En lo que atañe a visitas familiares, la flexibilización de los requisitos alcanza a “hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes”.
Las personas interesadas en acceder a esta eximición -la de contar con el esquema de vacunación completo- deberán presentar “partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil / convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio”.
Documentación
También se requerirá que “la documentación esté apostillada con copia de pasaporte y se declare la fecha programada del viaje”.
La medida también alcanza -detalla la norma publicada en el Boletín Oficial- a “extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios, capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia”.
Estas personas, al ingresar al país, deberán “presentar documentación que justifique el criterio invocado, ya sea carta del empleador, carta del invitante en el país, o de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Transporte de Turismos y Deportes”.
Fuente Ambito
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