Buenos Aires, 15 de mayo de 2026-Total News Agency-TNA- La diputada nacional Marcela Pagano, ex integrante de La Libertad Avanza, presentó una denuncia penal contra el presidente Javier Milei por presunto encubrimiento e incumplimiento de sus deberes como funcionario público, luego de las declaraciones que el mandatario realizó durante una entrevista en un canal de streaming.
La presentación judicial, sostiene que Milei habría relatado públicamente dos hechos de eventual gravedad penal sin haberlos denunciado formalmente ante la Justicia. Para Pagano, esa omisión podría configurar una conducta reprochable desde el punto de vista penal, especialmente por tratarse del jefe de Estado y máxima autoridad política del país.
El planteo apunta a dos momentos concretos de la entrevista. El primero está vinculado a una afirmación de Milei sobre un supuesto intento de golpe de Estado contra su gobierno tras la victoria del actual jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en las elecciones porteñas de medio término. Según la denuncia, si el Presidente conocía hechos concretos que pudieran encuadrar en un atentado contra el orden constitucional, tenía la obligación legal e institucional de denunciarlos.
En ese punto, Pagano sostuvo que las palabras del mandatario podrían estar relacionadas, en principio, con el delito previsto en el artículo 226 del Código Penal, referido al atentado contra el orden constitucional y la vida democrática. También mencionó eventuales figuras vinculadas al artículo 227 bis y normas concordantes. La diputada remarcó que se trataría de delitos de acción pública y de máxima gravedad institucional.
“Se trata, en cualquier caso, de delitos de acción pública, de gravedad institucional máxima, cuya investigación es indelegable”, indicó la presentación.
El segundo eje de la denuncia está relacionado con otro fragmento del reportaje, en el que Milei habló de un supuesto intento de coima por parte de un empresario. Para Pagano, si el hecho ocurrió en los términos relatados por el Presidente, la conducta del empresario podría encuadrar en el delito de cohecho activo, previsto por el artículo 258 del Código Penal, en función del artículo 256 del mismo cuerpo normativo. Además, la presentación menciona una eventual agravante si se comprobara que la oferta estuvo dirigida al Presidente de la Nación.
La denuncia llega en un momento de fuerte tensión política. Pagano, quien ingresó al Congreso dentro del armado libertario, mantiene desde hace tiempo una relación rota con el oficialismo. Su salida del núcleo de La Libertad Avanza estuvo marcada por disputas internas, diferencias con la conducción parlamentaria y choques con figuras cercanas al Presidente. Ahora, la legisladora vuelve a golpear a la Casa Rosada desde el terreno judicial.
Desde una mirada política, el caso expone una contradicción incómoda para el Gobierno: si Milei efectivamente tuvo conocimiento de un intento de desestabilización institucional o de un ofrecimiento de coima, la pregunta lógica es por qué esos episodios no fueron denunciados en tiempo y forma ante los tribunales competentes. Y si, por el contrario, se trató de una expresión política o retórica de campaña, el problema pasa a ser otro: la banalización de conceptos gravísimos como golpe de Estado o corrupción empresaria.
En cualquier escenario, el episodio abre un nuevo flanco para un oficialismo que suele presentar la batalla contra la corrupción y contra “la casta” como una de sus principales banderas. La denuncia de Pagano no implica culpabilidad ni supone una imputación automática contra el mandatario, pero sí obliga a revisar si hubo hechos concretos, quiénes participaron, cuándo ocurrieron y qué hizo el Estado frente a esa información.
El caso también puede derivar en una discusión jurídica relevante: hasta dónde llega el deber de denuncia de un funcionario público cuando toma conocimiento de un supuesto delito y qué valor tienen las declaraciones públicas de un Presidente en una entrevista periodística. En la Argentina, el artículo 177 del Código Procesal Penal de la Nación establece la obligación de denunciar para los funcionarios públicos que, en ejercicio de sus funciones, tomen conocimiento de delitos de acción pública. Esa norma será uno de los puntos inevitables de análisis si la presentación avanza.
La denuncia contra Milei se suma a un clima de creciente judicialización de la política argentina, donde cada declaración, cada expediente y cada interna partidaria puede transformarse rápidamente en un nuevo frente penal. En este caso, la particularidad es que la acusación no proviene de la oposición tradicional, sino de una legisladora que formó parte del espacio libertario y que conoce desde adentro la dinámica de poder del oficialismo.
Para la Casa Rosada, el movimiento de Pagano aparece como una incomodidad política más que como una amenaza judicial inmediata. Sin embargo, el efecto público no es menor: instala la idea de que el Presidente pudo haber conocido hechos gravísimos y no haber activado los mecanismos institucionales correspondientes. En política, muchas veces el desgaste empieza antes que la causa penal.
Ahora será la Justicia la que deberá determinar si la denuncia tiene sustento jurídico suficiente para abrir una investigación formal, pedir medidas de prueba o citar a quienes puedan aportar información. Entre los puntos posibles aparecen la obtención del material completo de la entrevista, la identificación del empresario mencionado por Milei, la eventual existencia de actuaciones previas y la precisión sobre el supuesto intento de desestabilización denunciado verbalmente por el mandatario.
Mientras tanto, la presentación de Pagano vuelve a poner bajo presión al oficialismo y deja una pregunta difícil de esquivar: si hubo un intento de golpe de Estado y una oferta de coima, ¿por qué no se denunció antes? Y si no hubo elementos concretos, ¿por qué el Presidente lo presentó públicamente como un hecho?




