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Casación reabrió la causa contra Espinoza y ordenó realizar el juicio por abuso sexual

17 julio, 2026
Casación reabrió la causa contra Espinoza y ordenó realizar el juicio por abuso sexual
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Buenos Aires – 17 Julio 2026 – Total News Agency – TNA-. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó el sobreseimiento que había beneficiado al intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, y ordenó que sea sometido “a la mayor brevedad” a un juicio oral por la denuncia de presunto abuso sexual presentada por su excolaboradora Melody Rakauskas.

La resolución de la Sala III vuelve a poner en marcha un expediente que ya había atravesado la instrucción, un procesamiento confirmado y la elevación a juicio, pero que curiosamente terminó cerrado en febrero de este año por una cuestión formal: Rakauskas había quedado temporalmente sin representación legal, fue excluida como querellante y, como la fiscalía no habría estado de humor, había desistido de impulsar la acusación, Espinoza fue sobreseído por “falta de acción”.

Casación consideró ahora arbitrario ese cierre, restituyó a la denunciante como parte querellante y devolvió el caso al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº16, que deberá fijar la fecha del debate. La decisión fue adoptada por mayoría con los votos de los jueces Alberto Huarte Petite y Horacio Días, mientras que Pablo Jantus votó en disidencia por mantener el sobreseimiento.

Una denuncia que comenzó en 2021

El origen de la causa se remonta al 10 de mayo de 2021, cuando Rakauskas se desempeñaba desde hacía pocos días como secretaria privada del intendente.

Según su denuncia, Espinoza concurrió a su departamento de la ciudad de Buenos Aires con el argumento de tratar cuestiones laborales. La mujer sostuvo que, durante ese encuentro, el jefe comunal comenzó a insinuársele, se desabrochó la camisa y le pidió que le realizara masajes porque sentía dolores en el cuello.

Rakauskas afirmó que el intendente avanzó sobre ella, la sujetó y la manoseó pese a su resistencia. También aseguró que logró registrar parcialmente la situación y que después del episodio recibió presiones para que retirara la denuncia.

Espinoza negó desde el inicio los hechos, sostuvo que la acusación era falsa y atribuyó el expediente a una operación política en su contra.

La investigación avanzó con dificultades y decisiones contradictorias. En mayo de 2024, la jueza de instrucción María Fabiana Galleti procesó al intendente por los delitos de abuso sexual simple y desobediencia judicial, y dispuso un embargo sobre sus bienes.

El segundo delito estuvo relacionado con la supuesta violación de una prohibición de contacto con la denunciante. La acusación sostuvo que personas vinculadas al municipio habrían intentado comunicarse con Rakauskas para persuadirla de que abandonara el caso.

En julio de 2024, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento y el embargo de 1,5 millones de pesos. Los camaristas entendieron que existían elementos suficientes para que la acusación fuera examinada en un debate oral, sin que ello implicara adelantar una condena.

La fiscalía pidió cerrar el expediente

La causa sufrió un giro en febrero de 2025, cuando la fiscal de instrucción Mónica Cuñarro pidió el sobreseimiento de Espinoza.

La representante del Ministerio Público consideró que las pruebas reunidas no alcanzaban para sostener una acusación en el juicio y que ya no quedaban medidas capaces de aportar claridad. La fiscalía cuestionó algunos aspectos del relato de la denunciante y sostuvo que no existían elementos independientes suficientes para respaldarlo.

El planteo fue convalidado posteriormente por instancias superiores del Ministerio Público. Desde ese momento, la acusación quedó exclusivamente en manos de Rakauskas como querellante privada.

Pese a la posición de la fiscalía, la Justicia rechazó cerrar el caso y dispuso la elevación a juicio. En marzo de 2025 se confirmó que Espinoza debía enfrentar el debate oral, al entenderse que las contradicciones y la valoración de las pruebas debían resolverse delante de un tribunal.

De esta manera, el expediente llegó al Tribunal Oral Nº16 con una particularidad: no había acusación fiscal y la única parte habilitada para impulsar el proceso era la denunciante.

Cómo se cerró la causa

A fines de 2025, el entonces abogado de Rakauskas renunció a su representación. La dimisión se produjo el 17 de diciembre, pocos días antes de las fiestas de fin de año y del inicio de la feria judicial.

El tribunal intimó a la mujer para que designara un nuevo letrado en un plazo de 72 horas y le informó sobre la posibilidad de acceder a patrocinio gratuito. Como la designación no se produjo dentro del período fijado, Rakauskas fue apartada de su condición de querellante.

La decisión tuvo una consecuencia inmediata: sin fiscal acusador y sin querella, el proceso quedó sin una parte legitimada para solicitar una condena.

En febrero de 2026, el tribunal sobreseyó a Espinoza por “falta de acción”. No se trató de una absolución dictada después de analizar las pruebas en un juicio, sino del cierre del expediente porque formalmente ya no existía una acusación en condiciones de sostenerse.

Posteriormente, Rakauskas designó como nuevo abogado a Ignacio Barrios, apeló la decisión y pidió ser reincorporada como querellante. En marzo, el recurso fue concedido para que Casación revisara el sobreseimiento.

Casación cuestionó el rigor formal

Los jueces Huarte Petite y Días consideraron que el Tribunal Oral aplicó un rigor formal excesivo y no valoró adecuadamente la situación de vulnerabilidad de la denunciante.

Días sostuvo que la conducta procesal de Rakauskas debía analizarse en el contexto de su “indigencia letrada”, es decir, la falta de asistencia profesional que atravesó después de la renuncia de su abogado.

También señaló que el plazo otorgado coincidió con un período especialmente difícil para conseguir representación jurídica, por la proximidad de las fiestas y de la feria judicial.

Huarte Petite afirmó que las actuaciones posteriores de Rakauskas demostraron que nunca tuvo la intención de abandonar el proceso. La mujer buscó un nuevo abogado, apeló el sobreseimiento, concurrió personalmente a la audiencia realizada el jueves 16 de julio y manifestó su voluntad de continuar sosteniendo la acusación.

Para la mayoría, no existían elementos objetivos suficientes para interpretar el retraso en la designación de un abogado como una renuncia definitiva a sus derechos.

Jantus, en cambio, sostuvo que el apartamiento no había sido arbitrario y cuestionó que un proceso penal pudiera continuar exclusivamente por impulso de una querella privada cuando el Ministerio Público había pedido el sobreseimiento.

El juicio deberá resolver las contradicciones

Con la resolución de Casación, el sobreseimiento quedó sin efecto y Rakauskas recuperó su rol de querellante. El Tribunal Oral Nº16 deberá retomar el expediente y organizar el juicio.

Durante el debate serán examinados el testimonio de la denunciante, los registros de audio, las comunicaciones posteriores al episodio, las pericias psicológicas y psiquiátricas y las declaraciones de personas vinculadas con la contratación de Rakauskas.

También se debatirá la acusación por desobediencia, relacionada con los supuestos contactos realizados después de que se ordenara a Espinoza no acercarse ni comunicarse con la denunciante.

La decisión de Casación no implica una condena ni anticipa cuál será el resultado del juicio. Espinoza conserva su estado de inocencia y podrá cuestionar las pruebas, presentar testigos y ofrecer su versión ante el tribunal.

Sin embargo, el fallo revierte el cierre que había obtenido en febrero y vuelve a colocarlo ante la posibilidad concreta de afrontar un juicio oral por una denuncia que lleva más de cinco años en trámite.

La mayoría de Casación fue especialmente terminante al reclamar que el debate se realice “a la mayor brevedad”, una indicación dirigida a evitar nuevas dilaciones en un expediente atravesado por recursos, cambios de abogados, posiciones fiscales contrapuestas y resoluciones judiciales contradictorias.

Tags: ABUSO SEXUALESPINOZA A JUICIO ORALFERNANDO ESPINOZAMELONY RAKAUSKASTNTOTAL NEWS
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