Piden a la Corte la inconstitucionalidad del impuesto porteo a las Leliq y los pases
La presentación fue hecha por el Banco Central y apunta a las medidas que gravan los títulos públicos y actividades reguladas por la autoridad monetaria con el impuesto de ingresos brutos.
El Banco Central (BCRA) presentó ante la Corte Suprema de Justicia un pedido de inconstitucionalidad de las leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que gravan los títulos públicos y actividades reguladas por la autoridad monetaria con el impuesto de Ingresos Brutos.
La autoridad monetaria informó que la inconstitucionalidad fue pedida sobre los artículos de la Ley Tarifaria 2021 y Presupuesto 2021, aprobadas el jueves por la Legislatura porteña.
Esas normas prevén la imposición efectiva del impuesto a los Ingresos Brutos a las actividades consistentes en operaciones de pases, los activos subyacentes o colaterales y operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos o que se emitan en el futuro por el BCRA.
“El conflicto suscitado respecto de la interpretación de la normativa federal involucrada y que se ve obstaculizada por el accionar de la CABA”, tal como definió el Central, remite a la decisión del gobierno porteño de una serie de cambios impositivos que incluyen gravar con Ingresos Brutos los intereses que cobran los bancos por las Letras de Liquidez (Leliq) y los Pases Pasivos que emite la entidad.
La Ciudad pretende recaudar $12.000 millones -aunque algunas estimaciones privadas elevan ese monto hasta los $40.000 millones- por la imposición del 7% de IIBB sobre Leliq y Pases, además de otros $ 7.700 millones por aplicar a las tarjetas de crédito el Impuesto a los Sellos, como parte de un “ajuste transitorio” tras la reciente quita del 1,18% de fondos de coparticipación.
El Banco Central advirtió que “el gravamen a aquellas actividades e instrumentos que hacen a la política monetaria nacional genera o puede generar una grave afectación de la economía en su conjunto”
En la presentación judicial de hoy, la entidad que preside Miguel Pesce requiere un pronunciamiento por el cual se declare la inconstitucionalidad de las normas locales en cuanto afectan la política monetaria, cuya ejecución le compete por disposición expresa de la Constitución Nacional, al BCRA.
De esta manera, el Central solicitó que “se ordene la inmediata suspensión de los efectos de la normativa señalada, debiendo ordenarse al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se abstenga, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el gravamen aludido”.
La semana pasada, el ministro de Economía, Martin Guzmán, aseveró que el Gobierno nacional iba “a utilizar todas sus herramientas para impedir” que la Ciudad de Buenos Aires o cualquiera de las provincias intente gravar con el impuesto a los Ingresos Brutos algún instrumento de política monetaria.
De la misma manera, ante el anuncio semanas atrás de la decisión de gravar ambos títulos, Pesce había criticado la idea en una carta al jefe del Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, asegurando que el impuesto distorsionaría “la estabilidad monetaria, financiera y cambiaria” ya que se trata de instrumentos que son la contrapartida de los depósitos a plazo fijo de ahorristas y empresas.
Ahora. la entidad monetaria, tras la aprobación de leyes presupuestarias y tarifarias de ayer por la Legislatura porteña, reiteró en su presentación judicial que “se encuentran en juego cuestiones de máxima gravedad institucional”.
En ese sentido, advirtió que “el gravamen a aquellas actividades e instrumentos que hacen a la política monetaria nacional genera o puede generar una grave afectación de la economía en su conjunto”.
Las leyes aprobadas por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires gravan operaciones que impactan en forma directa en la política monetaria cuya ejecución le corresponde al BCRA, en virtud de lo dispuesto por los arts. 75 incs. 6 y 11 de la Constitución Nacional, por lo que la norma local “resulta incompatible con el derecho federal y el texto constitucional”.
“La Ley de Entidades Financieras y la Carta Orgánica del BCRA resultan la materialización de los artículos constitucionales referidos, de modo tal que las disposiciones de carácter local no pueden interferir en las misiones y funciones del BCRA (en cuanto Banco Federal -art. 75 inc. 6 CN), al que le compete”, afirmó el Central en un tramo de su presentación judicial
En razón de esos fundamentos, “la Ciudad de Buenos Aires, al gravar los títulos y operaciones reguladas por el BCRA, se ha atribuido poderes en materia financiera, pues tales tributos impactan directamente en el sistema monetario”, advirtió el BCRA..
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