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Exclusivo: El acoso y violencia contra mujeres está Ok si lo comete un juez: Tiscornia denuncia al Jury que salvó a Díaz Lacava

3 septiembre, 2026
Exclusivo: El acoso y violencia contra mujeres está Ok si lo comete un juez: Tiscornia denuncia al Jury que salvó a Díaz Lacava
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El abogado Guillermo Tiscornia presentó una denuncia penal contra los siete integrantes del Jurado de Enjuiciamiento que rechazaron por unanimidad la destitución del juez federal Pablo Díaz Lacava. Sostiene que el fallo absolutorio podría configurar prevaricato por haberse sustentado, según afirma, en hechos y extremos falsos, y reclama que la Justicia confronte esa decisión con la reciente remoción del ex juez federal de Mar del Plata Alfredo López. El planteo apunta a una contradicción central: el Jury admitió la existencia de los episodios atribuidos a Díaz Lacava, actualmente procesado penalmente, pero consideró que carecían de gravedad suficiente para removerlo.

Buenos Aires – 3 de septiembre de 2026 – Total News Agency – TNA – El abogado y ex Juez en la Penal Económico Guillermo J. Tiscornia denunció penalmente por presunto prevaricato a los siete integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación que resolvieron mantener en su cargo al juez del Tribunal Oral Federal de La Pampa Pablo Díaz Lacava, y solicitó que se abra una investigación para determinar si el veredicto absolutorio fue construido mediante la invocación de hechos o extremos falsos.

La presentación alcanza al presidente del Jury, Marcelo Gastón Bartumeu Romero; al camarista Néstor Pablo Barral; las senadoras María Belén Monte De Oca y María Florencia López; los diputados Nicolás Mayoraz y Christian Alejandro Zulli, y la representante de los abogados Ana Beatriz Fernández. Tiscornia sostiene que su denuncia no constituye una mera discrepancia con el resultado del juicio político, sino que apunta a determinar si existió una conducta susceptible de quedar alcanzada por el artículo 269 del Código Penal, que reprime al juez que dicte resoluciones contrarias a la ley expresa o cite para fundarlas hechos o resoluciones falsas.

El origen de la presentación es el fallo conocido el miércoles, cuando el Jury resolvió por unanimidad rechazar la destitución de Díaz Lacava. El magistrado había sido suspendido en abril por el Consejo de la Magistratura, que reunió la mayoría de dos tercios necesaria para enviarlo a juicio político después de considerar que existían elementos para atribuirle graves desórdenes de conducta, falta de probidad y decoro, violencia y acoso laboral y violencia contra mujeres que trabajaban bajo su dependencia.

El Jurado, sin embargo, llegó a una conclusión diferente. Dio por acreditada la existencia de los episodios examinados, pero entendió que no alcanzaban la “entidad, lesividad ni gravedad cualificada” exigidas para configurar los graves desórdenes de conducta previstos como causal de remoción. La sentencia calificó la destitución como un desenlace desproporcionado y sostuvo que el juicio político no debía convertirse en un mecanismo destinado a suplir las deficiencias del gobierno interno de un tribunal.

Ese razonamiento constituye uno de los puntos centrales cuestionados por Tiscornia. En su denuncia destaca que Díaz Lacava continúa sometido paralelamente a un proceso penal y está procesado por una extensa serie de delitos que incluyen amenazas, lesiones leves y graves en contexto de violencia de género, maltrato laboral, abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, desobediencia judicial y retardo malicioso de justicia.

Durante el juicio político, además, los acusadores Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y el diputado Álvaro González describieron un escenario de violencia sistemática dentro del tribunal. Se mencionaron “gritos, golpes, explosiones de furia”, interrogatorios a empleados, insultos, comentarios inapropiados sobre el cuerpo de funcionarios, el encierro de trabajadores dentro de una oficina para interrogarlos y un episodio en el que Díaz Lacava arrojó una piedra desde la calle contra una ventana donde se encontraban denunciantes.

La defensa, encabezada por Andrés Gil Domínguez, sostuvo durante el Jury una interpretación diferente. Se apoyó, entre otros elementos, en un dictamen del Cuerpo Médico Forense que, según explicó, no detectó lesiones físicas en los denunciantes entrevistados, atribuyó parte de la conflictividad a la elevada autoexigencia del magistrado respecto del funcionamiento del tribunal y caracterizó el episodio de la piedra como “una broma de mal gusto”.

La denuncia de Tiscornia introduce entonces un segundo elemento que puede convertir el expediente en una discusión institucional de mayor alcance: la comparación entre el criterio aplicado a Díaz Lacava y el utilizado pocas semanas antes por la misma integración del Jurado para destituir al juez federal de Mar del Plata Alfredo López.

López fue removido el 18 de agosto después de un proceso originado fundamentalmente en publicaciones realizadas en redes sociales. Tiscornia cuestiona severamente aquella destitución y sostiene que existiría una incompatibilidad entre los estándares utilizados en ambos expedientes: mientras López perdió el cargo por expresiones que el Jury consideró incompatibles con la función judicial, Díaz Lacava permanecerá como magistrado pese a que el propio tribunal reconoció la existencia de episodios de conducta que habían provocado su suspensión y que paralelamente son materia de un proceso penal.

Precisamente por eso, una de las principales medidas de prueba solicitadas consiste en requerir los expedientes completos de los juicios políticos de Díaz Lacava y Alfredo López y confrontarlos. Según Tiscornia, esa comparación permitiría determinar si existió una disparidad de criterios de tal magnitud que pueda aportar sustento a la hipótesis penal que plantea.

El abogado reclama también que se incorpore el expediente del ex juez federal de Rosario Marcelo Bailaque, cuya renuncia fue aceptada por el Poder Ejecutivo mientras se encontraba detenido preventivamente en una causa penal, y documentación correspondiente a otra denuncia tramitada ante el Juzgado Federal Nº11. El objetivo declarado es reconstruir cómo actuaron las distintas instituciones frente a magistrados sometidos a procedimientos disciplinarios, políticos y penales.

La cuestión jurídicamente más novedosa de la presentación aparece, sin embargo, antes de analizar el contenido del fallo: si los integrantes de un Jurado de Enjuiciamiento pueden ser considerados “jueces” a los efectos del delito de prevaricato.

Tiscornia sostiene que sí. Argumenta que, aunque el Jury ejerce una función de responsabilidad político-institucional y no integra la estructura judicial ordinaria cuando decide una destitución, desarrolla una auténtica actividad de juzgamiento. Según su razonamiento, resultaría contradictorio que quienes actúan como “jueces de jueces” quedaran sometidos a estándares inferiores de responsabilidad que los propios magistrados cuyas conductas deben juzgar.

La denuncia no implica que el delito de prevaricato se encuentre acreditado ni que la diferencia entre dos decisiones del Jury sea suficiente por sí misma para configurarlo. Eso será precisamente lo que deberá resolver la Justicia si la presentación recibe impulso fiscal. Pero el planteo de Tiscornia pretende desplazar la discusión desde el terreno estrictamente político del juicio a magistrados hacia otro mucho más delicado: si quienes juzgan a los jueces pueden, a su vez, responder penalmente por la forma en que construyen sus sentencias.

El escrito reclama por ello la intervención del Ministerio Público Fiscal, la apertura formal de la pesquisa, la reserva inicial de las actuaciones para proteger las medidas investigativas y, eventualmente, la convocatoria a declaración indagatoria de los siete denunciados. Tiscornia sostiene que la instrucción es precisamente la etapa destinada a recolectar las pruebas necesarias y que rechazar una investigación sin producirlas impediría determinar si la hipótesis denunciada posee sustento.

El contraste que propone quedará ahora sometido al eventual examen de la Justicia federal. Díaz Lacava regresará a su cargo pese a permanecer procesado y con restricciones de acercamiento respecto de denunciantes, mientras Alfredo López fue destituido semanas antes por el mismo Jurado. Tiscornia pretende que los expedientes de ambos jueces sean colocados uno junto al otro y que sea un tribunal penal, ya no el Jury, el que determine si detrás de esa diferencia existieron simplemente valoraciones institucionales distintas o una conducta susceptible de encuadrar en el delito de prevaricato.

Fuentes consultadas: denuncia penal presentada por Guillermo J. Tiscornia; Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación; Consejo de la Magistratura; resolución del caso Pablo Díaz Lacava; antecedentes del Jury de Alfredo López.

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