Quince años después del escándalo, la Justicia encontró culpables por administración fraudulenta, pero decidió que ninguno de ellos deberá ir a prisión por esta causa. José López y Abel Fatala recibieron 2 años y 9 meses; Sergio Schoklender, 2 años y 8 meses; y Pablo Schoklender, 2 años y 4 meses, todos en suspenso. Julio De Vido fue absuelto. El expediente estableció un desvío de $206,4 millones de la época, equivalentes aproximadamente a entre US$50 y US$60 millones de entonces, destinados a viviendas sociales, y llegó al veredicto un día antes del límite de prescripción sostenido por la Fiscalía. Una clase magistral sobre por qué la Justicia argentina nunca debe ser acusada de actuar apresuradamente.
Buenos Aires – 15 Septiembre 2026 – Total News Agency – TNA- Quien lea hasta el final la sentencia de Sueños Compartidos probablemente pueda imaginar que en la Argentina la Justicia es una institución mitológica: todo el mundo asegura que existe, hay enormes edificios dedicados a ella y hasta funcionarios que cobran sueldos para administrarla, pero encontrarla en funcionamiento puede demandar quince años. El Tribunal Oral Federal N°5, integrado por los jueces Adriana Palliotti, Daniel Horacio Obligado y
, condenó a José López, Abel Fatala, Sergio Schoklender y Pablo Schoklender por administración fraudulenta contra el Estado, absolvió al exministro Julio De Vido y a otros cuatro imputados y consiguió una proeza procesal difícil de igualar: llegar a una sentencia literalmente sobre la campana, un día antes del vencimiento de la acción penal según el cálculo de la Fiscalía.
Y aquí aparece la parte en la que el lector debe abandonar cualquier prejuicio adquirido viendo películas policiales. El tribunal consideró responsables a López y Fatala y les impuso 2 años y 9 meses de prisión condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Sergio Schoklender recibió 2 años y 8 meses, mientras Pablo Schoklender fue condenado a 2 años y 4 meses, también en suspenso. Traducido del dialecto judicial al castellano cotidiano: por Sueños Compartidos ninguno irá preso. López permanece detenido por otras condenas, pero esta sentencia no le agrega prisión efectiva; para los restantes condenados, el castigo carcelario de esta causa existe básicamente en papel.
Conviene aquí despejar una cuestión jurídica para comprender mejor la magnitud de la decisión. El artículo 26 del Código Penal permite dejar en suspenso una primera condena de prisión que no exceda de tres años. Es decir, incluso una pena exactamente de tres años puede ser condicional. Por eso, el dato verdaderamente significativo no es que las condenas hayan quedado simplemente “debajo de tres años”, sino que los magistrados Palliotti, Obligado y Grünberg fijaron expresamente todas las penas dentro del rango legal que permite evitar la cárcel y dispusieron además su ejecución condicional. Frente a un pedido fiscal de seis años, el resultado objetivo de la sentencia fue que ninguno de los cuatro condenados cumplirá prisión por esta causa. Al parecer, la condena de los hermanos Schoklender por haber asesinado a sus padres, parece no influir. Claro, pasaron muchos años y hay que olvidar.
Hasta que se conozcan los fundamentos completos del fallo no puede afirmarse como hecho probado cuál fue la intención subjetiva de los jueces. Pero el efecto de su decisión es imposible de ocultar detrás de tecnicismos: donde la Fiscalía pidió seis años de prisión, el tribunal encontró condenas de dos años y algunos meses, todas en suspenso. Si el propósito era impedir que los culpables fueran enviados a una cárcel por Sueños Compartidos, el resultado práctico no podría haber sido más eficiente.
El contraste es particularmente pintoresco porque la Fiscalía no describió una confusión administrativa con una caja chica. Según la acusación oficial, la Secretaría de Obras Públicas transfirió $748.719.414,64 para construir viviendas y centros comunitarios y $206.438.454,05, equivalentes aproximadamente a entre US$50 y US$60 millones de aquella época, fueron sustraídos de su destino específico para generar beneficios patrimoniales indebidos. Eran pesos de entre 2008 y 2011, cuando el dólar cotizaba a una fracción de su valor nominal actual, de modo que la cifra judicialmente establecida adquiere otra dimensión cuando se la expresa en moneda estadounidense.
La Auditoría General de la Nación y las pericias incorporadas al expediente detectaron que parte de esos recursos terminó en empresas vinculadas a los Schoklender, actividades agropecuarias, sociedades bursátiles, financieras, cooperativas y otros destinos que tenían aproximadamente la misma relación con la construcción de viviendas sociales que un casino con un plan habitacional.
La Fiscalía había solicitado seis años de prisión para De Vido, López, Fatala y los hermanos Schoklender. También la Unidad de Información Financiera (UIF) reclamó penas de seis años para el núcleo central de acusados. Los jueces observaron semejante pretensión punitiva y optaron por una versión notablemente más dietética: ninguna pena siquiera se acercó a un cumplimiento efectivo. De Vido, señalado por el fiscal como responsable político y administrativo de la estructura desde el Ministerio de Planificación, directamente fue absuelto por mayoría.
Los fundamentos que explicarán semejante diferencia entre las acusaciones y el veredicto serán leídos el 13 de noviembre, una fecha que promete convertirse en material de consulta indispensable para entender cómo una defraudación de decenas de millones de dólares puede terminar convertida en condenas que no llevan a sus responsables a prisión.
El tribunal dispuso además el decomiso de $206.438.454,05, suma que deberá actualizarse cuando la sentencia quede firme. Traducido a la escala económica del período investigado, se trata de aquellos US$50 a US$60 millones que permiten dimensionar el caso con mayor claridad. Al menos el dinero recibió una pena potencialmente más severa que algunos de sus administradores: deberá regresar, si las sucesivas apelaciones, actualizaciones, cálculos y años judiciales consiguen determinar algún día cuánto vale aquello que desapareció hace década y media.
El programa Sueños Compartidos, administrado por la Fundación Madres de Plaza de Mayo, había sido concebido para construir viviendas destinadas a familias de bajos recursos. Las obras fueron adjudicadas de manera directa, sin licitación, mediante convenios en los que el Ministerio de Planificación aportaba los fondos y provincias y municipios quedaban con funciones de control. La acusación sostuvo que los mecanismos de fiscalización fueron deficientes y que una parte sustancial del dinero terminó desviada de las obras.
La historia tiene además un componente particularmente desagradable: el dinero no estaba destinado a autopistas, satélites o proyectos tecnológicos que pudieran prestarse a discusiones sobre costos. Era plata para construir viviendas para pobres. El programa utilizaba precisamente una bandera social y humanitaria mientras una porción gigantesca de los recursos seguía otros caminos.
Naturalmente, la mayor curiosidad no está sólo en cuánto dinero desapareció de su destino, sino en cuánto demoró el Estado argentino en decidir qué había ocurrido. El escándalo estalló en 2011. El juicio oral comenzó recién en marzo de 2026. Quince años resultaron necesarios para recorrer la distancia procesal entre “aquí parece faltar muchísimo dinero” y “efectivamente hubo administración fraudulenta”. La velocidad de la luz sigue siendo un problema para la física; la velocidad de Comodoro Py, evidentemente, pertenece a otra disciplina científica.
Antes del fallo, las defensas plantearon precisamente que el expediente debía extinguirse por prescripción y por violación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable. El tribunal rechazó esos pedidos y alcanzó a dictar sentencia cuando, según el cómputo defendido por el fiscal Diego Velasco, quedaban apenas horas antes de que venciera el plazo. Es difícil pensar una metáfora más perfecta de la Justicia argentina: investigar durante quince años el desvío de una suma equivalente a decenas de millones de dólares y terminar corriendo para evitar que la causa muera de vieja antes que los acusados.
La ironía se vuelve todavía más corrosiva cuando se observa el resultado final. José López, exsecretario de Obras Públicas, fue condenado. Abel Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas, fue condenado. Sergio y Pablo Schoklender, administradores centrales del programa, fueron condenados. El tribunal reconoció una administración fraudulenta contra el Estado y ordenó decomisar el dinero. Sin embargo, ninguno deberá cumplir prisión por esta sentencia.
Por ello sería jurídicamente incorrecto afirmar que defraudar al Estado argentino “no tiene condena”. El problema es bastante más sofisticado: puede haber condena, puede probarse el perjuicio, puede establecerse un desvío equivalente a hasta US$60 millones y, aun así, todos los condenados pueden terminar sin pisar una cárcel por esa causa. La Justicia argentina encontró así una elegante solución semántica: culpables, sí; presos, mejor no exagerar.
La absolución de Julio De Vido agrega otro interrogante central. La Fiscalía había pedido seis años de prisión para quien condujo durante años el Ministerio de Planificación Federal, organismo desde el cual partieron los fondos y se instrumentó el programa. El tribunal resolvió absolverlo, aunque habrá que esperar la lectura de fundamentos para conocer de qué manera separó su responsabilidad de la estructura administrativa que dependía de su cartera.
También fueron absueltos Carlos Castellano, exfuncionario del Ministerio de Planificación; Daniel Freidin, exasesor de Fatala; y Daniel Nasif y Karina Nasif, exfuncionarios provinciales de Santiago del Estero. La causa por lavado de dinero derivada de Sueños Compartidos continúa por otra vía, de manera que la saga judicial todavía puede producir nuevos capítulos antes de alcanzar su descanso eterno en algún archivo tribunalicio.
Para las familias que esperaban viviendas, la ironía probablemente tenga poco encanto. Para el resto del país queda una enseñanza involuntaria: el sistema necesitó una década y media para comprobar que una suma equivalente a hasta US$60 millones destinada a los pobres fue administrada fraudulentamente y, cuando finalmente llegó la hora de castigar, los jueces encontraron penas suficientemente bajas y condicionales para que ninguno de los condenados fuera a prisión por esta causa.
Sueños Compartidos resultó así un nombre profético, aunque por razones bastante distintas de las imaginadas. Durante quince años compartieron el sueño las familias que esperaban sus casas, los acusados que observaban cómo corría el reloj de la prescripción y una Justicia que, cuando finalmente despertó, decidió que después de decenas de millones de dólares desviados tampoco era cuestión de ponerse demasiado severa.
Fuentes consultadas: Ministerio Público Fiscal; Tribunal Oral Federal N°5; Unidad de Información Financiera; Auditoría General de la Nación; Poder Judicial de la Nación; La Nación; Infobae; TN; Agencia Noticias Argentinas.
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