanos, pero sus opiniones no tienen el mismo carácter obligatorio que una sentencia emitida por un tribunal internacional con competencia reconocida por el Estado.

La segunda prisión preventiva

Incluso si la Sala aceptara suspender la condena por conspiración, Castillo no recuperaría necesariamente la libertad.

El exmandatario tiene vigente otra medida de prisión preventiva dentro de la investigación en la que la Fiscalía lo acusa de haber encabezado una presunta organización criminal instalada durante su gobierno.

Esa causa analiza supuestas irregularidades en contratos públicos, designaciones y redes de influencia en organismos estatales.

Por ese motivo, la defensa tendría que obtener una decisión favorable en ambos expedientes para lograr la excarcelación efectiva.

El comunicado difundido por Castillo después de conocerse el dictamen omitió esa diferencia y exigió que las autoridades nacionales e internacionales ordenaran su libertad inmediata.

Un pronunciamiento que reabre la crisis política

El informe reactivó una discusión que divide a Perú desde el intento de ruptura constitucional.

Los seguidores de Castillo consideran que el exmandatario fue víctima de una persecución política y sostienen que el procedimiento de destitución, detención y juzgamiento violó sus derechos.

Sus críticos recuerdan que el entonces presidente anunció públicamente la disolución del Congreso, intentó reorganizar el sistema de justicia y abandonó el Palacio de Gobierno mientras se dirigía hacia la embajada de México.

Las Fuerzas Armadas, la Policía, ministros y altos funcionarios rechazaron el mensaje, lo que provocó el derrumbe del intento en pocas horas.

El dictamen también generó especulaciones políticas sobre un posible indulto, aunque esa alternativa depende del Poder Ejecutivo y se encuentra separada del pedido que presentará la defensa.

La presidenta electa Keiko Fujimori sostuvo que cualquier solicitud deberá tramitarse dentro de la ley y sin privilegios, mientras distintos sectores de izquierda reclaman que se aplique de inmediato la recomendación de la ONU.

La decisión final quedará en manos de la Corte Suprema.

Los jueces deberán determinar si un pronunciamiento internacional no vinculante, referido principalmente a la detención inicial, puede justificar la suspensión de una condena efectiva dictada después de un juicio oral.

Aunque la defensa obtenga una victoria, la segunda prisión preventiva mantiene abierta la posibilidad de que Pedro Castillo continúe recluido en el penal de Barbadillo.

Tags: CONDENA CASTILLOONUPEDRO CASTILLOTNTOTAL NEWS
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